2470 - 15 Ratificacion Convenio Instituto Juegos de Azar Butacas Casa de la Cultura.pdf


Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 2470/15.-
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante






O R D E N A N Z A Nº 2470/2015



VISTO:
El Expte. C.D. Nº 7694/15 de fecha 07/04/2015 iniciado por la Intendencia


Municipal. por la cual eleva Resolución Nº 146/15 de fecha 20 de Marzo de 2015,


del Instituto Provincial de Juegos de Azar del Neuquén y Convenio celebrado entre el Instituto


y la Municipalidad de Junín de los Andes, y;




CONSIDERANDO




Que, el Ejecutivo Municipal, a través de la Coordinación de la Secretaría Privada,


Servicios e Infraestructura del Ministerio de Coordinación de Gabinete, Seguridad y Trabajo,


solicitó un aporte no reintegrable de pesos trescientos mil ($ 300.000,00), destinado a la


compra de 150 Butacas para el Cine-Teatro de “La Casa de la Cultura y la Historia del


Bicentenario” de nuestra localidad.-




Que, el Gobierno Provincial, toma como política de estado, los fines dispuesto en la


Ley 2751, siendo en consecuencia el Instituto de Juegos de Azar, el organismo de financiación


de este tipo de eventos.-




Que, al haberse firmado suscrito el Convenio respectivo, y habiéndose dictado la


Resolución de aprobación, han de canalizarse en consecuencia las medidas administrativas a


nivel municipal con el único objetivo que los fondos solicitados sean utilizados en los fines


solicitados.-




Que, para cumplimentar con las normativas vigentes, en lo concerniente a


cumplimiento con la Ley 2141, es necesario crear la normativa que justifique ingreso de los


fondos a la cuenta oficial para luego realizar la rendición respectiva.-




Que, dentro de la atribuciones y deberes del Señor Intendente Municipal Artículo


36º: i) Celebrar convenios con la Nación, provincias, municipios, entes públicos o privados
nacionales que tengan por fin desarrollar actividades de interés para la comunidad local.


Celebrar convenios con otras naciones, comunas, entes públicos o privados extranjeros y


organizaciones internacionales e impulsar negociaciones con ellas, sin afectar la política exterior


a cargo del gobierno federal ni interferir con las competencias propias de la Provincia.-




Que, por lo expuesto, este Concejo Deliberante en Sesión Ordinaria de fecha


08/04/2015, dispone sobre tablas y por unanimidad ratificar el Convenio celebrado entre el


Instituto Provincial de Juegos de Azar del Neuquén y la Municipalidad de Junín de los Andes ,


con el dictado de la norma legal pertinente.-













MIRTA MARGARITA RAMÍREZ VÍCTOR CEFERINO CHAÑAPI


A/C DE SECRETARIA LEGISLATIVA VICEPRESIDENTE A/C
CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE


JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES
A/C DE PRESIDENCIA






















Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 2470/15.-
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante






POR ELLO Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA CARTA


ORGANICA MUNICIPAL, ARTÍCULO 56° Y 57°, INCISO a), EL CONCEJO


DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNIN DE LOS ANDES, REUNIDO EN


SESION ORDINARIA, SANCIONA CON FUERZA DE:




O R D E N A N Z A



ARTÍCULO 1º: RATIFÍCASE:
el Convenio Celebrado entre el Instituto Provincial de


Juegos de Azar del Neuquén, representado por Daiana Carmaran, Jefa del


Departamento de Gestión de Despacho y la Municipalidad de Junín de los Andes,


representado por el Señor Intendente Municipal Dn. Juan Domingo Linares, Convenio


Aprobado por Resolución Nº 146/15 del IJAN, aporte no reintegrable por la suma de pesos


trescientos mil ($ 300,000,00), destinado a la compra de 150 Butacas para el Cine-Teatro de


“La Casa de la Cultura y la Historia del Bicentenario” de nuestra localidad.-




ARTÍCULO 2º: AUTORÍZASE: al Departamento Ejecutivo Municipal a incorporar en el


Presupuesto General de la Administración Municipal, del presente ejercicio


las partidas presupuestarias en ingresos y egresos correspondientes a los fondos establecidos


en la cláusula primera del Convenio mencionado.-




ARTÍCULO 3º: REMÍTASE: al Departamento Ejecutivo Municipal, a sus efectos. Una vez


promulgada, por su intermedio envíese copia al Instituto Provincial de Juego


de Azar a sus efectos.-




ARTÍCULO 4º: Comuníquese. Publíquese. Cumplido. Archívese.-




DADA EN LA SALA DE SESIONES “GENERAL JOSÉ DE SAN MARTÍN” DEL


CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNÍN DE LOS ANDES,


PROVINCIA DEL NEUQUÉN, A LOS OCHO DÍAS DEL MES DE ABRIL DEL AÑO


DOS MIL QUINCE, SEGÚN CONSTA EN ACTA Nº 1780/15.-













MIRTA MARGARITA RAMÍREZ VÍCTOR CEFERINO CHAÑAPI


A/C DE SECRETARIA LEGISLATIVA VICEPRESIDENTE A/C
CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE


JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES
A/C DE PRESIDENCIA