Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº
1130/03
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante
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O R D E N A N Z A Nº 1130/2003
VISTO: La necesidad de implementar lo normado en el Artículo 48º de la Carta Orgánica
Municipal y lo establecido en el Artículo 5º de la Ordenanza Nº 762/99, y;
CONSIDERANDO:
Que, en el mencionado Artículo, de la Carta Orgánica Municipal determina como
facultad exclusiva la designación del personal de Bloque de los partidos políticos, lo que
cumplirán funciones, conforme a los requisitos que el mismo establece.-
Que, dichas funciones de carácter administrativo, son temporarias, careciendo de
estabilidad en el empleo.-
Que, es facultad del Concejo Deliberante, la conformación de su estructura
administrativa, en las que están previstos los Bloques Políticos, se debe garantizar su
funcionamiento, creándose las estructuras necesarias.-
Que, conforme a lo normado en la Ordenanza Nº 762/99, Art. 5º, establece que la
figura de Secretario de Bloque, deberá incorporarse por Ordenanza específica, determinándose
además su carácter pago, sujeto al presupuesto.-
Que, la complejidad de las tareas encomendadas a consecuencia, del desarrollo
demográfico y la expansión de la jurisdicción del ejido municipal, hace necesario, la
incorporación de personal, que asistirá a cada bloque en las tareas administrativas.
Que, a tal efecto es decisión de este Concejo Deliberante implementar dentro de la
estructura, de los Bloques el cargo de Secretario Administrativo, sin más que las
consideraciones establecidas en un todo de acuerdo con el Art. 48º de la Carta Orgánica
Municipal.-
POR ELLO Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA CARTA
ORGANICA MUNICIPAL EN SUS ARTÍCULOS 56 Y 57 Inc. “a”, EL CONCEJO
DELIBERANTE DE JUNÍN DE LOS ANDES, REUNIDO EN SESIÓN ORDINARIA
DE PRÓRROGA, SANCIONA CON FUERZA DE:
O R D E N A N Z A
HUMBERTO FABIÁN E. BOSQUE CARLOS A. CORAZINI
SECRETARIO LEGISLATIVO VICEINTENDENTE
CONCEJO DELIBERANTE PRESIDENTE CONCEJO DELIBERANTE
JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES
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ARTÍCULO 1º: IMPLEMÉNTASE el cargo de Secretario de Bloque, que actuarán bajo la
exclusiva estructura funcional administrativa de los Bloques Políticos,
conforme a lo establecido por Carta Orgánica Municipal, en el ART. 48º - (SEGUNDA
PARTE – TITULO I – CAPITULO III) y lo normado en ORDENANZA Nº 762/99, Artículo
7º.-
ARTÍCULO 2º: FÍJASE, la categoría AUA (12) del escalafón de la planta administrativa
municipal, con más los adicionales de Ley que corresponden.-
ARTÍCULO 3°: MODIFÍQUESE, el Artículo 5º de la Ordenanza N° 762/99, el cual quedará
redactado de la siguiente manera: “FÍJASE como Planta Política del
Concejo Deliberante la figura de Secretario de Bloque creándose la figura administrativa
mediante Ordenanza específica por simple mayoría. En la misma se determinará su carácter de
pago, sujeto al Presupuesto”.-
ARTÍCULO 4º: DETERMÍNASE, que cada Bloque Político designará hasta una persona a
ocupar el cargo de Secretario/a de Bloque, mediante Resolución del Cuerpo
y en la cual se determinará la nominación de la persona que lo ocupará. Por el mismo
mecanismo cada Bloque podrá determinar la caducidad de dicha designación, cargo que
deberá tener disponibilidad de horarios de acuerdo a la necesidad de cada Bloque.-
ARTÍCULO 5º: CONSIDÉRESE la ampliación del Presupuesto General de Gastos del
Concejo Deliberante.-
ARTÍCULO 6º: COMUNÍQUESE al Departamento Ejecutivo Municipal, a sus efectos.-
ARTÍCULO 7º: PUBLÍQUESE en el Boletín Oficial de la Provincia del Neuquén,
conforme Cláusula Complementaria y Transitoria Nº 2, Inc. c) de la Carta
Orgánica Municipal, y oportunamente cúmplase con lo normado en el Artículo 66 de la
misma.-
ARTÍCULO 8º: Refrendará la presente el Señor Secretario Legislativo, Concejal Humberto
Fabián E. Bosque.-
ARTÍCULO 9º: De forma.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES “GENERAL JOSE SAN MARTIN” DEL CONCEJO
DELIBERANTE DE JUNIN DE LOS ANDES, PROVINCIA DEL NEUQUEN, A LOS
DIECINUEVE DIAS DEL MES DE DICIEMBRE DEL AÑO DOS MIL TRES, SEGÚN
CONSTA EN ACTA Nº 1156/03.-
HUMBERTO FABIÁN E. BOSQUE CARLOS A. CORAZINI
SECRETARIO LEGISLATIVO VICEINTENDENTE
CONCEJO DELIBERANTE PRESIDENTE CONCEJO DELIBERANTE
JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES
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