3319 - 22 Modificación Artículos 51 y 53 de Ordenanza Nº 934-2001.pdf


Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 3319/22.-
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante


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O R D E N A N Z A Nº 3319/2022



VISTO:
La Ordenanza Nº 934/2001 y los Exptes. Nº 2.773/20 y 1.346/21 de fechas


24/09/2020 y 23/04/2021, de la Secretaría de Obras, Servicios Públicos y


Planeamiento Urbano del Departamento Ejecutivo Municipal, y;




CONSIDERANDO:




Que, la Ordenanza Nº 934/2001, establece el Ordenamiento Urbano Ambiental del


Loteo Huechulafquen en el ejido municipal de Junín de los Andes.-




Que, los Exptes. Nº 2.773/20 y 1.346/21, contienen Anteproyectos de Unificación y


Redistribución parcelaria de parte del Sector “El Llano” del Loteo Huechulafquen. -




Que, el Loteo Huechulafquen fue registrado en la Dirección de Catastro e Información


Territorial de Neuquén, en el año 1971, bajo Expte de mensura C-0006/71, el cual está dividido


en distintos sectores, que van del Sector “A” al Sector “I”.-




Que, mediante Nota S.O.S.P.yP.U. N° 366 de fecha 18/03/2022, contiene Dictamen


técnico sobre EIA elaborado en el marco del Expediente N° 1346/21 e Informe de Impacto


Ambiental del Proyecto de Unificación y Redistribución parcelaria de parte del sector El Llano-


Loteo Huechulafquén, elaborado por la Dra. Romina Gönc.-




Que, conforme al Despacho Nº 044/22 de la Comisión Interna de Obras, Servicios


Públicos y Planeamiento Urbano, este Cuerpo Deliberativo, resuelve en tratamiento sobre tablas


y por votación mayoritaria (6 votos a favor y 1 voto en contra), aprobar lo solicitado por el


Ejecutivo Municipal, con el dictado de la norma legal pertinente.-




POR ELLO Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA CARTA


ORGÁNICA MUNICIPAL, ARTÍCULO 56º Y ARTÍCULO 57º, Inc. a), EL CONCEJO


DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNIN DE LOS ANDES, REUNIDO EN SESIÓN


ORDINARIA, SANCIONA CON FUERZA DE:




O R D E N A N Z A



ARTÍCULO 1º: SE MODIFICA: el punto 4 del Artículo 51º, Capítulo 11 “ZONA EL


LLANO”, Anexo I de la Ordenanza 934/2001, modificado por Ordenanza Nº


2979/2019, el cual quedará redactado de la siguiente manera:


“4. Ante la subdivisión de un lote, se aprueba la subdivisión de lotes con un


mínimo de 700/800 m2 según POT. Se permite la subdivisión en Propiedad


Horizontal (ph) e


+




P´’n los lotes de 5000 m².”.-












LAURA ESTER RIFFO CARLOS ALBERTO QUINTULÉN


SECRETARIA LEGISLATIVA VICEPRESIDENTE


CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE


JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES
A/C DE LA PRESIDENCIA






Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 3319/22.-
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante


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ARTÍCULO 2º: SE MODIFICA: el Artículo 53º, Capítulo 11 “ZONA EL LLANO”, Anexo I,


de la Ordenanza 934/2001, modificado por Ordenanza Nº 2979/2019, el cual


quedará redactado de la siguiente manera:


“ARTÍCULO 53º: Manejo de la vegetación: Los retiros establecidos


podrán ser ocupados con arbolado, en la generación de galerías o bosquetes,


las especies podrán ser nativas (siendo esta prioritarias para su reforestación)


o exóticas de las especies que la autoridad competente recomiende en cada


caso. Especies arbóreas que beneficien a la absorción de los líquidos tratados.


Los cercos y divisorias; los límites prediales y entre las unidades funcionales


no podrán delimitarse con muros divisorios sino con cercos vivos.”.-




ARTÍCULO 3º: COMUNÍQUESE al Departamento Ejecutivo Municipal, a sus efectos.




DADA EN LA SALA DE SESIONES “GENERAL JOSÉ DE SAN MARTÍN” DEL


CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNÍN DE LOS ANDES,


PROVINCIA DEL NEUQUÉN, A LOS DIECISÉIS DÍAS DEL MES DE SEPTIEMBRE


DEL AÑO DOS MIL VEINTIDÓS, SEGÚN CONSTA EN ACTA Nº 2174/22.-












LAURA ESTER RIFFO CARLOS ALBERTO QUINTULÉN


SECRETARIA LEGISLATIVA VICEPRESIDENTE


CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE


JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES
A/C DE LA PRESIDENCIA