3130 - 21 Otorgar 30% descuento Tasa Servicios a la Propiedad e inmuble Exptes. D.E.M. Nº 902-21.pdf


Municipalidad de Junín de los Andes Ordenanza Nº 3130/2021
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante




O R D E N A N Z A Nº 3130/2021





VISTO: El Expte. D.E.M. Nº 902/21, de fecha 23/12/2021, del Sr. Serrano Enrique Omar,


D.N.I. Nº 26.419.901 por el cual solicita renovación del Beneficio de descuento de


tasas por Servicios a la Propiedad e inmueble, y;




CONSIDERANDO:




Que, el Sr. Serrano Enrique Omar solicita la renovación del beneficio de descuento en


concepto de Tasas Retributivos Municipales, otorgado oportunamente y fundada en el


Certificado Único de Discapacidad (CUD), el que le da el acceso a las ayudas instituidas por la


normativa legal para las personas con discapacidad;




Que, en foja 3 (tres) del citado expediente obra Certificado de Discapacidad,


documento oficial y suficiente que permite otorgar lo requerido;



Que, la Municipalidad de Junín de los Andes, se adhiere a todas las normativas vigentes


referentes a la asistencia y protección a las personas con discapacidad;




Que, analizados todos los antecedentes obrantes y en virtud a las normativas vigentes,


este Concejo Deliberante en Sesión Ordinaria de fecha 07/04/2021, conforme al Despacho Nº


039/21 de la Comisión Interna de Labor Legislativa, aprobado por unanimidad, se dicta la norma


legal pertinente.-




POR ELLO Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA CARTA


ORGÁNICA MUNICIPAL, ARTÍCULO 56º Y ARTÍCULO 57º, INCISO a), EL CONCEJO


DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNIN DE LOS ANDES, REUNIDO EN SESIÓN


ORDINARIA, SANCIONA CON FUERZA DE:





O R D E N A N Z A:


ARTÍCULO 1º: OTÓRGASE: un descuento del al 30% (treinta por ciento) en concepto de


Tasas por Servicios a la Propiedad e Inmueble, a nombre de Serrano Enrique


Omar DNI N° M 26.419.901, sobre el inmueble situado en calle Mariano Moreno 812 de la


localidad de Junín de los Andes, conforme expediente N° 902/21 (DEM).


ARTÍCULO 2º: ESTABLÉCESE: que el descuento otorgado en el artículo anterior tiene


vigencia a partir de la promulgación, y hasta el lapso de un año.-


ARTÍCULO 3º: REMÍTASE: la presente al Departamento Ejecutivo Municipal, una vez


promulgada, por su intermedio, envíese copia de la presente a los interesados.-


ARTÍCULO 4º: Comuníquese. Publíquese. Cumplido. Archívese.-


DADA EN LA SALA DE SESIONES “GENERAL JOSE SAN MARTIN” DEL CONCEJO


DELIBERANTE DE JUNIN DE LOS ANDES, PROVINCIA DEL NEUQUEN, A LOS


SIETE DÍAS DEL MES DE ABRIL DEL AÑO DOS MIL VEINTIUNO, SEGÚN


CONSTA EN ACTA Nº 2101/21.-











LAURA ESTER RIFFO IGNACIO ENRIQUE FLORES


SECRETARIA LEGISLATIVA PRESIDENTE
CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE


JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES