3221 - 21 Homologación Acuerdo de Permiso de Uso de Bienes del Estado entre Municipalidad y el Club Don Bosco Subcomisión de Rugby Manke.pdf


Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 3221/21.-
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante


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O R D E N A N Z A Nº 3221/2021



VISTO: El Expediente C.D. N° 11098/21 de fecha 24/11/2021, iniciado por el Departamento


Ejecutivo Municipal, mediante el cual remite Acuerdo Marco de Uso de Espacio


entre la Municipalidad de Junín de los Andes y la Asociación Civil, Social y Deportiva “Club


Don Bosco Subcomisión de Rugby Manke; y;




CONSIDERANDO:




Que, el presente acuerdo se realizará en el Marco del convenio subscripto entre La


Municipalidad y la Agencia de Administración de bienes del Estado con fecha 03/12/2019,


aprobada por ordenanza Municipal 2989/19, promulgada por el decreto 533/19, en el cual se


autorizo al estado Municipal el uso de un área para actividades deportivas, dentro de una


fracción mayor identificada como parte de las chacras 14,15 y 16 Nomenclatura Castastral


13-20-072-2437-0000. La superficie ya deslindada abarca un total de17.100 mts,(190 x 90)


cuyas medidas lineales y angulares surgen de croquis elaborado por personal Municipal y


Ejercito Argentino.




Que, en la Cláusula primera del dicho acuerdo LA MUNICIPALIDAD: Autoriza el


uso de manera prioritaria de una cancha de rugby según medidas reglamentarias determinadas


por UAR a “LA ASOCIACION “ubicado sobre (Ruta Nacional 40), quedando en


consecuencia el presente espacio, en el límite de la fracción cedida por la AABE a este


Municipio.-




Que, en su segunda Cláusula LA ASOCIACION: Utilizara el espacio otorgado


según lo estipulado en el convenio vigente entre la AABE Y LA Municipalidad, según lo


establecido en el art. 2º (destino), de la Ordenanza Nº 2989/2019, desarrollo de Actividades


Deportivas y Recreativas.-




Que, la vigencia del presente convenio será de 24 meses, contados a partir de la


firma del mismo con la posibilidad de prórroga. Sera también casual de la recisión del acuerdo


de uso y devolución del lugar, el incumplimiento del ANEXO 1 (Plan de trabajo, presentado


por LA ASOCIACION). ANEXO Nº 1: el mismo deberá ser presentado, controlado y


supervisado por la Subsecretaria de Deporte.-




Que, este Concejo Deliberante en Sesión Ordinaria de fecha 01/12/2021, resuelve


sobre tablas y por unanimidad aprobar lo solicitado por el Ejecutivo Municipal, con el dictado


de la norma pertinente.-




POR ELLO Y EN USO DE LA FACULTADES QUE LE CONFIERE LA CARTA


ORGÁNICA MUNICIPAL, EN SUS ARTÍCULOS 56 Y 57 Inc. a), EL CONCEJO


DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNÍN DE LOS ANDES, REUNIDO EN


SESIÓN ORDINARIA, SANCIONA CON FUERZA DE:













LAURA ESTER RIFFO CARLOS ALBERTO QUINTULÉN


SECRETARÍA LEGISLATIVA VICEPRESIDENTE


CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE
JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES


A/C DE PRESIDENCIA








Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 3221/21.-
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante


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O R D E N A N Z A:



ARTÍCULO 1º: RATIFÍCASE: el Convenio celebrado en fecha 24 de Noviembre de 2021


entre la ASOCIACIÓN CIVIL, SOCIAL Y DEPORTIVA “CLUB DON


BOSCO SUBCOMISIÓN DE RUGBY MANKE”, representado por su Presidente Don


Feliciano Mendoza, DNI Nº 13.261.551, con domicilio en calle Chile 206 de Junín de los


Andes y la MUNICIPALIDAD DE JUNÍN DE LOS ANDES, CUIT 30-99906191-1


representada por el Intendente Municipal, Sr. Carlos Corazini, con domicilio en calle Gines


Ponte y Don Bosco de la ciudad de Junín de los Andes, el cual consta de Once (11) Clausulas


e integra la presente como Anexo I.-


ARTÍCULO 2º: REMÍTASE: la presente al Departamento Ejecutivo Municipal, a sus efectos.
Una vez promulgada, envíese copia a la Asociación Civil, Social y Deportiva “Club Don Bosco


Subcomisión de Rugby Manke, y sectores de la administración municipal que correspondan.-




ARTÍCULO 3º: Comuníquese. Publíquese. Cumplido. Archívese.-






DADA EN LA SALA DE SESIONES “GENERAL JOSE DE SAN MARTIN” DEL


CONCEJO DELIBERANTE DE JUNIN DE LOS ANDES, PROVINCIA DEL


NEUQUEN, A UN DIA DEL MES DE DICIEMBRE DEL AÑO DOS MIL


VEINTIUNO, SEGÚN CONSTA EN ACTA Nº 2138/21.-













LAURA ESTER RIFFO CARLOS ALBERTO QUINTULÉN


SECRETARÍA LEGISLATIVA VICEPRESIDENTE
CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE


JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES


A/C DE PRESIDENCIA
























































Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 3221/21.-
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante


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ANEXO I








LAURA ESTER RIFFO CARLOS ALBERTO QUINTULÉN


SECRETARÍA LEGISLATIVA VICEPRESIDENTE


CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE
JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES


A/C DE PRESIDENCIA








Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 3221/21.-
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante


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ANEXO I








LAURA ESTER RIFFO CARLOS ALBERTO QUINTULÉN


SECRETARÍA LEGISLATIVA VICEPRESIDENTE
CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE


JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES
A/C DE PRESIDENCIA










Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 3221/21.-
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante


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ANEXO I








LAURA ESTER RIFFO CARLOS ALBERTO QUINTULÉN


SECRETARÍA LEGISLATIVA VICEPRESIDENTE
CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE


JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES


A/C DE PRESIDENCIA