Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 2112/12.-
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante
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O R D E N A N Z A Nº 2112/2012
VISTO: La Nota Nº 249/12 de fecha 13/06/2012 del Departamento Ejecutivo Municipal,
firmada por la Sra. Vice-Intendente A/C de la Intendencia Municipal, Prof. Andrea
Silvana Rosso, mediante el cual remite Convenio de Ejecución “Equipamiento Social de
Emergencia Climática” celebrado entre el Ministerio de Desarrollo Social de la Nación y la
Municipalidad de Junín de los Andes, registrada bajo Expte. C.D. Nº 6124/12, y;
CONSIDERANDO
Que, el objeto de la firma del citado Convenio, expresado en su cláusula primera,
corresponde a permitir a La Municipalidad la compra de tanques de agua domiciliarios y
tanques australianos, todo lo cual permitirá mejorar la vida cotidiana de los habitantes de la
zona, afectados por la emergencia climática, hídrica y pecuaria, derivada de la erupción del
Volcán Puyehue – Cordón Caulle.-
Que, la Cláusula Segunda del Convenio establece que “El Ministerio” se
compromete a transferir a “La Municipalidad” aportes financieros por un importe total de
Pesos Trescientos Cincuenta y Siete Mil Cuatrocientos Ochenta y Dos (357.482,00), en
concepto de subsidio no reintegrable sujeto a rendición de cuentas, a girar con arreglo a la
forma de pago que el Ministerio estime procedente y en oportunidad que el mismo fije, todo
ello de acuerdo a las disponibilidades presupuestarias y financieras.-
Que, la Cláusula Séptima del Convenio expresa que “La Municipalidad” deberá
asignar los fondos con arreglo a los destinos citados en la cláusula primera, no pudiendo
alterar dicha finalidad sin la previa conformidad de “El Ministerio”, garantizando asimismo la
intangibilidad de los fondos transferidos.-
Que, la “La Municipalidad” se compromete y garantiza proveer: a) Los recursos
humanos y materiales necesarios para el desarrollo de las actividades proyectadas; b) Los
elementos necesarios para la instalación y puesta en funcionamiento de los tanques de agua y,
c) La provisión y/o distribución de agua suficiente para las familias que no cuentan con
vertientes cercanas a su domicilio.-
Que, “El Ministerio” dispondrá de los medios de auditoría, monitoreo y evaluación
que considere pertinentes, por sí o por quien en el futuro ésta disponga, para lo cual “La
Municipalidad” se compromete a exhibir y/o remitir oportunamente todos los registros y
archivos de información relacionados con este Convenio y/o documentación e información
complementaria, cuando le sean solicitados; independientemente del control y las auditorías
que le competen a la Sindicatura General de la Nación – Red Federal de Control Público y a la
Auditoría General de la Nación, conforme lo prescripto por la Ley Nº 24.156.-
GUSTAVO EDGARDO CAÑICUL CARLOS TEOBALDO VIVEROS
SECRETARIO LEGISLATIVO VICEPRESIDENTE
CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE
JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES
A/C DE PRESIDENCIA
Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 2112/12.-
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante
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Que, este Concejo Deliberante, según lo establece la Carta Orgánica Municipal en su
Artículo 57, Inc., “t”, dispuso por unanimidad en Sesión Ordinaria de fecha 12/06/2012,
homologar dicho Convenio, con el dictado de la norma legal respectiva.-
Que, al efecto, se debe dictar la norma pertinente.-
POR ELLO Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA CARTA
ORGÁNICA MUNICIPAL, EN SUS ARTÍCULOS 56º Y 57º Inc. “a”, EL CONCEJO
DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNÍN DE LOS ANDES, REUNIDO EN
SESIÓN ORDINARIA, SANCIONA CON FUERZA DE:
O R D E N A N Z A
ARTÍCULO 1º: RATIFÍCASE: el CONVENIO celebrado en fecha 18 de Abril de 2012,
entre la MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL DE LA NACIÓN,
representado por el Sr. Secretario de Gestión y Articulación Institucional, Dr. Juan Carlos
Nadalich y LA MUNICIPALIDAD DE JUNÍN DE LOS ANDES, representada por el
Intendente Municipal Sr. Juan Domingo Linares, referente a Proyecto “Equipamiento Social
por Emergencia Climática”, el cual consta de veinte (20) cláusulas e integra la presente como
Anexo I.-
ARTÍCULO 2º: COMUNÍQUESE al Departamento Ejecutivo Municipal, a sus efectos. Una
vez promulgada, por su intermedio, envíese copia de la presente al
Ministerio de Desarrollo Social de la Nación, Secretaría de Gestión y Articulación
Institucional.-
ARTÍCULO 3º: Publíquese. Cumplido. Archívese.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES “GENERAL JOSE SAN MARTIN” DEL
CONCEJO DELIBERANTE DE JUNIN DE LOS ANDES, PROVINCIA DEL
NEUQUEN, A LOS DOCE DIAS DEL MES DE JUNIO DEL AÑO DOS MIL DOCE,
SEGÚN CONSTA EN ACTA Nº 1.618/12.-
GUSTAVO EDGARDO CAÑICUL CARLOS TEOBALDO VIVEROS
SECRETARIO LEGISLATIVO VICEPRESIDENTE
CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE
JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES
A/C DE PRESIDENCIA