Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 1193/2004.-
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante
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O R D E N A N Z A Nº 1193/2004
VISTO: La Ordenanza Nº 828/2000 que determina la ampliación del ejido Municipal de Junín
de los Andes en etapas sucesivas y,
CONSIDERANDO:
Que, la Carta Orgánica Municipal en su Artículo 133 reza: “La Municipalidad,
asumiendo su responsabilidad en la educación cívica de la comunidad, participará en las
adecuaciones curriculares locales tendientes a:” Inc d) “promover el conocimiento y estudio
del medio geográfico local”
Que: se advierte un desconocimiento en la mayoría de la población a cerca de los
nuevos límites del ejido Municipal.
Que: es necesario conocer, tanto en el ámbito público como privado, la nueva
demarcación aprobada en el año 2000 para establecer estrategias de planificación acordes a
una localidad con pretensiones de crecimiento.
Que: dar a saber, a las instituciones intermedias y establecimientos educacionales, los
límites de nuestro pueblo será un aporte no solo al conocimiento sino también para afianzar el
respeto de nuestros adolescentes hacia su entorno inmediato.
Que: es intención del Concejo Deliberante de Junín de los Andes contribuir a la
defensa de los derechos de los vecinos, y para ello es menester poner en conocimiento los
alcances de nuestra Carta Orgánica Municipal, en cuanto a los límites jurisdiccionales
territoriales de la misma.-
POR ELLO Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA CARTA
ORGÁNICA MUNICIPAL, ARTÍCULO 56º y ARTÍCULO 57, INCISO a), CONCEJO
DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNÍN DE LOS ANDES, REUNIDO EN
SESIÓN ORDINARIA, SANCIONA CON FUERZA DE:
O R D E N A N Z A
ARTÍCULO 1º: DETERMÍNASE la impresión de planos y/o mapas del ejido municipal y
del casco urbano en escala a convenir entre el Concejo Deliberante y la
responsable de Obras Públicas, para ser distribuidos en forma gratuita a las instituciones que
se detallan a continuación:
HUMBERTO FABIÁN E. BOSQUE CARLOS A. CORAZINI
SECRETARIO LEGISLATIVO VICEINTENDENTE
CONCEJO DELIBERANTE PRESIDENTE CONCEJO DELIBERANTE
JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES
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a) Escuelas primarias ubicadas dentro del ejido municipal.
b) Escuelas secundarias ubicadas dentro del ejido municipal.
c) Instituto de Formación docente. Junín de los Andes.
d) Instituciones intermedias y ONG reconocidas y registradas en el Municipio de Junín de
los Andes.
e) Organismos Oficiales y Dependencias Públicas con asiento en la localidad.
f) Cada uno de los bloques del Concejo Deliberante de Junín de los Andes.
Esta enumeración no es taxativa, permitiéndose al Departamento Ejecutivo Municipal agregar
destinatarios no contemplados en la presente norma.
ARTÍCULO 2º: ESTABLÉZCASE una subpartida en el Presupuesto de la Secretaría de
Obras y Servicios Públicos del año 2005 para hacer frente a los gastos que
demande la impresión y distribución de los citados planos y mapas, la cual deberá ser evaluada
y considerada antes por este Concejo Deliberante.-
ARTÍCULOS 3º: COMUNÍQUENSE al Departamento Ejecutivo Municipal, para su
promulgación y por su intermedio a las áreas municipales que
correspondan.-
ARTÍCULO 4º: DESE a publicidad en el Boletín Oficial de la Provincia del Neuquén
(Conforme Cláusula Complementaria y Transitoria Nº 2 Inc. “c” de la Carta
Orgánica Municipal), y oportunamente cúmplase con lo normado en el Artículo 66 de la
misma.-
ARTÍCULO 5º: REFRENDARÁ la presente el Señor Secretario Legislativo, Concejal
Humberto Fabián E. Bosque.-
ARTÍCULO 6º: De forma.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES “GENERAL JOSE SAN MARTIN” DEL
CONCEJO DELIBERANTE DE JUNIN DE LOS ANDES, PROVINCIA DEL
NEUQUEN, A LOS SIETE DÍAS DEL MES DE OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL
CUATRO, SEGÚN CONSTA EN ACTA Nº 1193/04.-
HUMBERTO FABIÁN E. BOSQUE CARLOS A. CORAZINI
SECRETARIO LEGISLATIVO VICEINTENDENTE
CONCEJO DELIBERANTE PRESIDENTE CONCEJO DELIBERANTE
JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES