Municipalidad de Junín de los Andes
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante
O R D E N A N Z A Nº 2680/2017
VISTO: El Expediente 5225-01404/10, iniciado por Consejo Provincial de Educación y lo dispuesto
por Ordenanza Municipal 824/2000 y su modificatoria Nº 1857/2010, y;
CONSIDERANDO:
Que, conforme Ordenanza Municipal 824/2000 se cede al Consejo Provincial de Educación
Los Lotes: Lote 62 de la Chacra 51 NC 13-20-05-6102 Matrícula Inscripción 5453 Huiliches de una
superficie de 2.2459,91 m²; Lote 63 de la Chacra 51 NC 13-20-052-6500 Matrícula Inscripción 5454
Huiliches de una superficie 495,00 m²; Lote 74 de la Chacra 51 NC 13-20-052-6404 Matrícula
Inscripción 5465 Huiliches de una superficie 501,90 m² y Lote 75 de la Chacra 51 NC 13-20-052-6204
Matrícula Inscripción 5466 Huiliches de una superficie 501,90 m².-
Que, dichos inmuebles fueron cedidos por este Municipio al Consejo Provincial de
Educación con la finalidad de que se emplace en los mismos un Jardín de Infantes, edificio que a la
fecha se encuentra en pleno funcionamiento.-
Que, por Ordenanza Nº 1857/2010, se modifica el Artículo 2º de la Ordenanza 824/2000, el
cual queda redactado de la siguiente forma: “Desaféctase: del Patrimonio Municipal, el Inmueble
identificado como Lote 62-A de la Chacra 51 de la Sección XXXIII Nomenclatura Catastral 13-20-052-6202, de
una superficie de 3748,69 m² que surge de Plano Particular de Unificación de los Lotes 62, 63, 74 y 75,
aprobado y registrado por la Dirección Provincial de Catastro e Información Territorial bajo el Nº E 2756-
5172/01 en fecha 23/07/2001, transfiriéndose el mismo a Título Gratuito a favor del Consejo Provincial de
Educación del Neuquén”.-
Que, en Expediente 5225-01404/10 del C.P.E., a fs. 37 y 38, se solicita la modificación de la
Ordenanza Nº 1857/2010, conforme requerimiento efectuado por la Escribana Adscripta Superior de la
Escribanía General de Gobierno de la Provincia del Neuquén, Sra. Dora L. Astorga y la Directora
General de Inmuebles y Registro Notarial de la Dirección Provincial Institucional y Logística del
Consejo Provincial de Educación, Sra. María Lorena Bacci, respectivamente.-
POR ELLO Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA CARTA
ORGÁNICA MUNICIPAL, ARTÍCULO 56º Y ARTÍCULO 57º, INCISO a), EL CONCEJO
DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNIN DE LOS ANDES, REUNIDO EN SESIÓN
ORDINARIA, SANCIONA CON FUERZA DE:
O R D E N A N Z A:
ARTÍCULO 1º: MODIFÍCASE: el Artículo 2º de la Ordenanza 1857/2010, el cual quedará redactado
de la siguiente forma:
“ARTÍCULO 2º: ENGLÓBASE: los lotes 62, 63,74 y 75, parte de la Chacra51 de la Sección
XXXIII, del que resulta el Lote 62 – A del Plano de Mensura E 2756-5172/01.
-TRANSFIÉRASE: a título gratuito al Consejo Provincial de Educación el Lote 62-A de Plano de
Mensura mencionado en el ítem anterior. Cuyos actos serán formalizados por Escribanía General de
Gobierno”.
ARTÍCULO 2º: Remítase al Departamento Ejecutivo Municipal, a sus efectos.-
ARTÍCULO 3º: Comuníquese. Publíquese. Cumplido. Archívese.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES “GENERAL JOSÉ DE SAN MARTÍN” DEL CONCEJO
DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNÍN DE LOS ANDES, PROVINCIA DEL NEUQUÉN,
A LOS CINCO DÍAS DEL MES DE ABRIL DEL AÑO DOS MIL DIECISIETE, SEGÚN
CONSTA EN ACTA Nº 1894/17.-
LUCIANO CASAJUS LUIS ARIEL MADUEÑO
SECRETARIO LEGISLATIVO VICEPRESIDENTE
CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE
JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES
A/C DE PRESIDENCIA