3200 - 21 Declarar a la Ejecucuón del Proyecto Plan de Mejoras del Casco Urbano como Obra Pública- Expte C.D. Nº 11060-21.pdf


Municipalidad de Junín de los Andes Ordenanza Nº 3200/21
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante




O R D E N A N Z A Nº 3200/2021


VISTO: El Expte C.D. Nº 11060/21 iniciado por el Sr. Intendente Municipal, Don Carlos A.


Corazini, mediante la cual remite adjunto Proyecto de Ordenanza por la cual se


Declara la Ejecución del Proyecto “Plan de Mejoras Casco Urbano Junín de los Andes “Como


Obra Pública”, y;




CONSIDERANDO:




Que, la celebración del Convenio Especifico para la Ejecución del Proyecto “Plan de


mejoras del casco Urbano Junín de los Andes “, entre la Municipalidad de Junín de los Andes


y la Secretaria de Obras Publicas de la Nación Argentina, dependiente del Ministerio de


Obras Publicas de la Nación Argentina, en el marco del “PLAN ARGENTINA HACE”.-




Que, en fecha 17 de Febrero de 2021 el Ministerio de Obras Publicas y la


Municipalidad de Junín de los Andes celebraron un convenio marco en la esfera del “PLAN


ARGENTINA HACE “.-




Que, en el referido convenio marco La Municipalidad solicito la asistencia financiera


para la ejecución del Proyecto “Plan mejoras del casco Urbano Junín de los Andes “.-




Que, la Secretaría de Obras Publicas del Ministerio de Obras Publicas, a través de las


áreas de intervención ha verificado la documentación correspondiente, considerando la


viabilidad del mismo sin expresar objeciones.-




Que, el proyecto en cuestión, cuya documentación, memoria descriptiva y demás


especificaciones técnicas se encuentran ingresadas con carácter de declaración jurada bajo el


ID de proyecto Nº 128093 en la plataforma del Sistema de Gestión de Obras (SGO) e


incorporados como IF 2021-45924226-APNDNA#MOP y forman parte del expediente


EX2021-62958812- -APN- DGD#MOP.-




Que, el monto del proyecto asciende a la suma de PESOS TREINTA Y SEIS


MILLONES, OCHOCIENTOS CATORCE MIL SETECIENTOS TRECE CON 99/100.


($36.814.713,99); el que será abonado con tres desembolsos del TREINTA POR CIENTO.


(30%) cada uno y un último desembolso de DIEZ POR CIENTO (10 %).-




Que, el plazo de ejecución del proyecto es de CIENTO CINCUENTA DIAS (150)


contados desde la fecha del acta inicio.-




Que, el “Convenio Marco “, ha sido homologado por el Concejo Deliberante


mediante la sanción de la Ordenanza Nº 3179/2021 de fecha 29/09/2021 y promulgada por el


Ejecutivo Municipal a través de Decreto Nº 364/2021 de fecha 06/10/2021.-


Que, el” Convenio Especifico” ha sido homologado por el Concejo Deliberante mediante


la sanción de la ordenanza Nº 3180/2021 de fecha 29/09/2021 y promulgada por el Ejecutivo


Municipal a través de Decreto Nº 369/2021 de fecha 12/10/2021.-




Que, resulta oportuno y necesario determinar el sistema por el cual se ejecutara el


proyecto, como así también establecer las responsabilidades de los funcionarios Municipales y


Profesionales intervinientes.-









LAURA ESTER RIFFO IGNACIO ENRIQUE FLORES


SECRETARIA LEGISLATIVA VICEINTENDENTE


CONCEJO DELIBERANTE PRESIDENTE CONCEJO DELIBERANTE


JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES










Municipalidad de Junín de los Andes Ordenanza Nº 3200/21
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante





Que, la ley Nº 687/2021 de Obra Publicas menciona en su Art.º 9:”La ejecución de toda


Obra Pública a los efectos de la presente Ley, puede ser realizada de conformidad a los siguientes


procedimientos: a) Por contratación. b) Por administración, cuando existan razones de


conveniencia. c) Por combinación de ambas”; de igual manera, menciona en su Art.º10:”La


contratación de Obras Publicas podrá realizarse mediante:a) Contrato de Obras Publicas, que a su


vez puede serlo por cualquiera de los siguientes sistema: 1.Por Unidad de Medida. 2. Por ajuste


alzado. 3. Por coste y costas. 4. Por administración delegada…etc.”.




Que, este Concejo Deliberante en Sesión Extraordinaria de fecha 29 de Octubre de


2021, dispuso por unanimidad aprobar la declaración solicitada, con el dictado de la norma


pertinente.-


POR ELLO Y EN USO DE LAS FALCULTADES QUE LE CONFIERE LA CARTA


ORGANICA MUNICIPAL, EN SUS ARTICULOS 56Y 57 INC: a), EL CONCEJO


DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNIN DE LOS ANDES, REUNIDO EN SESION


ORDINARIA, SANCIONA CON FUERZA DE:




O R D E N A N ZA



ARTÍCULO 1º: DECLARESE a la ejecución del Proyecto “PLAN DE MEJORAS DEL


CASCO URBANO JUNÍN DE LOS ANDES “ cuya asistencia financiera


procederá de la Secretaria de Obras Publicas del Ministerio de Obras Públicas de la Nación


Argentina, como “OBRA PÚBLICA” según lo establecido en la ley 687/1972 en su Art.º 1.-




ARTÍCULO 2º: DETERMINESE: que la ejecución de dicha Obra Pública se realizará por


“Administración Municipal” General de la Administración Municipal y


con la modalidad de “Ajustes Alzado por Precio Global” cuya ejecución se encontrará a


cargo de la Secretaria de Obras ,Servicios Públicos y Planeamiento Urbano y el equipo que


designe al efecto .-


ARTÍCULO 3º: CONSIDERESE: de aplicación para la ejecución del Proyecto en cuestión,


los montos establecidos en el Decreto Provincial Nº 798/2021 de fecha 20/05/2021.-




ARTÍCULO 4º: comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal, a los efectos de dar


cumplimiento a lo aquí establecido.-




ARTICULO 5º: Comuniquese, Publiquese .Cumplido que fuere Archívese.-




DADA EN LA SALA DE SESIONES “GENERAL JOSE SAN MARTIN” DEL


CONCEJO DELIBERANTE DE JUNIN DE LOS ANDES, PROVINCIA DEL


NEUQUEN, A LOS VEINTINUEVE DÍAS DEL MES DE OCTUBRE DEL AÑO DOS


MIL VEINTIUNO, SEGÚN CONSTA EN ACTA Nº 2133/21.-











LAURA ESTER RIFFO IGNACIO ENRIQUE FLORES


SECRETARIA LEGISLATIVA VICEINTENDENTE


CONCEJO DELIBERANTE PRESIDENTE CONCEJO DELIBERANTE


JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES