1607 - 08 Ratificar Convenio INTA.pdf

ORDENANZA Nº 1607/08.-
Municipalidad de Junín de los Andes


PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante




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O R D E N A N Z A Nº 1607/2008


VISTO: El Expte. Nº 3134/08 Letra “A” de fecha 03/07/2008 del Departamento Ejecutivo


Municipal originado por Nota Nº 440/08 de fecha 24/06/2008, que lleva la firma del Sr.


Intendente Municipal, Don Rubén Enrique Campos y el Sr. Secretario de Producción y Turismo,


don Pablo Lardit, mediante la cual se remite para homologación el Cuerpo Deliberativo Acta


Acuerdo de fecha 01/04/2008 entre el Instituto Nacional de Tecnología Agropecuaria (INTA) y la


Municipalidad de Junín de los Andes, y;




CONSIDERANDO




Que, mediante el Acta Acuerdo mencionados ambos organismos desde sus respectivas


esferas de acción trabajarán con la finalidad de promover en la jurisdicción del Departamento


Huiliches acciones del proyecto PRO-HUERTA que propone la “AUTOPRODUCCIÓN DE


ALIMENTOS EN PEQUEÑA ESCALA”, con huertas y granjas familiares, escolares o


comunitarias procurando:


 Complementar la alimentación de los sectores de menores ingresos con una dieta más
balanceada incrementando la calidad y la variedad de los alimentos.-


 Mejorar la distribución del gasto familiar en alimentos.


 Fomentar la participación comunitaria en la formulación de estrategias para dar solución a
sus problemas alimentarios.-




Que, la Carta Orgánica Municipal en su Artículo 183º establece que “La


Municipalidad de Junín de los Andes, con el apoyo de organismos provinciales, nacionales e


internacionales, públicos o privados, promoverá en toda su jurisdicción el desarrollo


agropecuario, fomentando actividades adecuadas a la potencialidad de sus recursos, al


planeamiento urbano-rural y a la Carta Ambiental Municipal. Transferirá tecnología, difundirá las


líneas de créditos y subsidios para el área y fomentará la comercialización de los productos


obtenidos”.-




Que, el Artículo 185 expresa que “Todos los planes, proyectos y programas de


aprovechamiento de los recursos y/o de producción a desarrollar en jurisdicción municipal,


independientemente de su naturaleza, deberán contar con el aval del área municipal


competente”.-


Que, este Concejo Deliberante, según lo establece el Artículo 57, Inc., “t”, y conforme


lo expresado en Despacho Nº 156/08 de la Comisión de Producción y Turismo, dispuso por


unanimidad en Sesión Ordinaria de fecha 16/07/2008, homologar el Acta Acuerdo referenciado.-


Que, al efecto, se debe dictar la norma pertinente.-















GUSTAVO EDGARDO CAÑICUL DIEGO ALEXIS MARCOVESKY


SECRETARIO LEGISLATIVO VICEINTENDENTE


CONCEJO DELIBERANTE PRESIDENTE CONCEJO DELIBERANTE


JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES



















ORDENANZA Nº 1607/08.-
Municipalidad de Junín de los Andes


PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante




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POR ELLO Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA CARTA


ORGÁNICA MUNICIPAL, EN SUS ARTÍCULOS 56º Y 57º Inc. “a”, EL CONCEJO


DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNÍN DE LOS ANDES, REUNIDO EN SESIÓN


ORDINARIA, SANCIONA CON FUERZA DE:




O R D E N A N Z A



ARTÍCULO 1º: RATIFÍCASE el ACTA ACUERDO INTA – MUNICIPALIDAD DE


JUNÍN DE LOS ANDES de fecha 01de Abril de 2008 entre el Programa Pro-


Huerta del Instituto Nacional de Tecnología Agropecuaria, representado por su Coordinador en la


Provincia del Neuquén Ing. Agr. Fabián Alderete, y la Municipalidad de Junín de los Andes,


representada por el Sr. Intendente Municipal, Don Rubén Enrique Campos, el cual consta de


Nueve (9) Cláusulas e integra la presente como Anexo I.-




ARTÍCULO 2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal, a sus efectos. Una vez


promulgada, por su intermedio, envíese copia al Coordinador en la Provincia el


Neuquén del Instituto Nacional de Tecnología Agropecuaria (INTA).-




ARTÍCULO 3º: DESE a publicidad en el Boletín Oficial de la Provincia del Neuquén


(Conforme Cláusula Complementaria y Transitoria Nº 2 Inc. “c” de la Carta


Orgánica Municipal).-




ARTÍCULO 4º: Refrendará la presente el Sr. Secretario Legislativo, Concejal Gustavo Edgardo


Cañicul.-




DADA EN LA SALA DE SESIONES “GENERAL JOSE SAN MARTIN” DEL CONCEJO


DELIBERANTE DE JUNIN DE LOS ANDES, PROVINCIA DEL NEUQUEN, A LOS


DIECISEIS DÍAS DEL MES DE JULIO DEL AÑO DOS MIL OCHO, SEGÚN CONSTA


EN ACTA Nº 1386/08.-















GUSTAVO EDGARDO CAÑICUL DIEGO ALEXIS MARCOVESKY


SECRETARIO LEGISLATIVO VICEINTENDENTE


CONCEJO DELIBERANTE PRESIDENTE CONCEJO DELIBERANTE


JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES