1847 - 10 Homologar Convenio Parque Industrial Sr. Hugo Rubilar.pdf


Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 1847/10.-
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante


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O R D E N A N Z A Nº 1847/2010



VISTO:
El Expte. del D.E.M. Nº 6040 Letra “B” de fecha 09/12/2008, iniciado por el Sr.


Hugo Alejandro Rubilar, titular del D.N.I. Nº 23.287.064, con domicilio legal en


Calle Pedro Illera Nº 215 del Barrio Provincial de la Ciudad de Junín de los Andes, destinado


a Taller de Bobinados de Motores Eléctricos y Reparación, Armado y Rectificación de


Motores Eléctricos; y Expte. Nº 1350 Letra “R” de la Secretaría de Obras y Servicios Públicos


de fecha 23/04/10 que contiene presentación de planos del proyecto reseñado; y el Convenio


de pago Parque Industrial celebrado en fecha 17/05/10 entre la Municipalidad de Junín de los


Andes y el nombrado Hugo Alejandro Rubilar, y;




CONSIDERANDO:




Que, a través del citado Convenio La “Municipalidad” vende, cede y transfiere al


“Adquirente”, y éste acepta en un todo de acuerdo a lo dispuesto por Ordenanza N° 479/95,


sus modificatorias Nº 1014/2002, Nº 1381/2006 y Nº 1718/2009, una fracción de terreno


ubicado en el Parque Industrial de Junín de los Andes, identificada como Lote 14, de la


Manzana 93, Nomenclatura Catastral 13-20-054-9383, con una superficie de Seiscientos


Sesenta y Uno con Cincuenta metros cuadrados (661,50 mts²).-




Que, el precio de venta se establece en la suma de Pesos Cuarenta ($ 40,00) por


metro cuadrado (m²), lo que hace un total de Pesos Veintiséis Mil Cuatrocientos Sesenta con


cero centavos ($ 26.460,00) que serán cancelados conforme forma de pago establecida en


Cláusula Segunda del citado Convenio.-




Que, el “Adquirente” se obliga a realizar en el predio citado, el total del Proyecto


presentado mediante los Planos aprobados por la Secretaría de Obras y Servicios Públicos


(Expte. Nº 1350), otorgándose un plazo de Treinta y Seis (36) meses partir de la firma del


convenio, para la puesta en marcha y funcionamiento en un ciento por ciento (100%) del


Emprendimiento.-




Que, este Concejo Deliberante en Sesión Ordinaria de fecha 26/05/2010, conforme lo


establecido en Despacho Nº 051/2010, emitido por la Comisión de Producción y Turismo,


resuelve por unanimidad homologar el citado convenio.-




Que, se debe sancionar la norma correspondiente.-




POR ELLO Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA CARTA


ORGÁNICA DE LA CIUDAD DE JUNÍN DE LOS ANDES, EN SU ARTÍCULO 56 y


ARTÍCULO 57 Inc. a), EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNÍN


DE LOS ANDES, REUNIDO EN SESIÓN ORDINARIA, SANCIONA CON FUERZA


DE:













ANDREA SILVANA ROSSO CARLOS TEOBALDO VIVEROS
SECRETARIA LEGISLATIVA VICEPRESIDENTE
CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE


JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES
A/C DE PRESIDENCIA












Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 1847/10.-
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante


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O R D E N A N Z A



ARTÍCULO 1º: RATÍFICASE el Convenio de Pago Parque Industrial celebrado el 17 de


Mayo de 2.010 entre la Municipalidad de Junín de los Andes, representada


por el Intendente Municipal, Prof. RUBÉN ENRIQUE CAMPOS, y el Señor Secretario de


Producción y Turismo, Don PABLO LARDIT, con domicilio legal en Don Bosco y Ginés


Ponte de la Ciudad de Junín de los Andes, en adelante denominados la


“MUNICIPALIDAD”, y el Sr. HUGO ALEJANDRO RUBILAR, titular del D.N.I. Nº


23.287.064, con domicilio legal en Calle Pedro Illera Nº 215 del Barrio Provincial de Junín de


los Andes, en adelante denominado el “ADQUIRENTE”, por la venta de una fracción de


terreno ubicado en el Parque Industrial de Junín de los Andes, identificado como Lote 14, de


la Manzana 93, nomenclatura catastral Nº 13-20-054-9383 con una superficie de


SEISCIENTOS SESENTA Y UNO CON CINCUENTA (661,50mts²).-




ARTÍCULO 2º: REMÍTASE al Departamento Ejecutivo Municipal, a sus efectos.-




ARTÍCULO 3º:Publíquese. Cumplido. Archívese.-




DADA EN LA SALA DE SESIONES “GENERAL JOSE SAN MARTIN” DEL


CONCEJO DELIBERANTE DE JUNIN DE LOS ANDES, PROVINCIA DEL


NEUQUEN, A LOS VEINTISEIS DÍAS DEL MES DE MAYO DEL AÑO DOS MIL


DIEZ, SEGÚN CONSTA EN ACTA Nº 1492/10.-















ANDREA SILVANA ROSSO CARLOS TEOBALDO VIVEROS
SECRETARIA LEGISLATIVA VICEPRESIDENTE
CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE


JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES
A/C DE PRESIDENCIA