Municipalidad de Junín de los Andes
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante
O R D E N A N Z A Nº 3048/2020
VISTO: El Expte. C.D. Nº 10762/20 de fecha 23 de septiembre de 2020, iniciado por el
Departamento Ejecutivo Municipal, por el cual se remite Convenio a suscribir entre el
Ministerio de Ciudadanía dependiente del Gobierno de la Provincia del Neuquén, y la
Municipalidad de Junín de los Andes, y;
CONSIDERANDO:
Que, en el citado Convenio “se celebra con el objeto de delegar facultades al Municipio
para la aplicación y control de las Leyes Nacionales Nº 19511 de Metrología Legal, Nº 22802 de
Lealtad Comercial, Nº 24240 de Defensa al Consumidor y sus modificatorias y reglamentarias; y
las Leyes Provinciales Nº 2228, 2874, 2923 y 3064, sus modificatorias y reglamentarias”.-
Que, el Ministerio de Ciudadanía y la Municipalidad de Junín de los Andes, acuerdan
“fortalecer ambos organismos creando entre ellos vínculos de asistencia para el cumplimiento de
las funciones y objetivos previstos en la normativa consumeril nacional y provincial, brindar
capacitación y fortalecimiento de las capacidades técnicas en materias que resulten de interés
común que guarden relación con sus actividades habituales enmarcadas dentro de sus
competencias”;
Que, no existiendo objeción alguna, este Concejo Deliberante en Sesión Ordinaria de
fecha 07 de octubre de 2020, según lo establece el Artículo 57, Inc. “t” de la Carta Orgánica
Municipal y conforme al Despacho Nº 040/20 de la Comisión Interna de Gobierno y Acción
Social, dispuso por unanimidad autorizar al Ejecutivo Municipal a suscribir el citado Convenio,
con el dictado de la norma pertinente.-
POR ELLO Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA CARTA
ORGÁNICA MUNICIPAL, EN SUS ARTÍCULOS 56º Y 57º Inc. “a”, EL CONCEJO
DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNÍN DE LOS ANDES, REUNIDO EN SESIÓN
ORDINARIA, SANCIONA CON FUERZA DE:
O R D E N A N Z A
ARTÍCULO 1º: AUTORÍZASE: al Departamento Ejecutivo Municipal a la firma del Convenio
a suscribirse entre el Ministerio de Ciudadanía dependiente del Gobierno de la
Provincia del Neuquén, representado por el Sr. RICARDO CORRADI DIEZ y el Sr. Intendente de
la Municipalidad de Junín de los Andes, Dn. CARLOS A. CORAZINI, el cual consta de diez (10)
Cláusulas e integra la presente como Anexo I.-
ARTÍCULO 2º: ESTABLÉCESE: que una vez refrendado el documento mencionado en el
Artículo anterior, se remita una copia a este Concejo Deliberante para proseguir
con los trámites respectivos.-
ARTÍCULO 3º: REMITASE: la presente al Departamento Ejecutivo Municipal, a sus efectos.-
ARTÍCULO 4º: Comuníquese. Publíquese. Cumplido. Archívese.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES “GENERAL JOSE SAN MARTIN” DEL CONCEJO
DELIBERANTE DE JUNIN DE LOS ANDES, PROVINCIA DEL NEUQUEN, A LOS
SIETE DÍAS DEL MES DE OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL VEINTE, SEGÚN CONSTA
EN ACTA Nº 2081/20.-
CARLOS ALBERTO QUINTULÉN IGNACIO ENRIQUE FLORES
SECRETARIO LEGISLATIVO VICEINTENDENTE
CONCEJO DELIBERANTE PRESIDENTE CONCEJO DELIBERANTE
JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES