Municipalidad de Junín de los Andes
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante
O R D E N A N Z A Nº 788/2000
VISTO: El Expte. C.D. Nº 1.523/2000 de fecha 05/04/00, iniciado por el Departamento de
Tránsito y Transporte Municipal, mediante el cual remite documentación del Sr.
RUBILAR RIFFO, Nemesio de la Cruz, D.N.I. Nº 16.285.101, con domicilio en calle Mariano
Moreno 560 de Junín de los Andes, referente a solicitud de Licencia Comercial - rubro TAXI-
FLET, y;
CONSIDERANDO:
Que, para tal fin, el Sr. RUBILAR RIFFO, ofrece un vehículo automotor Marca FORD,
Modelo F-100 PICK-UP, Año 1980, Motor Nº PA401313B, Chasis Nº KA1JYG-23339,
Dominio URW-755, de su propiedad.-
Que, la documentación presentada, cuenta con la vista del Area de Transporte de este
Municipio y manifiesta que el peticionante ha cumplimentado todos los requisitos exigidos para
la prestación de dicho servicio.-
Que, en vista de que este Concejo Deliberante tiene las atribuciones como ente
autorizante de este tipo de habilitaciones y conforme el Despacho Nº 059/00 emitido por la
Comisión de Obras y Servicios Públicos de este Concejo Deliberante, se dispuso por
UNANIMIDAD en Sesión Ordinaria del día 03/05/2000, aprobar el citado Expte.-
Que, al efecto, se debe dictar la norma legal correspondiente.-
POR ELLO Y CONFORME LO NORMADO EN EL ARTÍCULO Nº 56 Y ARTÍCULO 57,
INC. “a” DE LA CARTA ORGÁNICA MUNICIPAL, EL CONCEJO DELIBERANTE DE
LA CIUDAD DE JUNIN DE LOS ANDES, REUNIDO EN SESIÓN ORDINARIA,
SANCIONA CON FUERZA DE:
O R D E N A N Z A
ART. 1º: HABILÍTASE como TAXI-FLET al vehículo automotor Marca FORD, Modelo
F-100 PICK-UP, Año 1980, Motor Nº PA401313B, Chasis Nº KA1JYG-23339,
Dominio URW-755, cuyo titular es el Señor RUBILAR RIFFO, Nemesio de la Cruz, D.N.I. Nº
16.285.101, con domicilio en calle Mariano Moreno 580 de Junín de los Andes.-
OSCAR RAÚL ANDE ÁNGEL CLEMENTE HERRERA
SECRETARIO LEGISLATIVO PRESIDENTE
CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE
JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES
Municipalidad de Junín de los Andes
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante
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ORDENANZA Nº 788/2000
ART. 2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal para su promulgación y
otorgamiento de la licencia comercial correspondiente, de acuerdo a lo establecido en
los Artículos 6º y 10º de la Ordenanza Nº 294/92; y envíese copia de la presente al interesado.-
ART. 3ºº: DESE a publicación en el Boletín Oficial de la Provincia del Neuquén conforme
Cláusula Complementaria y Transitoria Nº 2, Inc. c) de la Carta Orgánica Municipal, y
oportunamente cúmplase con lo normado en el Artículo 66 de la misma.-
ART. 4º: Refrendará la presente el Señor Secretario Legislativo, Concejal Oscar Raúl Ande.-
ART. 5º: De forma.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES “GENERAL JOSÉ DE SAN MARTÍN” DEL
CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNÍN DE LOS ANDES, PROVINCIA
DEL NEUQUÉN, A LOS TRES DÍAS DEL MES DE MAYO DEL AÑO DOS MIL,
SEGÚN CONSTA EN ACTA Nº 969/00.-
OSCAR RAÚL ANDE ÁNGEL CLEMENTE HERRERA
SECRETARIO LEGISLATIVO PRESIDENTE
CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE
JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES