1235 - Modificación Ord. Nº 1132-03 Creditos Pequeños Emprendimientos.pdf


Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 1235/05.-
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante


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O R D E N A N Z A Nº 1235/2005



VISTO:
La presentación de solicitudes de créditos presentadas por distintos prestadores de


servicios, y;


CONSIDERANDO:


Que, es voluntad del Ejecutivo Municipal, extender la línea de microcréditos, de


manera que contemple a compra de equipos, máquinas y/o herramientas necesarias para la


amplificación de sonidos, servicios fotográficos y/o de filmaciones y servicios gráficos.-


Que, hasta el momento los emprendedores que desean iniciare y/o ampliar servicios


de esta naturaleza no son considerados sujetos de créditos.-


Que, en la localidad existen numerosas familias cuyos únicos ingresos provienen de


éste topo de actividades.-


Que, es necesario permitirles que tengan la posibilidad de acceder a financiamiento


por medio de la línea de microcréditos.-


Que, a tal efecto es indispensable modificar el 1º considerando que figura en al


Ordenanza Nº 1132/03.-


Que, este Concejo Deliberante en Sesión Ordinaria de fecha 01/03/2005, conforme lo


establecido en Despacho Nº 014/2005 de fecha 28/02/2005, emitido por la Comisión de


Planificación y Producción, resuelve por unanimidad aprobar lo solicitado por el


Departamento Ejecutivo Municipal con el siguiente agregado de: “y todo otro servicio u oficio


que genere mano de obra genuina”.-


Que, se debe sancionar la norma correspondiente.-




POR ELLO Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA CARTA


ORGÁNICA DE LA CIUDAD DE JUNÍN DE LOS ANDES, EN SU ARTÍCULO 56 y


ARTÍCULO 57 Inc. a), EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNÍN DE


LOS ANDES, REUNIDO EN SESIÓN ORDINARIA, SANCIONA CON FUERZA DE:




O R D E N A N Z A



ARTÍCULO 1º:
MODIFICASE el 1er. Considerando de la Ordenanza Nº 1132/2003, el cual


quedará redactado de la siguiente manera:Que, en nuestra ciudad existen


innumerables personas que realizan actividades tales como, albañilería, carpintería de


obras, mantenimiento de parques y jardines, pintura de edificios, pequeños talleres de


arreglo y/o confección de prendas, pequeños talleres de confección de prendas tejidas,


talleres de reparación de calzados, pequeños talleres de carpintería, pequeños talleres de


artesanías en general, servicios de amplificación de sonidos, servicios fotográficos y/o de


filmaciones, servicios gráficos, y todo otro servicio u oficio que genere mano de obra


genuina”.-













HUMBERTO FABIÁN E. BOSQUE CARLOS A. CORAZINI


SECRETARIO LEGISLATIVO VICEINTENDENTE


CONCEJO DELIBERANTE PRESIDENTE CONCEJO DELIBERANTE


JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES










Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 1235/05.-
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante


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ARTÍCULO 2º: RATIFÍCASE, en todos sus términos, el restos del articulado de norma


legal antes mencionada.-




ARTÍCULO 3º: COMUNÍQUESE al Departamento Ejecutivo Municipal, a sus efectos.-




ARTÍCULO 4º: DESE a publicidad en el Boletín Oficial de la Provincia del Neuquén


(Conforme Cláusula Complementaria y Transitoria Nº 2 Inc. “c” de la Carta


Orgánica Municipal), y oportunamente cúmplase con lo normado en el Artículo 66 de la


misma.-




ARTÍCULO 5º: Refrendará la presente el Señor Secretario Legislativo, Concejal Humberto


Fabián E. Bosque.-




ARTÍCULO 6º: De forma.-




DADA EN LA SALA DE SESIONES “GENERAL JOSE SAN MARTIN” DEL


CONCEJO DELIBERANTE DE JUNIN DE LOS ANDES, PROVINCIA DEL


NEUQUEN, AL PRIMER DÍA DEL MES DE MARZO DEL AÑO DOS MIL CINCO,


SEGÚN CONSTA EN ACTA Nº 1210/05.-













HUMBERTO FABIÁN E. BOSQUE CARLOS A. CORAZINI


SECRETARIO LEGISLATIVO VICEINTENDENTE


CONCEJO DELIBERANTE PRESIDENTE CONCEJO DELIBERANTE


JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES