2778 - 18 Adhesión Ley Provincial Nº 3033 que est 25-11 Dia Int para la Eliminación de la Violencia contra la Mujer.pdf


Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA/Nº 2778./18.-
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante


1





O R D E N A N Z A Nº 2778/2018



VISTO:
La sanción de la Ley Provincial N° 3033 a los 30 días del mes de Noviembre del


2016, y la existencia de las Leyes Nacionales 26.485 sobre protección integral para


prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres en los ámbitos en que


desarrollen sus relaciones interpersonales y Ley 26.171que aprueba el protocolo e la


convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación hacia a mujer,


adoptado por la Asamblea General de la Organización de las Naciones Unidas, y;




CONSIDERANDO:


Que, es necesario desplegar todas las acciones concretas que tiendan a erradicar,


prevenir y sancionar todas las formas de discriminación, violencia inequidad contra las


mujeres en todos los ámbitos en los que se desarrollen relaciones interpersonales.-


Que, en este sentido, se hace indispensable visibilizar y manifestar a través de actos


tangibles y simbólicos la lucha histórica por la equidad de los géneros.-


Que, para alcanzar los objetivos propuestos como principios universales, es


imprescindible memorizar y mostrar en la vida cotidiana, la reclamación cierta y fidedigna que


las mujeres experimentan.-


Que, siguiendo este hilo lógico, se hace necesario y valioso la educación y


concientización que se pueda brindar, en procurar de lograr en la ciudadanía cambios facticos


que conduzcan a la obtención de los fines perseguidos.-


Que, a través de actos cotidianos y continuados de la vida en sociedad, se logra


naturalizar y aculturar sobre premisas básicas de igualdad y equidad entre hombres y mujeres.-


Que, en este proceso histórico-cultural, el Estado cumple un rol fundamental,


estableciendo lineamentos generales y premisas sociales.-




POR ELLO Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA CARTA


ORGANICA MUNICIPAL, ARTÍCULO 56°, Y ARTÍCULO 46 Inc. d) DEL


REGLAMENTO INTERNO, EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE


JUNIN DE LOS ANDES, REUNIDO EN SESION ORDINARIA, SANCIONA CON


FUERZA DE:




O R D E N A N Z A:













LUCIANO CASAJUS LAURA ESTER RIFFO


SECRETARIO LEGISLATIVO VICEPRESIDENTE A/C
CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE


JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES
A/C DE PRESIDENCIA






















Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA/Nº 2778./18.-
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante


2






ARTÍCULO 1º: ADHIÉRESE: a la Ley Provincial N° 3033, la cual establece que desde el


25 de Noviembre Día Internacional para la Eliminación de la Violencia


contra la Mujer, hasta el 10 de diciembre, Día de los Derechos Humanos, los edificios


públicos se deben iluminar y/o embanderar de anaranjado, para sumarse a la campaña de


activismo mundial de las Naciones Unidas para poner fin a la violencia contra las mujeres y


las niñas.




ARTÍCULO 2º: ESTABLÉCESE: que el Ejecutivo Municipal, en conjunto con el Consejo


Municipal de las Mujeres, deberá coordinar acciones con los organismos


provinciales respectivos y con el Consejo Provincial de las Mujeres, con el fin de llevar a cabo


campañas de concientización y educación y sensibilización, en referencia a la temática.-




ARTÍCULO 3º: Remítase la presente al Departamento Ejecutivo Municipal, a sus efectos.




ARTÍCULO 4º: Comuníquese. Publíquese. Cumplido. Archívese.-




DADA EN LA SALA DE SESIONES “GENERAL JOSE SAN MARTIN” DEL


CONCEJO DELIBERANTE DE JUNIN DE LOS ANDES, PROVINCIA DEL


NEUQUEN, A LOS VEINTIOCHO DIAS DEL MES DE MARZO DEL AÑO DOS MIL


DIECIOCHO, SEGÚN CONSTA EN ACTA Nº 1949/18 – EXPTE. C.D. Nº 9544/18.-















LUCIANO CASAJUS LAURA ESTER RIFFO


SECRETARIO LEGISLATIVO VICEPRESIDENTE A/C
CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE


JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES
A/C DE PRESIDENCIA