Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 2890/19.-
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante
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O R D E N A N Z A Nº 2890/2019
VISTO: El Expte. C.D. Nº 9945/19 de fecha 12/11/2018 iniciado por el Departamento
Ejecutivo Municipal, y;
CONSIDERANDO
Que, mediante el mismo eleva Decreto Nº 1575/18, del Gobierno de la Provincia del
Neuquén, Ministerio de Economía e Infraestructura, mediante el cual incrementa el aporte
otorgado al Convenio suscripto entre el Municipio y el Gobierno de la Provincia para el
mantenimiento de edificios escolares.-
Que, en el Artículo Primero del citado Decreto establece un incremento del 100%
del aporte inicial mediante decreto Nº 003/16, asimismo recuerda que el procedimiento para
las rendiciones será el mismo que se está trabajando hasta la fecha, mediante la presentación
de una planilla en la que se identifique claramente: Establecimientos, Detalles de las tareas,
Comprobantes, Montos invertidos.-
Que, en el Artículo cuarto dispone la obligatoriedad de realizar el mantenimiento de
todos los edificios del sistema escolar público provincial de la localidad, aún aquellos que no
estuvieran incluidos en el convenio oportunamente firmado.-
Que, en el Artículo quinto faculta al Ministerio de Economía e Infraestructura a
reestructurar el presupuesto General vigente y crear las partidas presupuestarias que permitan
la atención de las erogaciones aprobadas en el Art. 1º del Decreto Nº 1575/18.
Que, la Carta Orgánica Municipal en su Artículo 128 establece que la “La
Municipalidad de Junín de los Andes reconoce a la educación como herramienta fundamental
en el proceso de apropiación de la cultura para alcanzar el desarrollo integral y la
socialización de las personas. Realizará e impulsará las acciones para garantizar el
cumplimiento de los derechos constitucionales a recibir una educación de calidad en todas las
edades, pública, gratuita, laica y con igualdad de oportunidades y posibilidades para todos
los habitantes”.-
Que, el Artículo 130º expresa que “La Municipalidad, sin desconocer la
competencia provincial y garantizando la consulta permanente a la comunidad, tiene el
derecho a emitir opinión sobre las necesidades educativas y exigir a las autoridades
correspondientes adecuadas infraestructura, equipamiento, planes y modalidades, que
cumplan con los preceptos constitucionales y afiancen el arraigo”.
Que, este Concejo Deliberante, conforme al Despacho Nº 006/19 de la Comisión
Interna de Gobierno, dispuso por unanimidad en Sesión Ordinaria de fecha 27/02/2019,
Aprobar la ampliación de las partidas presupuestarias de ingresos de ingresos y egresos
correspondientes
FRESIA ANGELINES GUAYQUIMIL CARLOS RIVERA MALDONADO
SECRETARIA LEGISLATIVA VICEPRESIDENTE
CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE
JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES
Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 2890/19.-
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante
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POR ELLO Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA CARTA
ORGÁNICA MUNICIPAL, EN SUS ARTÍCULOS 56º Y 57º Inc. “a”, EL CONCEJO
DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNÍN DE LOS ANDES, REUNIDO EN
SESIÓN ORDINARIA, SANCIONA CON FUERZA DE:
O R D E N A N Z A
ARTÍCULO 1º: APRUEBASE: la ampliación de montos de las partidas presupuestarias de
ingresos y egresos de acuerdo a los establecido en Decreto Provincial Nº 1575/2018 del
Ministerio de Economía e Infraestructura, GOBIERNO DE LA PROVINCIA DEL
NEUQUÉN, el cual integra la presente como Anexo I.-
ARTÍCULO 2º: REMÍTASE: al Departamento Ejecutivo Municipal, a sus efectos. Una
vez promulgada, por su intermedio, envíese copia de la presente al Gobierno
de la Provincia del Neuquén.-
ARTÍCULO 3º: Comuníquese. Publíquese. Cumplido. Archívese.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES “GENERAL JOSE SAN MARTIN” DEL
CONCEJO DELIBERANTE DE JUNIN DE LOS ANDES, PROVINCIA DEL
NEUQUEN, A LOS 27 DÍAS DEL MES DE FEBRERO DEL AÑO DOS MIL
DIECINUEVE, SEGÚN CONSTA EN ACTA Nº 1999/19.-
FRESIA ANGELINES GUAYQUIMIL CARLOS RIVERA MALDONADO
SECRETARIA LEGISLATIVA VICEPRESIDENTE
CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE
JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES