3066 - 20 Otorgar 5% descuento Tasa Servicios Retributivos Sr. Martín Andrés Gregorio - Expte. E.M. Nº 1.343-20.pdf


Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 3059/20.-
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante


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O R D E N A N Z A Nº 3066/2020


VISTO: El Expte. E.M. Nº 1343/2020 de fecha 08/06/2020, iniciado por el Sr. Gregorio


Andrés Martín, D.N.I. Nº 21.869.375, y;




CONSIDERANDO:




Que, en el citado Expte. el presentante, solicita el beneficio en concepto de pago de


Tasa por Servicio a la Propiedad de Inmueble.-


Que, en foja 4 (cuatro) obra Certificado Único de Discapacidad, emitido por la Junta


Evaluadora de Junín de los Andes.-


Que, la Municipalidad de Junín de los Andes, mediante Carta Orgánica Municipal –


IV Parte: Políticas Especiales – Artículo 169 considera a las “PERSONAS CON


NECESIDADES ESPECIALES” y adhiere a las Leyes Nacionales y Provinciales que


protegen a las personas con discapacidades diferentes.-


Que, analizados todos los antecedentes obrantes y en virtud a las normativas vigentes,


este Concejo Deliberante en Sesión Ordinaria de fecha 25/11/2020, conforme al Despacho Nº


040/20 de la Comisión Interna de Economía, dicta la presente norma legal.-



POR ELLO Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA CARTA


ORGÁNICA MUNICIPAL, ARTÍCULO 56º Y ARTÍCULO 57º, INCISO a), EL CONCEJO


DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNIN DE LOS ANDES, REUNIDO EN SESIÓN


ORDINARIA, SANCIONA CON FUERZA DE:




O R D E N A N Z A:



ARTÍCULO 1º: OTÓRGASE: al Sr. GREGORIO ANDRÉS MARTÍN, D.N.I. N°


21.869.375, un descuento del 30% (treinta por ciento) al impuesto de Tasa


por Servicios a la Propiedad de Inmueble N° 2221, ubicado en Calle Las Bandurrias 1121 del


Barrio Lonquimay, conforme documentación obrante en Expediente E.M. Nº 1343/20.-




ARTÍCULO 2º: ESTABLÉCESE: que el descuento otorgado en el artículo anterior tiene


vigencia a partir de la promulgación, y hasta el lapso de un año.-


ARTÍCULO 3º: REMÍTASE: al presente al Departamento Ejecutivo Municipal, a sus efectos.


Una vez promulgada, por su intermedio, envíese copia de la presente al


interesado.-


ARTÍCULO 4º: Comuníquese. Publíquese. Cumplido. Archívese.-




DADA EN LA SALA DE SESIONES “GENERAL JOSE SAN MARTIN” DEL


CONCEJO DELIBERANTE DE JUNIN DE LOS ANDES, PROVINCIA DEL


NEUQUEN, A LOS VEINTICINCO DÍAS DEL MES DE NOVIEMBRE DEL AÑO


DOS MIL VEINTE, SEGÚN CONSTA EN ACTA Nº 2088/20.-









LUCIANO CASAJUS LAURA ESTER RIFFO


SECRETARIO LEGISLATIVO A/C VICEPRESIDENTE


CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE
JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES


A/C DE PRESIDENCIA