3523 - 24 Homologar Convenio Comodato instalaciones Biblioteca Popular Gregorio Alvarez.pdf


Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 3523/24.-
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante


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O R D E N A N Z A Nº 3523/2024

VISTO: El Expte. C.D. Nº 11878/24 de fecha 14/03/2024 iniciado por el Sr. Intendente


Municipal, Don Luís Ariel Madueño, mediante el cual remite Contrato de Comodato


celebrado en fecha 08/03/2024 entre la Municipalidad de Junín de los Andes y la Asociación


Civil Biblioteca Popular de Frontera “Dr. Gregorio Álvarez”, el cual consta de doce (12)


Cláusulas, y;




CONSIDERANDO




Que, en dicho Contrato de Comodato, se plasma como antecedente el Contrato


suscripto en fecha 05/08/2015, ratificado por Ordenanza Nº 2516/2015 de fecha 23/09/2015,


donde se dio en uso y goce gratuito la Casa de la Cultura, con un plazo de vigencia de seis (6)


años.-




Que, asimismo, es una aspiración común de las partes mantener la relación contractual,


por lo que acuerdan: la municipalidad cede en comodato o préstamo gratuito la planta baja de la


Casa de la Cultura, local en el que actualmente funciona la Biblioteca Popular de Frontera “Dr.


Gregorio Álvarez”, y queda establecido que el primer piso del edificio municipal, conocido e


individualizado como Salón de Usos Múltiples, resultara de uso exclusivo de la Municipalidad


de Junín de los Andes.-




Que, el citado Contrato de Comodato consta de doce (12) clausulas donde, a parte de


los expuesto, se establece el uso exclusivo del bien municipal, vigencia del contrato, la


conservación del inmueble e instalaciones, pautas para realizar reparaciones y/o modificaciones,


utilidades que se pudieran producir por el uso del local, inspecciones, también se fija el


responsable de pago de los servicios básicos, teléfono e internet, expensas, tasas o


contribuciones municipales, provinciales o nacionales y subsidio mensual.-




Que, nuestra Carta Magna, en el Articulo 136 del Título I Capítulo I enuncia que: La
Municipalidad considera que la cultura se encuentra íntimamente relacionada con la educación y es una


parte constituyente del desarrollo humano integral. A través del área municipal específica utilizará


todos los medios necesarios para la promoción y difusión de la cultura en todos sus aspectos y alcances


y, sin perjuicio de otras que sean apropiadas y convenientes, realizará las acciones para:


Inc. e): Planificar, crear, organizar, custodiar, restaurar y mantener monumentos, lugares históricos,


exposiciones, bibliotecas, museos, paseos urbanos, miradores y toda otra manifestación cultural y


recreativa, garantizando el acceso público.-


Inc. g): Impulsar y apoyar el establecimiento de centros culturales públicos y privados abiertos a la


comunidad.-


Inc. h): Fomentar el desarrollo y coordinar el accionar de las organizaciones locales reconocidas,


vinculadas al quehacer cultural.-













HEBE GABRIELA HELOU LORENA MARCELA VALDEZ
SECRETARIA LEGISLATIVA VICEPRESIDENTE
CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE


JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES
A/C DE PRESIDENCIA


















Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 3523/24.-
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante


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Que, este Concejo Deliberante, según lo establece el Artículo 57, Inc., “t: Ratificar o


rechazar los convenios con la Nación, provincias, municipios entre públicos o privados


nacionales e internaciones” y conforme el Despacho Nº 003/24 de la Comisión Interna de las


Culturales, dispuso por unanimidad en Sesión Ordinaria de fecha 27/03/2024, homologar dicho


Contrato de Comodato, con el dictado de la norma legal respectiva.-




Que, al efecto, se debe derogar la Ordenanza Nº 2516/2015 de fecha 23/09/2015.-




POR ELLO Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA CARTA


ORGÁNICA MUNICIPAL, EN SUS ARTÍCULOS 56º Y 57º Inc. “a”, EL CONCEJO


DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNÍN DE LOS ANDES, REUNIDO EN SESIÓN


ORDINARIA, SANCIONA CON FUERZA DE:




O R D E N A N Z A



ARTÍCULO 1º: SE RATIFICA: el CONTRATO DE COMODATO, suscripto en fecha


08 de marzo de 2024, entre la Municipalidad de Junín de los Andes


representada por el Sr. Intendente Luis Ariel Madueño, la Secretaria de las Culturas Sra.


Lucrecia Panzia y la Asociación Civil Biblioteca Popular de Frontera “Dr. Gregorio Álvarez”, el


que consta en Expediente C.D. N° 11.878/24 de fecha 14/03/2024 y se incorpora a la presente


como Anexo I con Doce (12) Cláusulas.-




ARTÍCULO 2º: SE DEROGA: la Ordenanza Nº 2516/2015 de fecha 23/09/2015.-




ARTÍCULO 3º: COMUNÍQUESE: al presente al Departamento Ejecutivo Municipal.-




DADA EN LA SALA DE SESIONES “GENERAL JOSÉ SAN MARTÍN” DEL


CONCEJO DELIBERANTE DE JUNÍN DE LOS ANDES, PROVINCIA DEL


NEUQUÉN, A LOS VEINTISIETE DÍAS DEL MES DE MARZO DEL AÑO DOS MIL


VEINTICUATRO, SEGÚN CONSTA EN ACTA Nº 2260/24.-













HEBE GABRIELA HELOU LORENA MARCELA VALDEZ
SECRETARIA LEGISLATIVA VICEPRESIDENTE
CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE


JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES
A/C DE PRESIDENCIA