1805 - 10 Homologar Convenio Parque Industrial Sres. Hermes Tela Casas Ya.pdf


Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 1805/09.-
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante


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O R D E N A N Z A Nº 1805/2009




VISTO: El Expte. del D.E.M. Nº 6245 Letra “B” que contiene Nota de fecha 22/12/2008,


firmada por los Socios Gerentes de la Empresa “Casas Ya S.R.L.”, C.U.I.T. 30-


71055631-4: Sr. Hermes Tela, D.N.I. Nº 21.939.395 y Sra. Marisa Rodríguez Larosa, D.N.I.


Nº 22.644.646, destinado a Fábrica de Viviendas; y Expte. Nº 4730/09 de la Secretaría de


Obras y Servicios Públicos de fecha 09/10/2.008 que contiene presentación de planos del


proyecto reseñado; y el Convenio de Pago Parque Industrial celebrado en el mes de Enero del


2.010 entre la Municipalidad de Junín de los Andes y la nombrada Empresa, y;




CONSIDERANDO:




Que, a través del citado Convenio La “Municipalidad” vende, cede y transfiere al


“Adquirente”, y éste acepta en un todo de acuerdo a lo dispuesto por Ordenanza N° 479/95,


sus modificatorias Nº 1014/2002, Nº 1381/2006 y Nº 1718/2009, una fracción de terreno


ubicado en el Parque Industrial de Junín de los Andes, identificado como Lote 5 de la


Manzana 86, Nomenclatura Catastral 13-20-056-3650, con una superficie de TRES MIL


OCHOCIENTOS VEINTITRÉS, CON SESENTA Y OCHENTA METROS CUADRADOS


(3.823,68 mts²).-




Que, el precio de venta se establece en la suma de Pesos Ochenta ($ 80,00) por metro


cuadrado (m²), lo que hace un total de Pesos Trescientos Cinco Mil Ochocientos Noventa y


Cuatro con Cuarenta Centavos ($ 305.894,40), que serán cancelados conforme forma de pago


establecida en Cláusula Segunda del citado Convenio.-




Que, el “Adquirente” se obliga a realizar en el predio citado, el total del Proyecto


presentado mediante los planos aprobados por la Secretaría de Obras y Servicios Públicos


(Expte. Nº 4730/09), otorgándose un plazo de Treinta y Seis (36) meses a partir de la firma del


convenio, para la puesta en marcha y funcionamiento en un ciento por ciento (100%) del


emprendimiento.-




Que, este Concejo Deliberante en Sesión Ordinaria de fecha 17/02/2010, conforme lo


establecido en tratamiento sobre tablas, resuelve por unanimidad homologar el citado


convenio.-




Que, se debe sancionar la norma correspondiente.-




POR ELLO Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA CARTA


ORGÁNICA DE LA CIUDAD DE JUNÍN DE LOS ANDES, EN SU ARTÍCULO 56 y


ARTÍCULO 57 Inc. a), EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNÍN


DE LOS ANDES, REUNIDO EN SESIÓN ORDINARIA, SANCIONA CON FUERZA


DE:













ANDREA SILVANA ROSSO CARLOS TEOBALDO VIVEROS
SECRETARIA LEGISLATIVA VICEPRESIDENTE
CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE


JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES
A/C DE PRESIDENCIA












Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 1805/09.-
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante


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O R D E N A N Z A



ARTÍCULO 1º: RATÍFICASE el Convenio de Pago Parque Industrial celebrado durante el


mes de Enero de 2.010, entre la Municipalidad de Junín de los Andes,


representada por el Señor Intendente Municipal, Don RUBEN ENRIQUE CAMPOS, y el


Señor Secretario de Producción y Turismo, Don PABLO ROMÁN LARDIT, con domicilio


legal en Don Bosco y Ginés Ponte de la Ciudad de Junín de los Andes, en adelante


denominados la “MUNICIPALIDAD”, y la EMPRESA CASAS YA S.R.L. C.U.I.T. Nº 30-


71055631-4, representada por el Sr. Hermes Tela, titular del D.N.I. Nº 21.939.395, con


domicilio legal en Avenida Las Victorias Nº 787 de la Ciudad de San Carlos de Bariloche, en


adelante denominado el “ADQUIRENTE”, por la venta de una fracción de terreno ubicado


en el Parque Industrial de Junín de los Andes, identificados como Lotes 5, de la Manzana 86,


Nomenclatura Catastral 13-20-056-3650, con una superficie de TRES MIL OCHOCIENTOS


VEINTITRÉS, CON SESENTA Y OCHENTA METROS CUADRADOS (3.823,68 mts²).-




ARTÍCULO 2º: REMÍTASE al Departamento Ejecutivo Municipal, a sus efectos.-




ARTÍCULO 3º: Comuníquese. Publíquese. Cumplido. Archívese.-






DADA EN LA SALA DE SESIONES “GENERAL JOSE SAN MARTIN” DEL


CONCEJO DELIBERANTE DE JUNIN DE LOS ANDES, PROVINCIA DEL


NEUQUEN, A LOS DIECISIETE DÍAS DEL MES DE FEBRERO DEL AÑO DOS MIL


DIEZ, SEGÚN CONSTA EN ACTA Nº 1476/10.-













ANDREA SILVANA ROSSO CARLOS TEOBALDO VIVEROS
SECRETARIA LEGISLATIVA VICEPRESIDENTE
CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE


JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES
A/C DE PRESIDENCIA