Municipalidad de Junín de los Andes
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante
O R D E N A N Z A Nº 1787/2009
VISTO: La Nota 1058/09 de fecha 25/11/09 de la Secretaría de Economía firmada por el Señor
Intendente Municipal A/C, Concejal Ramón Flores y la Sra. Secretaría de Economía, Cdra.
Adriana Rodríguez, la cual diera origen al Expte. C.D. Nº 4709/09, donde solicita se contemple una
nueva prórroga hasta el 31 de diciembre de 2010 de las Ordenanzas Nº 1602/08 “Régimen de
Regularización Tributaria” y 1603/08 “Reglamentación e Implementación de la Ordenanza Nº
1602/08”, y;
CONSIDERANDO:
Que, los contribuyentes pudieron contar con una herramienta que les permita disminuir, a la
medida de sus posibilidades, las deudas para con el Municipio.-
Que, esta Ordenanza vino a cubrir un vacío ante la intención y las posibilidades de pago.-
Que, el Municipio, sin perder el principio de la equidad ha podido ofrecer ventajas a los
deudores, las cuales nunca fueron superiores a las obtenidas por los contribuyentes cumplidores.-
Que, se han ido disminuyendo las deudas de origen tributario con el municipio por parte de
los contribuyentes.-
Que, además la Municipalidad luego de la modernización de las bases normativas y de los
procesos administrativos, tendientes a mejorar los niveles de recaudación y revisar la equidad en las
cargas, comenzó un proceso imprescindible y necesario para limpiar las bases de datos y contar con la
información más certera, a fin de disminuir la incertidumbre y obtener información clara de la
situación económica financiera de la Municipalidad, a efectos de poder hacer estimaciones y cálculos
reales.-
Que, este Concejo Deliberante en Sesión Ordinaria de fecha 02/12/09, dispuso sobre tablas
y por unanimidad, aprobar la prorroga de las Ordenanzas Nº 1602/08 y 1603/08.-
POR ELLO Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA CARTA
ORGÁNICA MUNICIPAL, ARTÍCULOS 56º Y 57º, INCISO a), EL CONCEJO
DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNÍN DE LOS ANDES, REUNIDO EN SESIÓN
ORDINARIA, SANCIONA CON FUERZA DE:
O R D E N A N Z A
ARTICULO 1º: PRORRÓGANSE las Ordenanzas Nº 1602/08 y 1603/08 hasta el 31 de
Diciembre del 2010.-
ARTÍCULO 2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal, a sus efectos. Una vez
promulgada, y por su intermedio, envíese copia de la presente a las Secretarías
municipales que estime corresponder.-
ARTÍCULO 3º: Publíquese. Cumplido. Archívese.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES “GENERAL JOSE SAN MARTIN” DEL CONCEJO
DELIBERANTE DE JUNIN DE LOS ANDES, PROVINCIA DEL NEUQUEN, A LOS DOS
DÍAS DEL MES DE DICIEMBRE DEL AÑO DOS MIL NUEVE, SEGÚN CONSTA EN
ACTA Nº 1.467/09.-
ANDREA SILVANA ROSSO CARLOS TEOBALDO VIVEROS
SECRETARIA LEGISLATIVA VICEPRESIDENTE
CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE
JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES
A/C DE PRESIDENCIA