3375 - 23 Autorizar al DEM a firmar Convenio con el Instituto de Juegos de Azar de Neuquen IJAN.pdf


Municipalidad de Junín de los Andes -Ordenanza N° 3375/2023
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante








O R D E N A N Z A Nº 3375/2023


VISTO: El Expte. C.D. Nº 11466/23 de fecha 16/02/2023 iniciado por el Departamento


Ejecutivo Municipal, por el cual solicita autorización para firmar Convenio con el


Instituto de Juegos de Azar de Neuquén (IJAN), y;


CONSIDERANDO:




Que, mediante la Ordenanza N° 3346/23, el Concejo Deliberante autorizó al


Departamento Ejecutivo Municipal, a realizar la Contratación Directa, según lo establecido en el


Inciso “c” del Artículo 12 de la Ley Provincial Nº 687/72 y sus modificatorias, para llevar


adelante la OBRA DE ELECTRIFICACIÓN DE 461 LOTES del Loteo denominado “Lote


18n” y “Lote 18ñ”.-


Que, el Instituto de Juegos de Azar del Neuquén, realizará la Cofinanciación de la Obra


nombrada, con un aporte de Pesos cuatro millones ($4.000.00000) mensuales, por el lapso de 12


(doce) meses, plazo que llevará la obra, lo que hace una suma total de Pesos cuarenta y ocho


millones, con cero centavos, ($48.000.00000).-


Que, para ello el Departamento Ejecutivo Municipal solicita autorización con el fin de


firmar el Convenio correspondiente para que se haga efectivo el aporte de los fondos de parte del


IJAN para cofinanciación de la Obra de electrificación.-


Que, este Concejo Deliberante en Sesión extraordinaria de fecha 17/02/2023, dispuso por


unanimidad, autorizar la firma del convenio correspondiente.-


POR ELLO Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA CARTA


ORGÁNICA MUNICIPAL, EN SUS ARTÍCULOS 56º Y 57º Inc. “a”, EL CONCEJO


DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNÍN DE LOS ANDES, REUNIDO EN SESIÓN


ORDINARIA, SANCIONA CON FUERZA DE:




O R D E N A N Z A


ARTÍCULO 1º: SE AUTORIZA: al Departamento Ejecutivo Municipal a firmar el


CONVENIO correspondiente con el Instituto de Juegos de Azar del Neuquén, por


un aporte destinado a la OBRA DE ELECTRIFICACIÓN DE 461 LOTES del Loteo


denominado “Lote 18n” y “Lote 18ñ”, y “lote 18 na”, de Pesos cuatro millones ($4.000.00000)


mensuales, por el lapso de 12 (doce) meses, plazo que llevará la obra, lo que hace una suma total


de Pesos cuarenta y ocho millones, con cero centavos.- ($48.000.00000).-


ARTÍCULO 2º: SE AUTORIZA: al Departamento Ejecutivo Municipal a incorporar en el


Presupuesto General de la Administración Municipal, Ejercicio año 2023, la


Partida Presupuestaria de Ingresos y Egresos correspondiente a los fondos provenientes del


Convenio mencionado en el Artículo 1º de la presente.-


ARTÍCULO 3º: SE ESTABLECE: que una vez refrendado por las partes, el Convenio


mencionado en el Artículo 1º de la presente, el Departamento Ejecutivo


Municipal deberá remitir el mismo al Concejo Deliberante.-




ARTÍCULO 4º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal.-


DADA EN LA SALA DE SESIONES “GENERAL JOSÉ DE SAN MARTÍN” DEL


CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNÍN DE LOS ANDES,


PROVINCIA DEL NEUQUÉN, A LOS DIECISIETE DÍAS DEL MES DE FEBRERO


DEL AÑO DOS MIL VEINTITRES, SEGÚN CONSTA EN ACTA Nº 2192/23.-





LAURA ESTER RIFFO MIGUEL ANGEL LEDESMA


SECRETARIA LEGISLATIVA VICEPRESIDENTE A/C
CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE


JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES
A/C DE PRESIDENCIA