Municipalidad de Junín de los Andes
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante
O R D E N A N Z A Nº 2892/2019
VISTO: El Expte. C.D. Nº 10092/19 de fecha 13/03/2019 iniciado por el Departamento
Ejecutivo Municipal, que contiene Nota Externa Nº 100/19 de fecha 13/03/19, y;
CONSIDERANDO
Que, solicita se sancione una norma que establezca que en todos los casos de ausencia
simultánea del Sr. Intendente Municipal y del Sr. Viceintendente Municipal, se designe al Sr.
Concejal por el Bloque del Movimiento Popular Neuquino, Don Luis Ariel Madueño, a ocupar
el cargo de Intendente Municipal, que surjan hasta el 10/12/2019.-
Que, dicha presentación se realiza en el marco de lo establecido en la Carta Orgánica
Municipal en su Artículo 34, el cual expresa que: “En caso de ausencia, el cargo de
intendente será ejercido automáticamente por el Viceintendente quien no podrá ausentarse
durante el lapso en que el intendente lo hiciere. En caso excepcional de fuerza mayor, hasta el
retorno de algunos de los dos, el Concejo Deliberante por Ordenanza determinara el
funcionario político municipal o el Concejal del mismo partido político del Intendente que
ejercerá la intendencia”.-
Que, habiendo dado tratamiento a la propuesta presentada por el Ejecutivo Municipal,
este Concejo Deliberante en Sesión Ordinaria del día 13/03/2019, dispuso sobre tablas y por
unanimidad, dar lugar a lo solicitado, debiendo dictarse en consecuencia la norma legal
pertinente.-
POR ELLO Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA CARTA
ORGANICA MUNICIPAL, ARTÍCULO 56° Y 57°, INCISO a), EL CONCEJO
DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNIN DE LOS ANDES, REUNIDO EN
SESION ORDINARIA, SANCIONA CON FUERZA DE:
O R D E N A N Z A
ARTÍCULO 1º: DESÍGNASE: al Concejal del Bloque Movimiento Popular Neuquino
(M.P.N.) Sr. Luís Ariel Madueño D.N.I. Nº 27.994.218, a ocupar el cargo de
Intendente Municipal en todos los casos de ausencia simultánea del Sr. Intendente Municipal,
Don Carlos A. Corazini y del Sr. Viceintendente Municipal, Don Ignacio Enrique Flores, que
surjan a partir de la promulgación de la presente y hasta el 10 de Diciembre de 2019.-
ARTÍCULO 2º: REMÍTASE: la presente al Departamento Ejecutivo Municipal, a sus
efectos.-
ARTÍCULO 3º: Comuníquese. Publíquese. Cumplido. Archívese.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES “GENERAL JOSE SAN MARTIN” DEL
CONCEJO DELIBERANTE DE JUNIN DE LOS ANDES, PROVINCIA DEL
NEUQUEN, A LOS TRECE DIAS DEL MES DE MARZO DEL AÑO DOS MIL
DIECIOCHO, SEGÚN CONSTA EN ACTA Nº 2.001/18.-
CARLOS ALBERTO QUINTULÉN IGNACIO ENRIQUE FLORES
SECRETARIO LEGISLATIVO VICEINTENDENTE
CONCEJO DELIBERANTE PRESIDENTE CONCEJO DELIBERANTE
JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES