Municipalidad de Junín de los Andes
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante
O R D E N A N Z A Nº 898/2001
VISTO: La necesidad de elaborar el Presupuesto General del Ejercicio 2.001, y;
CONSIDERANDO:
Que, el Ejecutivo Municipal, formula la propuesta y elaboración del Proyecto de
Presupuesto para el Ejercicio 2.001.-
Que, el Concejo Deliberante en tratamiento del mismo, reformuló y modificó
partidas para el Ejercicio 2001.-
Que, el Departamento Ejecutivo Municipal deberá tener presente en la Ejecución
Presupuestaria Ejercicio 2001 las Partidas establecidas en las Ordenanzas Nº 864/2001,
876/2001 y 886/2001.-
POR ELLO Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA CARTA
ORGANICA MUNICIPAL, EN SU ARTICULO 56 Y ARTÍCULO 57, Inc. a), EL
CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNIN DE LOS ANDES,
REUNIDO EN SESION ORDINARIA SANCIONA CON FUERZA DE:
O R D E N A N Z A
ARTICULO 1º: FÍJASE en la suma de pesos CUATRO MILLONES NOVECIENTOS
CINCUENTA Y CINCO MIL TRESCIENTOS OCHENTA Y
CUATRO ($ 4.955.384,00), el total de erogaciones del Presupuesto General de la
Administración Municipal para el Ejercicio 2.001, de acuerdo al detalle que figura en
Planilla Anexa III, y que forma parte integrante de la presente Ordenanza.-
ARTICULO 2º: ESTÍMASE en la suma de pesos CUATRO MILLONES
SEISCIENTOS DIECISÉIS MIL NOVECIENTOS CUATRO ($
4.616.904,00), el Cálculo de Recursos destinados para atender las Erogaciones a las que se
refiere el Artículo 1º, y que figura en Planilla Anexa II y que forma parte integrante de la
presente Ordenanza.-
ARTICULO 3º: COMO consecuencia de lo establecido en los Artículos 1º y 2º estímase
el siguiente Balance Financiero:
OSCAR RAÚL ANDE ÁNGEL C. HERRERA
SECRETARIO LEGISLATIVO VICEINTENDENTE
CONCEJO DELIBERANTE PRESIDENTE CONCEJO DELIBERANTE
JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES
Municipalidad de Junín de los Andes
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante
- 02 -
ORDENANZA Nº 898/2001.-
EROGACIONES: $ 4.955.384,00.-
INGRESOS: $ 4.616.904,00.-
NECESIDAD DE FINANCIAMIENTO: $ 338.480,00.-
ARTICULO 4º: FÍJASE en la suma de pesos CIENTO QUINCE MIL TRESCIENTOS
CINCUENTA ($ 115.350,00), las erogaciones para atender la
Amortización de Deudas.-
ARTICULO 5º: ESTÍMASE en la suma de pesos CUATROCIENTOS CINCUENTA Y
TRES MIL OCHOCIENTOS TREINTA ($ 453.830,00), el
financiamiento de la Administración Municipal de acuerdo al detalle de la Planilla Anexa
II, que forma parte integrante de la presente Ordenanza.-
ARTICULO 6º: DE acuerdo a lo establecido en los Artículos 4º y 5º no es necesario
estimar el Financiamiento Neto de la Administración Municipal,
conforme a la Planilla Anexa VI y al siguiente detalle:
FINANCIAMIENTO: $ 453.830,00.-
AMORTIZACION DEUDAS: $ 115.350,00.-
FINANCIAMIENTO NETO: $ 338.480,00.-
ARTICULO 7º: LAS erogaciones para atender con fondos provenientes de Recursos y/o
Financiamiento deberán ajustarse, en cuanto a sus montos y oportunidad,
a las cifras realmente recaudadas y no podrán transferirse a ningún otro destino.-
ARTICULO 8º: FACÚLTASE al Departamento Ejecutivo a reestructurar el presente
Presupuesto a través del incremento que se produzca en el Cálculo de
Recursos con la expresa sujeción a lo establecido en la Carta Orgánica Municipal de la
Ciudad de Junín de los Andes y la Ley Provincia Nº 2141 de Administración Financiera y
Control y su reglamentación.-
ARTÍCULO 9º: ESTABLÉZCASE que el Departamento Ejecutivo Municipal deberá
tener presente la Ejecución Presupuestaria Ejercicio 2001 las Partidas
establecidas en las Ordenanzas Nº 864/2001, 876/2001 y 886/2001.-
OSCAR RAÚL ANDE ÁNGEL C. HERRERA
SECRETARIO LEGISLATIVO VICEINTENDENTE
CONCEJO DELIBERANTE PRESIDENTE CONCEJO DELIBERANTE
JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES
Municipalidad de Junín de los Andes
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante
- 03 -
ORDENANZA Nº 898/2001.-
ARTÍCULO 10º: DESE a publicación en el Boletín Oficial de la Provincia del Neuquén
(conforme Cláusula Complementaria y Transitoria Nº 2, Inc. c) de la
Carta Orgánica Municipal), y oportunamente cúmplase con lo normado en el Artículo 66 de
la misma.-
ARTÍCULO 11º: Comuníquese. Publíquese. Cumplido. Archívese.-
ARTÍCULO 12º: Refrendará la presente el Señor Secretario Legislativo, Concejal Oscar
Raúl Ande.-
ARTICULO 13º: De forma.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES “GENERAL JOSÉ DE SAN MARTÍN” DEL
CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNIN DE LOS ANDES, A LOS
OCHO DIAS DEL MES DE AGOSTO DEL AÑO DOS MIL UNO, SEGÚN
CONSTA EN EL ACTA 1035/01.-
OSCAR RAÚL ANDE ÁNGEL C. HERRERA
SECRETARIO LEGISLATIVO VICEINTENDENTE
CONCEJO DELIBERANTE PRESIDENTE CONCEJO DELIBERANTE
JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES