Municipalidad de Junín de los Andes
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante
O R D E N A N Z A Nº 2438/2014
VISTO: El Expte. C.D. Nº 7529/14 de fecha 12/11/2014 iniciado por el Departamento
Ejecutivo Municipal, y;
CONSIDERANDO
Que, mediante el mismo remite para su homologación Resolución Nº 399/14 de fecha 03
de noviembre de 2014 del Instituto Provincial de Juegos de Azar, por la cual se aprueba el
Convenio a suscribirse entre la Municipalidad de Junín de los Andes, y el Instituto Provincial de
Juegos de Azar, y se otorga a la Municipalidad un aporte económico no reintegrable de Pesos
Trescientos Mil Trescientos Catorce con Sesenta y Cinco ($ 300.314,65), destinado a financiar la
Segunda Etapa de la obra de la Casa de la Historia y la Cultura del Bicentenario para nuestra
ciudad.-
Que, este Concejo Deliberante, en Sesión Ordinaria de fecha 12/11/2014, dispuso sobre
tablas y por unanimidad, homologar la citada Resolución, con el dictado de la norma legal
respectiva.-
POR ELLO Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA CARTA
ORGÁNICA MUNICIPAL, EN SUS ARTÍCULOS 56º Y 57º Inc. “a”, EL CONCEJO
DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNÍN DE LOS ANDES, REUNIDO EN SESIÓN
ORDINARIA, SANCIONA CON FUERZA DE:
O R D E N A N Z A
ARTÍCULO 1º: HOMOLÓGASE: la Resolución Nº 399/14 de fecha 03 de noviembre de 2014
del Instituto Provincial de Juegos de Azar, por la cual se aprueba el Convenio a
suscribirse entre la Municipalidad de Junín de los Andes, y el Instituto Provincial de Juegos de
Azar, y se otorga a la Municipalidad un aporte económico no reintegrable de Pesos Trescientos
Mil Trescientos Catorce con Sesenta y Cinco ($ 300.314,65), destinado a financiar la Segunda
Etapa de la obra de la Casa de la Historia y la Cultura del Bicentenario de la Ciudad de Junín de
los Andes, la cual integra la presente como Anexo I.-
ARTÍCULO 2º: AUTORÍZASE: al Departamento Ejecutivo Municipal a incorporar en el
Presupuesto General de la Administración Municipal Ejercicio año 2014,
Ordenanza Nº 2326/2013, la Partida Presupuestaria de Ingresos y Egresos correspondiente a los
fondos provenientes de la norma mencionada en el Artículo anterior de la presente.-
ARTÍCULO 3º: AUTORÍZASE: al Departamento Ejecutivo Municipal, a realizar la
Contratación Directa de Cooperativas de Trabajo la localidad, para realizar la
Segunda Etapa de la obra de la Casa de la Historia y la Cultura del Bicentenario de la Ciudad de
Junín de los Andes.-
ARTÍCULO 4º: COMUNÍQUESE: al Departamento Ejecutivo Municipal, a sus efectos.
ARTÍCULO 5º: Publíquese. Cumplido. Archívese.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES “GENERAL JOSE SAN MARTIN” DEL CONCEJO
DELIBERANTE DE JUNIN DE LOS ANDES, PROVINCIA DEL NEUQUEN, A LOS
DOCE DIAS DEL MES DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL CATORCE, SEGÚN
CONSTA EN ACTA Nº 1757/14.-
GUSTAVO EDGARDO CAÑICUL CARLOS TEOBALDO VIVEROS
SECRETARIO LEGISLATIVO VICEPRESIDENTE A/C
CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE
JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES
A/C DE PRESIDENCIA