Municipalidad de Junín de los Andes
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante
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O R D E N A N Z A Nº 2394/2014
VISTO: Lo determinado en las Ordenanzas Nº 2266/2013 y Nº 2300/2013, las Actas de
actualización de montos realizados en concordancia a las normas enunciadas, en lo
atinente al “Programa Municipal de Contención Social y Entrenamiento Laboral en el Sector
Público”, y;
CONSIDERANDO:
Que, a pesar de los esfuerzos realizados por el Ejecutivo Municipal en pos de buscar
fuentes externas que permitan insertar al mundo laboral, a aquellos que no han tenido la
oportunidad de emplearse, no se ha podido cumplir en su totalidad con este objetivo.-
Que, en consecuencia es necesario readecuar montos e incorporar, personal que no fue
contemplado oportunamente y que a la fecha cumple con el entrenamiento laboral, de igual forma
de los beneficiarios adheridos a la ordenanza, existiendo en consecuencia inequidad.-
Que, producto de las variables económicas existentes en el país las cuales llevan
inexorablemente a la pérdida del poder adquisitivo, exigen al Municipio, tomar medidas en
función de la disponibilidad presupuestaria, realizar un incremento a los montos otorgados a los
beneficiarios del presente programa municipal.-
Que, a la fecha se ha cumplido con todo y cada uno de los articulados establecidos en las
Ordenanzas Nº 2266/13 y Nº 2300/13, faltando en consecuencia actualizar los montos a percibir
por los beneficiarios, como así también la inclusión de aquellos que por distintas medidas razones
no han sido incluidos en el Programa Municipal de Contención Social y Entrenamiento Laboral en
el sector público.-
Que, actualmente los beneficiarios de las Ordenanzas respectivas cuentan con un cupo de
217 beneficiarios a los cuales se solicitan incorporar 35 nuevos cupos.-
Que, lo aquí enunciado deja expresamente aclarado la realidad por la que atraviesa el
Programa de Entrenamiento Laboral, faltando la creación de la norma respectiva que de apoyatura
al Ejecutivo Municipal, justificando la erogación dineraria realizada y los gastos extraordinarios
que el programa exige.-
Que, por lo expuesto este Concejo Deliberante, en Sesión Ordinaria de fecha
06/08/2014, dispuso sobre tablas y por unanimidad, autorizar lo solicitado por el Ejecutivo
Municipal, con el dictado de la norma pertinente.-
POR ELLO Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA CARTA
ORGÁNICA MUNICIPAL, EN SUS ARTÍCULOS 56 Y 57, Inc, “a”, EL CONCEJO
DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNÍN DE LOS ANDES, REUNIDO EN SESIÓN
ORDINARIA, SANCIONA CON FUERZA DE:
FERNANDO DANIEL MADUEÑO CARLOS TEOBALDO VIVEROS
A/C SECRETARIA LEGISLATIVA VICEPRESIDENTE
CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE
JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES
A/C DE PRESIDENCIA
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O R D E N A N Z A
ARTÍCULO 1º: MODIFÍCASE: los montos a percibir por los Beneficiarios del “Programa
Municipal de Contención Social y Entrenamiento Laboral en el Sector Público”,
en un todo en conformidad a lo ya normado por Ordenanzas Nº 2266/13 y Nº 2300/13 y Acta de
fecha 09 de Octubre del corriente año, a razón de Pesos Quinientos ($ 500,00) a cada uno de los
beneficiarios.-
ARTÍCULO 2º: AUTORÍZASE, al Ejecutivo Municipal a incrementar el cupo de 35 nuevos
beneficiarios del Programa Municipal de Contención Social y Entrenamiento
Laboral en el Sector Público, que actualmente es de 217 beneficiarios y llevarlo a un total de 252
beneficiarios.-
ARTÍCULO 3º: ESTABLÉCESE, que la modificación de Pesos Quinientos ($ 500,00) tendrá
alcance a los 252 beneficiarios, según detalle adjunto en el Anexo I que forma
parte de la presente.-
ARTÍCULO 4º: APRUÉBASE el ANEXO I de la presente, en el que constan los 35 nuevos
beneficiarios y los 217 beneficiarios actuales, haciendo un total único de 252
beneficiarios, con su respectivo encuadre y valores. El monto total a incrementar por los nuevos 35
cupos es de Pesos Ochenta y Nueve Mil Seiscientos ($ 89.600,00), mencionados fondos se
afectarán de la Partida Presupuestaria de la Cuenta Oficial.-
ARTÍCULO 5º: FACÚLTASE, al Ejecutivo Municipal a realizar la baja al Programa, de
aquellos beneficiarios que registren dos (2) faltas injustificadas al mes, al lugar
de entrenamiento laboral.-
ARTÍCULO 6º: Remítase al Departamento Ejecutivo Municipal, para su promulgación y por
su intermedio a todas las Áreas Municipales que correspondan.-
ARTICULO 7°: Comuníquese. Publíquese. Cumplido. Archívese.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES “GENERAL JOSE DE SAN MARTIN” CONCEJO
DELIBERERANTE DE JUNIN DE LOS ANDES, PROVINCIA DEL NEUQUEN, A LOS
SEIS DÍAS DEL MES DE AGOSTO DEL AÑO DOS MIL CATORCE, SEGÚN CONSTA
EN ACTA N° 1740/14.-
FERNANDO DANIEL MADUEÑO CARLOS TEOBALDO VIVEROS
A/C SECRETARIA LEGISLATIVA VICEPRESIDENTE
CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE
JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES
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ANEXO I – Ordenanza Nº 2394/2014
Detalle: “Beneficiarios actuales y nuevos”
Carga Horaria
Semanal
Monto a Percibir Cantidad de
Beneficiarios
Actuales
(217)
Cantidad de
Beneficiarios
Nuevos
(35)
Cantidad total
de Beneficiarios
(252)
15 Horas $ 2.000,00 64 7 71
15 Horas $ 2.100,00 3 3
20 Horas $ 2.200,00 3 1 4
30 Horas $ 2.300,00 1 3 4
30 Horas $ 2.500,00 39 2 41
30 Horas $ 2.600,00 51 51
30 Horas $ 2.700,00 36 11 47
30 Horas $ 2.800,00 11 9 20
30 Horas $ 3.300,00 9 2 11
Totales
217
35
Total
General
252
FERNANDO DANIEL MADUEÑO CARLOS TEOBALDO VIVEROS
A/C SECRETARIA LEGISLATIVA VICEPRESIDENTE
CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE
JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES
A/C DE PRESIDENCIA