1347 - Convenio Forestal Estancia San Pedro.pdf


Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 1347/06.-
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante


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O R D E N A N Z A Nº 1347/2006



VISTO: El Expte. C.D. Nº 3445/06 de fecha 29/03/2006 iniciado por el Departamento


Ejecutivo Municipal que contiene Modelo de Convenio Forestal a suscribir entre la


Municipalidad de Junín de los Andes y la Firma San Cabao S.A. “Estancia San Pedro”, CUIT Nº
33-66199548-9, cuyo representante por poder especial, es el Sr. Jorge Contreras, D.N.I. Nº


16.197.176, para la forestación de 60 (sesenta) hectáreas con Coníferas exóticas, tales como:


Pino Ponderosa, Murrayana y otras de acuerdo a las exigencias técnicas de la Secretaría de


agricultura. Ganadería, Pesca y Alimentación (SAGPYA), y a la Ley Provincial Nº 2482 de


Promoción Forestal, y;




CONSIDERANDO.:


Que, dicho convenio se realiza en el marco del Plan Forestal 2006.-




Que, la Municipalidad de Junín de los Andes a través de Convenios con


Establecimientos Ganaderos privados viene realizando un plan de forestación con coníferas


exóticas, durante los cinco últimos años.-




Que, vale rescatar los fundamentos en base a los cuales se confirma la intención


continuar con un programa anual de forestación aprovechando el alto potencial de la zona,


creando materia prima para futuras industrias y fuentes de trabajo temporarios de vital


importancia en épocas de baja actividad turística y económica.-




Que, la aprobación de este Plan permitirá paliar los costos de mano de obra e


insumos necesarios para continuar con esta actividad en años futuros.-




Que, este Cuerpo Deliberativo en conformidad con lo establecido en la Carta


Orgánica Municipal, Titulo II – Capítulo III “Forestación Municipal - Bosques Comunales”


(Artículos 179 y 180), y el Despacho Nº 013/06 de la Comisión de Planificación, Producción y


Turismo, dispuso por unanimidad en Sesión Ordinaria del día 05/04/2006 aprobar el Convenio


citado, con el dictado de la norma respectiva.-




POR ELLO Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA CARTA


ORGANICA MUNICIPAL, EN SU ARTÍCULO 56 Y ARTÍCULO 57, Inc. a), EL


CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNIN DE LOS ANDES, REUNIDO


EN SESION ORDINARIA SANCIONA CON FUERZA DE:




O R D E N A N Z A












MIGUEL ÁNGEL GUIDALI CARLOS A. CORAZINI


SECRETARIO LEGISLATIVO VICEINTENDENTE


CONCEJO DELIBERANTE PRESIDENTE CONCEJO DELIBERANTE


JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES




















Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 1347/06.-
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante


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ARTÍCULO 1º: APRUÉBASE el Modelo de Convenio Forestal a suscribir entre la Firma
San Cabao S.A. “Estancia San Pedro”, CUIT Nº 33-66199548-9, cuyo


representante por poder especial, es el Sr. Jorge Contreras, D.N.I. Nº 16.197.176, y la


Municipalidad de Junín de los Andes, representada por el Sr. Intendente Municipal, Don


Ángel Clemente Herrera, y el Sr. Secretaria de Gobierno, Don Néstor Fabián Zúñiga, para


la forestación con Coníferas exóticas, el cual integra la presente como Anexo I.-




ARTÍCULO 2º: DESÍGNASE al Señor Intendente de la Municipalidad de Junín de los


Andes, como responsable legal ante las autoridades correspondientes para la


presentación y trámite del Plan Forestal, conforme convenio citado en el Artículo anterior.-




ARTÍCULO 3º: MANTÉNGASE informado sobre todas las actuaciones referidas a este


Plan al Concejo Deliberante de Junín de los Andes.-




ARTÍCULO 4º: Promulgada por el Ejecutivo Municipal, elévese copia de la presente a las


distintas dependencias Municipales, a la Dirección Regional – Zona Sur –


dependiente de la Subsecretaría de Producción de la Provincia del Neuquén, y a la Secretaría


de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación de la Nación.-




ARTÍCULO 5º: DESE a publicidad en el Boletín Oficial de la Provincia del Neuquén


(Conforme Cláusula Complementaria y Transitoria Nº 2 Inc. “c” de la Carta


Orgánica Municipal), y oportunamente cúmplase con lo normado en el Artículo 66 de la


misma.-




ARTÍCULO 6º: Refrendará la presente el Señor Secretario Legislativo, Concejal Miguel


Ángel Guidali.-




ARTÍCULO 7º: De forma.-




DADA EN LA SALA DE SESIONES “GENERAL JOSE SAN MARTIN” DEL


CONCEJO DELIBERANTE DE JUNIN DE LOS ANDES, PROVINCIA DEL


NEUQUEN, A LOS CINCO DIAS DEL MES DE ABRIL DEL AÑO DOS MIL SEIS,


SEGÚN CONSTA EN ACTA Nº 1271/06.-















MIGUEL ÁNGEL GUIDALI CARLOS A. CORAZINI


SECRETARIO LEGISLATIVO VICEINTENDENTE


CONCEJO DELIBERANTE PRESIDENTE CONCEJO DELIBERANTE


JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES