3290 - 22 Excepción Artículo 147 Ordenanza Nº 2815-18 Estancia Casa de Lata autorización quema controlada.pdf


Municipalidad de Junín de los Andes
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante




O R D E N A N Z A Nº 3290/2022


VISTO: El Expte. D.E.M. Nº 1885/22 – Fº 01 – Letra “C”, de fecha 16/05/2022, y;


CONSIDERANDO:


Que, el citado Expte. contiene solicitud de excepción a la Ordenanza 2815/18 – Art. 143


realizada por el Ingeniero Agrónomo Eduardo O´Durnin, Responsable Técnico de Estancia “Casa


de Lata”, para llevar a cabo una quema controlada de residuos forestales en la propiedad registrada


bajo la Nomenclatura Catastral 13RR0191427000.-


Que, la Ordenanza N° 2815/2018 Código de Faltas – Artículo 143°, establece: “QUEMA


A CIELO ABIERTO. El/la que realizare combustión o quema a cielo abierto sin previa


autorización de la autoridad competente, cuando fuere exigible, será sancionado/a con multa de


100 (cien) a 1000 (mil) UF.”.-


Que, en el lugar se encuentran trabajando en el manejo forestal de sus plantaciones de


pinos, con tareas de raleo y poda de altura más trabajo de chipeado en la materia de los residuos;


de veinte (20) hectáreas se va a intervenir con quema controlada en 600 m³.-


Que, el objetivo de la quema es reducir parte del material combustible acumulado para


prevenir los incendios forestales, en distintas fechas y días en que las condiciones meteorológicas


sean favorables para esta tarea, durante los meses de junio y julio de 2022.-


Que, estos trabajos serán ejecutados bajo la supervisión del personal dependiente de la


Dirección Provincial del Manejo del Fuego. -


Que, este Concejo Deliberante en Sesión Ordinaria de 15/06/2022, conforme al Despacho


Nº 048/22 de la Comisión de Labor Legislativa, dispuso en tratamiento sobre tablas por mayoría (6


votos a favor y 1 voto en contra), autorizar lo solicitado por la Estancia “Casa de Lata”, con el


dictado de la norma legal pertinente.-


POR ELLO Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA CARTA


ORGÁNICA MUNICIPAL, ARTÍCULO 56º Y ARTÍCULO 57º, INCISO a), EL CONCEJO


DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNIN DE LOS ANDES, REUNIDO EN SESIÓN


ORDINARIA, SANCIONA CON FUERZA DE:




O R D E N A N Z A:

ARTÍCULO 1º: SE OTORGA: a la Estancia “Casa de Lata”, una excepción al Artículo 143º


de la Ordenanza Nº 2815/18 “Código de Faltas Municipal”, para realización de


quema controlada de residuos forestales en la propiedad registrada bajo la Nomenclatura Catastral


13RR0191427000, durante los meses de junio y julio de 2022.-


ARTÍCULO 2º: SE ESTABLECE: que la Estancia “Casa de Lata”, deberá tomar todos los


recaudos de seguridad y supervisión a fin de resguardar el total cumplimiento de


las normas de seguridad establecidas para estos casos.-


ARTÍCULO 3º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal, a sus efectos.




DADA EN LA SALA DE SESIONES “GENERAL JOSE DE SAN MARTIN” DEL


CONCEJO DELIBERANTE DE JUNIN DE LOS ANDES, PROVINCIA DEL NEUQUEN,


A LOS QUINCE DÍAS DEL MES DE JUNIO DEL AÑO DOS MIL VEINTIDOS, SEGÚN


CONSTA EN ACTA Nº 2159/22.-











LAURA ESTER RIFFO MAXIMILIANA DE LOS ANGELES GONZALEZ


SECRETARIA LEGISLATIVA VICEPRESIDENTE A/C
CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE


JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES
A/C DE LA PRESIDENCIA