3506 - 23 Aprobar cesión de tierras al Club de Empleados Municipales - Asociación Civil.pdf


Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 3506/23.-


PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante


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O R D E N A N Z A Nº 3506/2023



VISTO: El Expediente E.M. Nº 3527/23 iniciado por el Club de Empleados Municipales de


Junín de los Andes Asociación Civil, en el cual solicitan la cesión definitiva de


Tierras, y;




CONSIDERANDO:




Que, el mismo surge en virtud del funcionamiento que lleva el Club de Empleados


Municipales en el espacio solicitado y dado que han construido un espacio de recreación y


esparcimiento para toda la comunidad.-


Que, el Club de Empleados Municipales ha invertido innumerables y suficientes


recursos para la construcción de un salón de usos múltiples, el cercado perimetral del predio y


la parquización del mismo, así como también el mobiliario y demás bienes de uso teniendo en


cuenta que se han realizado todos los planos correspondientes y los servicios de seguridad


necesarios para contar al día de hoy con licencia comercial como Salón de Fiestas y Eventos.-


Que, es necesario contar con el espacio delimitado del predio identificado como parte


del Lote B de la Fracción E de las Secciones XXXIV y XXXVII, hasta completar una


superficie de 3500 mts² aproximadamente, Nomenclatura Catastral de Origen 13-RR-023-


7132. Dicha superficie podrá sufrir modificaciones lineales, angulares y superficiales una vez


de practicada la mensura definitiva que en el futuro se realice. La misma se ubica según


croquis adjunto al presente y cuyos límites son: Al norte y sin medida definida que ocupa


actualmente de manera provisoria el Destacamento “GEOP” de la Policía de la Provincia del


Neuquén. Al Sur y sin medida definida Asentamiento irregular “Toscas Blancas”. El Oeste


con la calle colectora Juan Manuel de Rosas y sin medida definida al Este con la prolongación


de la calle Los Arrayanes, cedida de hecho.-


Que, el predio en el cual se emplazan las Instalaciones del Salón del Club fue cedido


mediante Ordenanza Municipal N 473/95 por el Concejo Deliberante en Sesión Ordinaria con


fecha 05 de octubre de 1995, el cual dispuso por unanimidad, destinar el predio solicitado para


el uso del Personal Municipal.-


Que, dicho espacio, fue cedido para uso exclusivo de los Empleados Municipales de


Junín de los Andes, fracción de terreno ubicada dentro del Lote B Nomenclatura Catastral Nº


13-RR-023-7132, según croquis adjunto que integra la presente como Anexo I; colindante el


Norte con Chacra 38, al Suroeste con rivera del Río Chimehuín y al Oeste con los predios del


Ex-Matadero Municipal (105,00 m) y Vivero Municipal (46,00 m).-


Que, dicho pedido se basa en que el predio fue cedido hace más de 28 años por el


Ejecutivo Municipal, por lo cual requerimos la factibilidad de subdivisión del lote y así poder


continuar con la correspondiente mensura y posterior escrituración del mismo, a nombre del


Club de Empleados Municipales Asociación Civil Personería Jurídica Nº 0310/16.-


















HEBE GABRIELA HELOU OSCAR FABIÁN GONZÁLEZ
SECRETARIA LEGISLATIVA VICEINTENDENTE


CONCEJO DELIBERANTE PRESIDENTE CONCEJO DELIBERANTE


JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES





Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 3506/23.-


PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante


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Que, la Asociación Civil, además de ser utilizado por los Socios, también brinda


servicio a diferentes vecinos de nuestra Ciudad e instituciones públicas y privadas, como por


ejemplo Dirección de Deportes Municipal, Defensa Civil, área de Bromatología, área de


Espacios Verdes, Establecimientos Educativos, Parques Nacionales, Bomberos Voluntarios,


EPAS, EPEN, entre otros, para llevar adelante diferentes actividades como Cursos y


Capacitaciones. Asimismo en el verano se cede el Salón para Actividades relacionadas a la


Colonia Municipal de Verano la cual año a año aglomera una gran cantidad de niños y niñas,


brindándoles el espacio del Salón y también las instalaciones para diferentes actividades


programada por los responsables.-


Que, conforme lo establecido en el Artículo 68º de la Carta Orgánica Municipal, para


la cesión del espacio público de referencia, se debe realizar el procedimiento doble lectura y


audiencia pública. Motivo por el cual el presente Proyecto de Ordenanza se aprobó por


unanimidad en primera lectura en Sesión Ordinaria de fecha 15/11/2023, se realizó Audiencia


Pública el día 15/12/2023, y en Sesión Extraordinaria de fecha 15/12/2023, en tratamiento


sobre tablas, se resuelve por unanimidad aprobar el mismo en segunda lectura con


modificaciones. -




POR ELLO Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA CARTA


ORGANICA MUNICIPAL, EN SUS ARTICULOS Nº 56 Y 57 Inc. a), EL CONCEJO


DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNIN DE LOS ANDES, REUNIDO EN


SESION EXTRAORDINARIA SANCIONA CON FUERZA DE:




O R D E N A N Z A


ARTÍCULO 1º: SE DESAFECTA: Parte del Patrimonio Público Municipal identificado


como parte del Lote B de la Fracción E de las Secciones XXXIV y XXXVII,


Nomenclatura Catastral de Origen 13-RR-023-7132, cuya superficie de mensura es de 5679.97


mts² (cinco mil seiscientos setenta y nueve con noventa y seis decímetros cuadrados) ubicado
en el Barrio Jardines del Chimehuín.-


ARTÍCULO 2º: SE INCORPORA: al Patrimonio Privado Municipal el Lote B de la


Fracción E de las Secciones XXXIV y XXXVII, Nomenclatura Catastral de


Origen 13-RR-023-7132, cuya superficie de mensura es de 5679.97 mts² (cinco mil
seiscientos setenta y nueve con noventa y seis decímetros cuadrados) ubicado en el Barrio


Jardines del Chimehuín, conforme a plano catastral adjunto en Plan de trabajo presentado por


el Club de Empleados Municipales.-


ARTÍCULO 3º: SE APRUEBA: la Cesión Definitiva de parte del Lote B de la Fracción E de


las Secciones XXXIV y XXXVII, Nomenclatura Catastral de Origen 13-RR-


023-7132, cuya superficie de mensura es de 5679.97 mts² (cinco mil seiscientos setenta y


nueve con noventa y seis decímetros cuadrados) ubicado en el Barrio Jardines del Chimehuín,


al CLUB DE EMPLEADOS MUNICIPALES DE JUNIN DE LOS ANDES ASOCIACIÓN


CIVIL.-


















HEBE GABRIELA HELOU OSCAR FABIÁN GONZÁLEZ
SECRETARIA LEGISLATIVA VICEINTENDENTE


CONCEJO DELIBERANTE PRESIDENTE CONCEJO DELIBERANTE


JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES





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Concejo Deliberante


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ARTÍCULO 4º: SE ESTABLECE: que el tiempo para concretar el proyecto presentado es


de doce (12) meses de promulgada la normativa respectiva, el mismo será


por etapas, como figura en el plan de trabajo presentado por el Club de Empleados


Municipales Asociación Civil.-




ARTÍCULO 5º: SE AUTORIZA: al Ejecutivo Municipal a efectuar oportunamente la firma


de la Mensura de División y la Escritura Traslativa de Dominio del inmueble


otorgado en cesión definitiva ante Escribanía que se designe, debiendo la Municipalidad


costear los gastos que demande la escrituración y el Club de Empleados Municipales de Junín


de los Andes Asociación Civil se hará cargo costear los gastos que demande la Mensura de


División de la parte que le corresponde. Para tal efecto se establece un plazo de dieciocho (18)


meses, contados a partir de la promulgación de la presente ordenanza.-




ARTÍCULO 6º: SE ESTABLECE igual periodo para el Ejecutivo Municipal, revise los


acuerdos y/o convenios suscriptos con organizaciones, que ocupan y/u


ocuparán fracciones resultantes del Lote B de la Fracción E de las Secciones XXXIV y


XXXVII, Nomenclatura Catastral de Origen 13-RR-023-7132, debiendo la Municipalidad


costear los gastos que demande la escrituración y las organizaciones se harán cargo costear los


gastos que demande la Mensura de División de la parte que le corresponde a cada una de las


mismas.-




ARTÍCULO 7º: Conforme lo establecido en el Artículo 68º de la Carta Orgánica Municipal,


el presente Proyecto de Ordenanza se aprobó por unanimidad en primera


lectura en Sesión Ordinaria de fecha 15/11/2023, se realizó Audiencia Pública el día


15/12/2023, a las 10:00 horas, y en Sesión Extraordinaria de fecha 15/12/2023, a las 12:00


horas, en tratamiento sobre tablas, se aprueba por unanimidad en segunda lectura.-




ARTÍCULO 8°: COMUNÍQUESE: al Departamento Ejecutivo Municipal y por su


intermedio, envíese copia de la presente a las partes presentantes del


proyecto.-




DADA EN SEGUNDA LECTURA EN LA SALA DE SESIONES “GENERAL JOSÉ DE


SAN MARTÍN” DEL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNÍN DE


LOS ANDES, PROVINCIA DEL NEUQUÉN, A LOS QUINCE DÍAS DEL MES DE


DICIEMBRE DEL AÑO DOS MIL VEINTITRÉS, SEGÚN CONSTA EN ACTA Nº


2248/2023.-
























HEBE GABRIELA HELOU OSCAR FABIÁN GONZÁLEZ
SECRETARIA LEGISLATIVA VICEINTENDENTE


CONCEJO DELIBERANTE PRESIDENTE CONCEJO DELIBERANTE


JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES