Municipalidad de Junín de los Andes
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante
O R D E N A N Z A Nº 855/2.000.-
VISTO: El Expte. C.D. Nº 1.688/00, la Resolución Nº 051/00 C.D.J.A., la Nota 0832/00 de la
Secretaria de Hacienda, Obras y Servicios Públicos ingresada en fecha 13 de diciembre de
2000 referida a elevar para su consideración y efectos PLIEGO DE CLÁUSULAS GENERALES Y
PARTICULARES, correspondientes al llamado a LICITACIÓN PÚBLICA Nº 003/00, para la
concesión con el fin de explotación comercial de la CONFITERIA CENTRO DE TURISMO, y;
CONSIDERANDO:
Que, mediante dictamen de Asesoría Legal de fecha 13 de diciembre de 2000 se determina
que el Pliego de referencia no merece objeción alguna.-
Que, dicho pliego establece el llamado a Licitación Pública Nº 003/00 para adjudicar en
Concesión, la explotación comercial de la” Confitería Centro de Turismo”, dirigido a personas físicas o
jurídicas con domicilio en la localidad, legalmente constituidas en caso de las personas jurídicas
(legalmente constituidas y con capacidad comercial vigente). Ubicación: calle Padre Milanesio 586,
entre las calles Coronel Suárez y Lamadrid, Barrio Centro, de Junín de los Andes.-
Que, el término de la concesión se fija en 5 años, contados a partir de la firma del
contrato, con opción a 3 años más, cuya prórroga será determinada oportunamente por la Comisión de
Seguimiento y Control de contratos y Concesiones Municipales.-
Que, para la adjudicación se dará mayor preferencia a las propuestas que se ajustan a las
condiciones básicas de la Licitación con el complemento de un Concurso de oposición de proyectos
analizando las propuestas más completas en lo referido a equipamiento, infraestructura, horarios de
atención y servicios en función de un mayor aprovechamiento y desarrollo de la actividad de
explotación comercial de la Confitería.-
Que, en las Cláusulas Generales bajo el título COMISIÓN DE PRECALIFICACIÓN Y
PREADJUDICACIÓN, Artículo 17: Se establece: El Sr. Intendente Municipal resuelve la designación
de los miembros de la Comisión de Precalificación y Preadjudicación, la que estará conformada por: el
Secretario de Desarrollo Productivo, Turismo y Medio Ambiente, el Subsecretario de Obras y
Servicios Públicos, el Asesor Legal de la Municipalidad de Junín de los Andes, la Directora de
Turismo de la Municipalidad de Junín de los Andes, asimismo invita a los distintos Bloques Políticos
miembros del Concejo Deliberante a que adhieran nombrando un miembro por cada bloque.-
Que, la Carta Orgánica Municipal bajo el título ATRIBUCIONES Y DEBERES, Artículo
57, se determina: “ Serán atribuciones y deberes del Concejo Deliberante:...Inc. p) Aprobar los pliegos
de bases y condiciones de las licitaciones para las concesiones y/o locaciones de obras y servicios
públicos y aprobar su adjudicación”.-
Que, conforme el estudio y tratamiento del citado pliego en la Comisión de Obras y
Servicios Públicos del Cuerpo Deliberativo, se hace necesario el dar la norma legal respectiva.-
POR ELLO Y EN EL USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA CARTA
ORGANICA MUNICIPAL, ARTICULO 56 Y ARTICULO 57 Inc. a) EL CONCEJO
DELIBERANTE DE JUNIN DE LOS ANDES, REUNIDO EN SESION ORDINARIA DE
PRÓRROGA, SANCIONA CON FUERZA DE:
OSCAR RAÚL ANDE ÁNGEL C. HERRERA
SECRETARIO LEGISLATIVO VICEINTENDENTE
CONCEJO DELIBERANTE PRESIDENTE CONCEJO DELIBERANTE
JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES
Municipalidad de Junín de los Andes
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante
-02-
ORDENANZA Nº 855/2000
O R D E N A N Z A
ARTÍCULO 1º: APRUÉBASE el PLIEGO DE CLAUSULAS GENERALES Y PARTICULARES,
correspondiente al llamado a LICITACIÓN PUBLICA Nº 003/00, para la concesión
con el fin de explotación comercial de la “CONFITERIA CENTRO DE TURISMO”, dirigido a
personas físicas o jurídicas con domicilio en la localidad, legalmente constituidas en caso de las
personas jurídicas (legalmente constituidas y con capacidad comercial vigente). Ubicación: calle Padre
Milanesio 586, entre las calles Coronel Suárez y Lamadrid, Barrio Centro de Junín de los Andes,
fijándose el término de la concesión en 5 años, contados a partir de la firma del contrato, con opción a
3 años más, cuya prórroga será determinada oportunamente por la Comisión de Seguimiento y Control
de Contratos y Concesiones Municipales.-
ARTÍCULO 2º: ESTABLÉZCASE que para la adjudicación se dará mayor preferencia a las
propuestas que se ajustan a las condiciones básicas de la Licitación con el
complemento de un Concurso de Oposición de Proyectos analizando las propuestas más completas en
lo referido a equipamiento, infraestructura, horarios de atención y servicios en función de un mayor
aprovechamiento y desarrollo de la actividad de explotación comercial de la Confitería.-
ARTÍCULO 3: AUTORÍZASE al Departamento Ejecutivo Municipal a realizar el llamado a
LICITACIÓN respectivo de acuerdo a lo establecido en el Pliego citado
precedentemente.-
ARTÍCULO 4º: COMUNÍQUESE al Departamento Ejecutivo Municipal, a sus efectos.-
ARTÍCULO 5º: PROMULGADA que fuere, dese amplia difusión por los medios orales de la
localidad y medios escritos locales y regionales.-
ARTÍCULO 6º: DESE a publicación en el Boletín Oficial de la Provincia del Neuquén conforme
Cláusula Complementaria y transitoria Nº 2, Inc. c) de la Carta Orgánica Municipal,
y oportunamente cúmplase con lo normado en el Artículo 66 de la misma.-
ARTÍCULO 7º:Comuníquese. Publíquese. Archívese.-
ARTÍCULO 8º: Refrendará la presente el Sr. Secretario Legislativo, Concejal Oscar Raúl Ande.-
ARTÍCULO 9º: De forma.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES “GENERAL JOSÉ DE SAN MARTÍN” DEL CONCEJO
DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNIN DE LOS ANDES A LOS VEINTE DÍAS DEL
MES DE DICIEMBRE DEL AÑO DOS MIL, SEGÚN CONSTA EN ACTA 1006/00.-
OSCAR RAÚL ANDE ÁNGEL C. HERRERA
SECRETARIO LEGISLATIVO VICEINTENDENTE
CONCEJO DELIBERANTE PRESIDENTE CONCEJO DELIBERANTE
JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES