Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 1525/07.-
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante
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O R D E N A N Z A Nº 1525/2007
VISTO: El Expte. del D.E.M. Nº 14.478 de fecha 06/12/2004 iniciado por el Señor Juan
Ignacio Ranwez, titular del D.N.I. Nº 23.572.178, Presidente de la Firma Asta Negra
S.A., con domicilio legal en Diego Palma Nº 2660 de la localidad y partido de San Isidro,
Provincia de Buenos Aires, referente a solicitud de predio en el Parque Industrial de Junín de
los Andes, para la construcción de un ahumadero de carne de ciervo; el Expte. Nº 685 Letra
“R” de la Secretaría de Obras y Servicios Públicos de fecha 30/04/2007 que contiene
presentación de Planos del proyecto reseñado; y el Convenio de Pago Parque Industrial
celebrado en fecha 15 de Agosto de 2007 entre la Municipalidad de Junín de los Andes y la
Firma Asta negra S.A., y;
CONSIDERANDO:
Que, a través del citado Convenio La “Municipalidad” vende, cede y transfiere al
“Adquirente”, y éste acepta en un todo de acuerdo a lo dispuesto por Ordenanza N° 479/95, su
modificatoria Nº 1014/2002, y la modificatoria Nº 1381/2006, una fracción de terreno ubicado
en el Parque Industrial de Junín de los Andes, identificada como Lote 1c de la Manzana 116,
Nomenclatura Catastral 13-20-056-1584, Indivisa, según Certificado de amojonamiento que
figura como folio 07 del Expte. Nº 685 Letra “R” iniciado el 30/04/07 en la Secretaría de
Obras y Servicios Públicos que se adjunta y forma parte del Expte. Nº 14.478 de fecha
06/12/04, con una superficie de UN MIL DOSCIENTOS CINCUENTA METROS
CUADRADOS (1.250,00 m²), o los que en más o en menos resulte de la mensura definitiva a
practicarse por el “Adquirente”.-
Que, el precio de venta se establece en la suma de Pesos Veinte ($ 20,00) por metro
cuadrado (m²), lo que hace un total de Pesos Veinticinco Mil ($ 25.000,00) que serán
cancelados; conforme forma de pago establecida en Cláusula Segunda del citado Convenio.-
Que, el “Adquirente” se obliga a realizar en el predio citado, el total del Proyecto
presentado mediante los Planos aprobados por la Secretaría de Obras y Servicios Públicos
(Expte. Nº 685 Letra “R”), otorgándose un plazo de Treinta y Seis (36) meses partir de la
firma del convenio, para la puesta en marcha y funcionamiento en un ciento por ciento (100%)
del Emprendimiento.-
Que, este Concejo Deliberante en Sesión Ordinaria de fecha 21/11/2007, conforme lo
establecido en Despacho Nº 140/2007, emitido por la Comisión de Planificación, Producción y
Turismo, resuelve por unanimidad homologar el citado convenio.-
Que, se debe sancionar la norma correspondiente.-
POR ELLO Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA CARTA
ORGÁNICA DE LA CIUDAD DE JUNÍN DE LOS ANDES, EN SU ARTÍCULO 56 y
ARTÍCULO 57 Inc. a), EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNÍN DE
LOS ANDES, REUNIDO EN SESIÓN ORDINARIA, SANCIONA CON FUERZA DE:
MIGUEL ÁNGEL GUIDALI NÉSTOR JUAN MONDINO
SECRETARÍO LEGISLATIVO VICEPRESIDENTE
CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE
JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES
A/C DE PRESIDENCIA
Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 1525/07.-
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante
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O R D E N A N Z A
ARTÍCULO 1º: RATÍFICASE el Convenio de Pago Parque Industrial celebrado en fecha
15 de agosto de 2007 entre la Municipalidad de Junín de los Andes,
representada por el Señor Viceintendente Municipal A/C del Ejecutivo Municipal, Dn
CARLOS ANACLETO CORAZINI, y el Señor Secretario de Planificación, Producción y
Turismo, Don RICARDO SEBASTIÁN MENDEZ, con domicilio legal en Don Bosco y
Ginés Ponte de la Ciudad de Junín de los Andes, en adelante denominados la
“MUNICIPALIDAD”, y la FIRMA ASTA NEGRA S.A., representada por su Presidente el
Ingeniero en Producción Agropecuaria Don JUAN IGNACIO RANWEZ, titular del D.N.I.
Nº 23.572.178, con domicilio legal en Diego Palma Nº 2660 de la localidad y partido de San
Isidro, Provincia de Buenos Aires, en adelante denominado el “ADQUIRENTE”, el cual
integra la presente como Anexo I; por la venta de una fracción de terreno ubicado en el Parque
Industrial de Junín de los Andes, identificada como Lote 1c de la Manzana 116, Nomenclatura
Catastral 13-20-056-1584, Indivisa, según Certificado de amojonamiento que figura como
folio 07 del Expte. Nº 685 Letra “R” iniciado el 30/04/07 en la Secretaría de Obras y Servicios
Públicos que se adjunta y forma parte del Expte. Nº 14.478 de fecha 06/12/04, con una
superficie de UN MIL DOSCIENTOS CINCUENTA METROS CUADRADOS (1.250,00
m²), o los que en más o en menos resulte de la mensura definitiva a practicarse por el
“ADQUIRENTE”.-
ARTÍCULO 2º: DESE para la promulgación del Departamento Ejecutivo Municipal y por su
intermedio envíese copia de la presente a la Firma interesada, y a las
Secretarías Municipales que correspondan, para su conocimiento y efectos.-
ARTÍCULO 3º: PUBLÍQUESE en el Boletín Oficial de la Provincia del Neuquén
(Conforme Cláusula Complementaria y Transitoria Nº 2 Inc. “c” de la Carta
Orgánica Municipal).-
ARTÍCULO 4º: Refrendará la presente el Señor Secretario Legislativo, Concejal Miguel
Ángel Guidali.-
ARTÍCULO 5º: De forma.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES “GENERAL JOSE SAN MARTIN” DEL
CONCEJO DELIBERANTE DE JUNIN DE LOS ANDES, PROVINCIA DEL
NEUQUEN, A LOS VEINTIÚN DÍAS DEL MES DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS
MIL SIETE, SEGÚN CONSTA EN ACTA Nº 1352/07.-
MIGUEL ÁNGEL GUIDALI NÉSTOR JUAN MONDINO
SECRETARÍO LEGISLATIVO VICEPRESIDENTE
CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE
JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES
A/C DE PRESIDENCIA