ORDENANZA Nº 2047/11.-
Municipalidad de Junín de los Andes
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante
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O R D E N A N Z A Nº 2047/2011
VISTO: La Nota Nº 585/11 de fecha 01/12/2011 del Departamento Ejecutivo Municipal,
registrada bajo Expte. C.D. Nº 5809/11, mediante el cual eleva copia de Convenio
celebrado entre la Sub-Secretaría de Educación, Cultura y Deportes de la Provincia del Neuquén
y la Municipalidad de Junín de los Andes,
CONSIDERANDO
Que, las partes acuerdan en celebrar el presente Convenio destinado al
Desenvolvimiento del Programa “Juegos Integrados Neuquinos Evita 2011 – Primera Fase”.-
Que, el mismo tiene como finalidad, por parte de la Provincia, otorgar un aporte
económico no reintegrable, con cargo a rendir cuenta documentadas de su inversión de pesos
Once Mil ($ 11.000,00) a la Municipalidad, destinado a financiar diversas actividades deportivas
en los distintos niveles estudiantiles, en desarrollo de la Primera Fase de los Juegos Integrados
Evita 2011.-
Que, la Municipalidad es responsable exclusivo del correcto destino del aporte que
recibe, así como de su manejo, de acuerdo a lo previsto en la normativa pertinente, quedando
sujeta a lo dispuesto por la Ley Provincial de Administración Financiera y Control Nº 2141 y su
Decreto Reglamentario. El incumplimiento por parte del presente hará pasible de las sanciones
que establezca el Tribunal de Cuentas conforme al procedimiento establecido por la mencionada
Ley.-
Que, la Municipalidad, deberá rendir a la Provincia, presentando la documentación
respaldatoria de los gastos efectuados, con un informa detallado de los mismos, debiendo estar
cerificados pro el Director de Deportes de la Municipalidad. Dicha documentación deberá
cumplir con las normas legales vigentes que regulan la materia y lo dispuesto pro la Provincia.-
Que, la Provincia realizará el control financiero y de gestión, sobre las actividades
desarrolladas y/o desarrollarse, así como la revisión y aprobación de la totalidad de la
documentación respaldatoria de los gastos realizados en los mismos. Dichas auditorias serán
realizadas en el momento que la Provincia lo estime conveniente, sin necesidad de preavisar de la
misma.-
Que, en la Provincia podrá disponer la suspensión y/o reasignación, entre otros
Municipios y/o Comisiones de Fomento de la Provincia, y/o cualquier entidad pública o privada
sin fines de lucro, incluso destinarlos a la implementación de otros programas que lleva a cabo la
Provincia, también podrá reasignar o suspender el aporte, todo ello por incumplimiento de
cualquier cláusula del presente Convenio ó ante la negativa a suscribir el mismo, lo que no dará
derecho a reclamo alguno, por parte de la Municipalidad.-
Que, nuestra Carta Magna estipula en su Artículo 155º Capitulo V, Titulo Deportes y
Recreación, “La Municipalidad de Junín de los Andes posibilitará el acceso de toda la comunidad
a las actividades físicas y recreativas en sus múltiples formas. Elaborará y ejecutará la política
municipal del deporte comunitario apoyando al deporte escolar y federado en aquellas
actividades que contaren con deportistas locales destacados”.-
ANDREA SILVANA ROSSO CARLOS TEOBALDO VIVEROS
SECRETARIA LEGISLATIVA VICEPRESIDENTE
CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE
JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES
A/C DE PRESIDENCIA
ORDENANZA Nº 2047/11.-
Municipalidad de Junín de los Andes
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante
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Que, este Concejo Deliberante, según lo establecido en la Carta Orgánica, Artículo 57º,
inc. “t”, dispuso sobre tablas y pro unanimidad en Sesión Ordinaria de fecha 08/12/2011,
homologar dicho Convenio, con el dictado de la norma pertinente.-
POR ELLO Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA CARTA
ORGÁNICA DE LA CIUDAD DE JUNÍN DE LOS ANDES, EN SU ARTÍCULO 56 y
ARTÍCULO 57 Inc. a), EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNÍN DE
LOS ANDES, REUNIDO EN SESIÓN ORDINARIA, SANCIONA CON FUERZA DE:
O R D E N A N Z A
ARTÍCULO 1º: RATIFÍCASE: el CONVENIO celebrado entre la Subsecretaría de Educación,
Cultura y Deporte de la Provincia del Neuquén, representada el Sr. José Ernesto
Seguel, y la Municipalidad de Junín de los Andes, representada por el Intendente Municipal,
Prof. Rubén Enrique Campos, destinado al Desenvolvimiento del Programa “Juegos Integrados
Neuquinos Evita 2011 – Primera Fase”, el cual integra la presente como Anexo I.-
ARTÍCULO 2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal, para su conocimiento y
efectos.-
ARTÍCULO 3º: Publíquese. Cumplido. Archívese.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES “GENERAL JOSE DE SAN MARTÍN” DEL
CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNÍN DE LOS ANDES, PROVINCIA
DEL NEUQUEN, A LOS OCHO DÍAS DEL MES DE DICIEMBRE DEL AÑO DOS MIL
ONCE, SEGÚN CONSTA EN ACTA Nº 1591/11.-
ANDREA SILVANA ROSSO CARLOS TEOBALDO VIVEROS
SECRETARIA LEGISLATIVA VICEPRESIDENTE
CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE
JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES
A/C DE PRESIDENCIA