Ordenanza N° 979 Ratifícase convenio Funcionamiento de la UAF Burbujitas.pdf


Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 979/02
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante




1






O R D E N A N Z A Nº 979/2002



VISTO: El Expte. C.D. Nº 2294/02 de fecha 09/04/2002 iniciado por Nota Nº 060/02 de


fecha 08 de abril de 2002 con la firma del Señor Viceintendente Municipal –


Intendente a cargo, Don Ángel Clemente Herrera, donde se adjunta convenio firmado entre la


Subsecretaría de Acción Social de la Provincia y la Municipalidad de Junín de los Andes, y;




CONSIDERANDO:




Que, en la Cláusula Primera del mencionado Convenio la citada Subsecretaría en


función de garantizar los derechos fundamentales del niño y el adolescente consagrado en la


Ley de Protección a la Infancia y la Adolescencia Nº 2302 y atendiendo los ejes conceptuales


emanados en el Artículo 29 de la misma Ley descentraliza administrativa y financieramente al


nivel municipal la ejecución desprograma U.A.F.-




Que, en la Cláusula Segunda la Unidad de Acción Familiar “Burbujitas” opera en


dependencia de la Municipalidad de Junín de los andes, generando acciones de Atención


Integral al niño o niña entre los 45 días a 5 años de edad que favorezcan su desarrollo integral,


y promueve actividades en grupo de niños / niñas entre los 6 y 12 años en situación de alta


vulnerabilidad social, ofreciendo espacios de prevención y promoción comunitaria.-




Que, en las Cláusulas restantes se establecen las obligaciones y compromisos que


deben cumplir ambas partes (Subsecretaría y Municipalidad).-




Que, la Carta Orgánica Municipal, en su Artículo 57, expresa: “Serán atribuciones y


deberes del Concejo Deliberante: t) Ratificar o rechazar los convenios con la Nación,


provincias, municipios, entes públicos o privados nacionales e internacionales”.-




Que, este Concejo Deliberante en concordancia con lo establecido en la Carta


Orgánica Municipal, Título I “DESARROLLO HUMANO” - Capítulo III “PROMOCIÓN Y


ACCIÓN SOCIAL”, Artículos 146, 147, 148 y 149, dispuso por unanimidad en Sesión


Ordinaria de fecha 29/05/2002, ratificar el citado Convenio.-




POR ELLO Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA CARTA


ORGANICA MUNICIPAL, ARTÍCULO 56º Y 57º, INCISO a), EL CONCEJO


DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNÍN DE LOS ANDES, REUNIDO EN


SESION ORDINARIA, SANCIONA CON FUERZA DE:



O R D E N A N Z A















SHUYAY A. J. DEL RÍO DAMIÁN AMINAHUEL


A/C SECRETARIA LEGISLATIVA VICEPRESIDENTE
CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE


JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES
A/C DE PRESIDENCIA
















Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 979/02
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante




2






ART. 1º: RATIFÍCASE la firma del CONVENIO suscripto el 02 de Enero de 2002


celebrado en la Ciudad de Neuquén entre la Subsecretaría de Acción Social de la


Provincia del Neuquén, representada en este acto por su titular Cr. MANUEL M. R.


GSCHWIND, y la Municipalidad de Junín de los Andes, representada por el Señor


Viceintendente Municipal – Intendente a cargo, Don Ángel Clemente Herrera, referido al


funcionamiento de la Unidad de Acción familiar (U.A.F.) “Burbujitas” de Junín de los Andes,


el cual integra la presente como Anexo I.-




ARTÍCULO 2°: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal, para su promulgación,


y por su intermedio a Subsecretaría de Acción Social de la Provincia del


Neuquén, al personal que desempeña tareas en la U.A.F. “Burbujitas”, y a los gremios que


participan en Paritarias y en la Junta de Admisión, Calificación, Ascenso y Disciplina, a sus


efectos.-




ARTÍCULO 3º: DESE a publicidad en el Boletín Oficial de la Provincia del Neuquén


(Conforme Cláusula Complementaria y Transitoria Nº 2 Inc. “c” de la Carta


Orgánica Municipal), y oportunamente cúmplase con lo normado en el Artículo 66 de la


misma.-




ARTÍCULO 4º: Refrendará la presente la Señora Concejal Shuyay A. J. del Río, A/C de


la Secretaría Legislativa.-




ARTÍCULO 5º: De forma.-




DADA EN LA SALA DE SESIONES “GENERAL JOSE DE SAN MARTÍN” DEL


CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNÍN DE LOS ANDES,


PROVINCIA DEL NEUQUEN, A LOS VEINTINUEVE DÍAS DEL MES DE MAYO


DEL AÑO DOS MIL DOS, SEGÚN CONSTA EN ACTA Nº 1077/02.-















SHUYAY A. J. DEL RÍO DAMIÁN AMINAHUEL


A/C SECRETARIA LEGISLATIVA VICEPRESIDENTE
CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE


JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES
A/C DE PRESIDENCIA