Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº
1055/03
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante
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O R D E N A N Z A Nº 1055/2003
VISTO: El Expte. C.D. Nº 2577/03 de fecha 17/02/2003 que contiene Nota Nº 111/2003 de
la misma fecha con la firma del Señor Intendente Municipal, Don Rubén Enrique
Campos, donde remite adjunto copia de la Disposición Nº 025/03 del Consejo Provincial de
Educación – Subsecretaría de Gestión Educativa, y;
CONSIDERANDO:
Que, en el Artículo 1º de la citada disposición se aprueba la documentación
presentada por la Dirección de Arquitectura Escolar para el desarrollo del Programa:
“MANTENIMIENTO DE EDIFICIOS SECTOR EDUCACIÓN” – Año 2003, tramitado
bajo Expte Nº 2500-40137, cuyo Presupuesto Oficial asciende a la suma de $ 101.400,00
(Pesos ciento Un Mil cuatrocientos con Cero Centavos), con un plazo de ejecución de 11
meses.-
Que, en el Artículo 2º se delega a la Municipalidad de Junín, la ejecución del
Programa citado precedentemente, y se aprueba la curva de Inversión, Plan de Trabajo y
Memoria Descriptiva, que obran en el citado Expte.-
Que, asimismo, se remite convenio firmado en la ciudad de Neuquén, capital de la
Provincia del mismo nombre, con fecha febrero de 2003, entre la Subsecretaría de Gestión
Educativa, y la Municipalidad de Junín de los Andes, para ejecutara por la modalidad de
Administración Delegada el Programa: “Mantenimiento de Edificios – Sector Educación”
año 2003, aprobado por Disposición Nº 025/03.-
Que, con los recursos del Presupuesto General Vigente la Subsecretaría de Gestión
Educativa, financiará al municipio en un ejercicio, la ejecución de los trabajos objeto del
presente
Convenio.-
Que, la Municipalidad de Junín realizará el mantenimiento de los edificios escolares,
con el objetivo de lograra una mejor disponibilidad de esfuerzos, hecho que se traducirá en
una pronta respuesta ante las eventualidades que lo requieran.-
Que, los trabajos a realizar serán de albañilería y afines, instalaciones eléctricas, gas,
sanitaria, calefacción y vidrios.-
Que, la Carta Orgánica Municipal, en su Artículo 57, expresa: “Serán atribuciones y
deberes del Concejo Deliberante: t) Ratificar o rechazar los convenios con la Nación,
provincias, municipios, entes públicos o privados nacionales e internacionales”.-
SHUYAY A. J. DEL RÍO YANINE M. G. BUAMSCHA
SECRETARIA LEGISLATIVA VICEPRESIDENTE A/C
CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE
JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES
A/C DE PRESIDENCIA
Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº
1055/03
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante
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POR ELLO Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA CARTA
ORGANICA MUNICIPAL, ARTÍCULO 56º Y 57º, INCISO a), EL CONCEJO
DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNÍN DE LOS ANDES, REUNIDO EN
SESION ORDINARIA, SANCIONA CON FUERZA DE:
O R D E N A N Z A
ARTÍCULO 1º: RATIFÍQUESE conforme lo normado en el Artículo 57° Inc. “t” de la
Carta Orgánica Municipal, el Convenio firmado en fecha Febrero de 2003
entre la Subsecretaría de Gestión Educativa, representada por su titular. Cr. Rodolfo Kaiser,
conforme a su designación de fecha 08 de Octubre de 2002, Decreto Nº 2002/02, en adelante
denominada “LA ADMINISTRACIÓN” y por la otra parte, La Municipalidad de Junín de
los Andes, representada en este acto por el Señor Intendente Municipal, Don Rubén Enrique
Campos, en adelante denominada “LA ENTIDAD”, para ejecutar por la modalidad de
Administración Delegada el Programa: “MANTENIMIENTO DE EDIFICIOS – SECTOR
EDUCACIÓN” Año 2003, aprobada por Disposición Nº 025/03, el cual integra la presente
como Anexo I.-
ARTÍCULO 2°: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal, a sus efectos y por su
intermedio a la Subsecretaría de Gestión Educativa del Consejo Provincial
de Educación.-
ARTÍCULO 3°: DESE a publicidad en el Boletín Oficial de la Provincia del Neuquén
(Conforme Cláusula Complementaria y Transitoria Nº 2 Inc. “c” de la Carta
Orgánica Municipal), y oportunamente cúmplase con lo normado en el Artículo 66 de la
misma.-
ARTÍCULO 4º: Refrendará la presente a Señora Secretaría Legislativa, Concejal Shuyay A.
J. del Río.-
ARTÍCULO 5º: De forma.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES “GENERAL JOSE DE SAN MARTÍN” DEL
CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNÍN DE LOS ANDES,
PROVINCIA DEL NEUQUEN, A LOS CINCO DÍAS DEL MES DE MARZO DEL
AÑO DOS MIL TRES, SEGÚN CONSTA EN ACTA Nº 1112/03.-
SHUYAY A. J. DEL RÍO YANINE M. G. BUAMSCHA
SECRETARIA LEGISLATIVA VICEPRESIDENTE A/C
CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE
JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES
A/C DE PRESIDENCIA