2266 - 13 Creación Programa Municipal de Contención Social y Entrenamiento Laboral en el sector Publico.pdf


Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 2266/13.-
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante


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O R D E N A N Z A Nº 2266/2013



VISTO: El Expediente del C.D. Nº 6754/13 de fecha 27/06/2013 iniciado por la Asociación


de Trabajadores del Estado, Seccional Neuquén, Zona Sur, y;




CONSIDERANDO:




Que, el desempleo en nuestra ciudad alcanza altos índices, los cuales representan un


problema estructural en nuestra sociedad.-




Que, es propósito del Gobierno Municipal fomentar las oportunidades de empleo


para los grupos que enfrentan mayores dificultades de inserción laboral.-




Que, en concordancia con las políticas nacionales, llevadas adelante en los últimos


años, el Ejecutivo Municipal considera necesario arbitrar medidas urgentes que procuren la


capacitación, la práctica y una mejor formación del recurso humano, como así también el


sostenimiento de los programas hasta la efectiva reinserción de sus beneficiarios en el mercado


laboral.-




Que, es decisión del Ejecutivo Municipal, dentro del esfuerzo presupuestario que


supone el sostenimiento de programas específicos, ayudar y promover el empleo local.-




Que, según consta en Nota Nº 129/13 de 05 /02/13 del Tribunal de Cuentas de la


Provincia de Neuquén, se solicita a la Municipalidad de Junín que a efectos de la “rendición de


cuentas de cada Ejercicio, debe sancionar NORMA LEGAL DE PLANES DE EMPLEO


MUNICIPALES.-




Que, a pesar de estar vigente la Ordenanza 1953/11, en la misma se contemplan


programas nacionales que ya no existen.-




POR ELLO Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA CARTA


ORGÁNICA MUNICIPAL, EN SUS ARTÍCULOS 56 Y 57, Inc, “a”, EL CONCEJO


DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNÍN DE LOS ANDES, REUNIDO EN


SESIÓN EXTRAORDINARIA, SANCIONA CON FUERZA DE:




O R D E N A N Z A



ARTÍCULO 1º: CRÉASE: el “Programa Municipal de Contención Social y


entrenamiento laboral en el sector público” destinado a entrenar a


trabajadores desocupados, mediante la práctica en puestos de trabajo en el sector público, para


adquirir experiencia laboral y nuevos saberes.-













GUSTAVO EDGARDO CAÑICUL ANDREA SILVANA ROSSO


SECRETARIO LEGISLATIVO VICEINTENDENTE


CONCEJO DELIBERANTE PRESIDENTE CONCEJO DELIBERANTE
JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES














Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 2266/13.-
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante


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ARTÍCULO 2°: Los Proyectos del “Programa Municipal de Contención Social y


entrenamiento laboral en el sector público” serán elaborados y ejecutados


por el Departamento Ejecutivo Municipal. La coordinación y evaluación periódica del


Programa estará también a cargo del mismo, quien llevará a cabo los ajustes, las mejoras o


modificaciones que considere necesarios para cumplir con los objetivos del Programa.-




ARTÍCULO 3º: Los beneficiarios del “Programa Municipal de Contención Social y


entrenamiento laboral en el sector público” percibirán un aporte mensual,


considerando diferentes tareas a realizar, diversas cargas horarias, y la duración de las mismas;


según consta en ANEXO I “DETALLE DEL PROGRAMA”, el cual forma parte de la


presente norma.-




ARTICULO 4º: DETERMÍNASE: que el Departamento Ejecutivo Municipal destinará de


su Presupuesto, el monto mensual necesario para cubrir el aporte del total de


los beneficiarios según el detalle del ANEXO I y conforme a lo dispuesto en el Articulo 3º de


la presente ordenanza.-




ARTÍCULO 5º: FÍJASE: que en función de las variaciones que sufriere el Presupuesto


Municipal, el Departamento Ejecutivo podrá modificar los montos


estipulados en el ANEXO I, no pudiendo reducir de ninguna manera el aporte que el


beneficiario reciba al inicio de este programa, salvo que cambie la tarea a realizar y/o la carga


horaria a cubrir con su práctica laboral.-




ARTÍCULO 6º: El Programa contará con una póliza de seguros sobre las prácticas a realizar


que brinde cobertura a los beneficiarios del Programa, corriendo este gasto


por parte del Ejecutivo.-




ARTÍCULO 7º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal, para su promulgación


y por su intermedio a todas las Áreas Municipales que correspondan.-




ARTICULO 8°: Comuníquese. Publíquese. Cumplido. Archívese.-




DADA EN LA SALA DE SESIONES “GENERAL JOSE DE SAN MARTIN”


CONCEJO DELIBERERANTE DE JUNIN DE LOS ANDES, PROVINCIA DEL


NEUQUEN, A LOS CUATRO DÍAS DEL MES DE JULIO DEL AÑO DOS MIL


TRECE, SEGÚN CONSTA EN ACTA N° 1678/13.-













GUSTAVO EDGARDO CAÑICUL ANDREA SILVANA ROSSO


SECRETARIO LEGISLATIVO VICEINTENDENTE


CONCEJO DELIBERANTE PRESIDENTE CONCEJO DELIBERANTE
JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES
























Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 2266/13.-
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante


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ANEXO I


DETALLE Programa Municipal de Contención Social y


entrenamiento laboral en el sector público”




































































GUSTAVO EDGARDO CAÑICUL ANDREA SILVANA ROSSO


SECRETARIO LEGISLATIVO VICEINTENDENTE


CONCEJO DELIBERANTE PRESIDENTE CONCEJO DELIBERANTE
JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES


















CANTIDAD DE
BENEFICIARIOS


MONTO A
PERCIBIR:


CARGA HORARIA
SEMANAL:


4 $ 500.00 4 HORAS


8 $ 600.00 4 HORAS


78 $ 1.000,00 15 HORAS


1 $ 1.200,00 15 HORAS


29 $ 1.500,00 20 HORAS


49 $ 1.600,00 30 HORAS


32 $ 1.800,00 30 HORAS



5
$ 2.000,00 30 HORAS



11
$ 2.500,00 30 HORAS