2680 - 17 Modificación Parcial Ord. 1857-2010.pdf


Municipalidad de Junín de los Andes
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante




O R D E N A N Z A Nº 2680/2017


VISTO: El Expediente 5225-01404/10, iniciado por Consejo Provincial de Educación y lo dispuesto


por Ordenanza Municipal 824/2000 y su modificatoria Nº 1857/2010, y;


CONSIDERANDO:


Que, conforme Ordenanza Municipal 824/2000 se cede al Consejo Provincial de Educación


Los Lotes: Lote 62 de la Chacra 51 NC 13-20-05-6102 Matrícula Inscripción 5453 Huiliches de una


superficie de 2.2459,91 m²; Lote 63 de la Chacra 51 NC 13-20-052-6500 Matrícula Inscripción 5454


Huiliches de una superficie 495,00 m²; Lote 74 de la Chacra 51 NC 13-20-052-6404 Matrícula


Inscripción 5465 Huiliches de una superficie 501,90 m² y Lote 75 de la Chacra 51 NC 13-20-052-6204


Matrícula Inscripción 5466 Huiliches de una superficie 501,90 m².-


Que, dichos inmuebles fueron cedidos por este Municipio al Consejo Provincial de


Educación con la finalidad de que se emplace en los mismos un Jardín de Infantes, edificio que a la


fecha se encuentra en pleno funcionamiento.-


Que, por Ordenanza Nº 1857/2010, se modifica el Artículo 2º de la Ordenanza 824/2000, el


cual queda redactado de la siguiente forma: “Desaféctase: del Patrimonio Municipal, el Inmueble
identificado como Lote 62-A de la Chacra 51 de la Sección XXXIII Nomenclatura Catastral 13-20-052-6202, de


una superficie de 3748,69 m² que surge de Plano Particular de Unificación de los Lotes 62, 63, 74 y 75,


aprobado y registrado por la Dirección Provincial de Catastro e Información Territorial bajo el Nº E 2756-


5172/01 en fecha 23/07/2001, transfiriéndose el mismo a Título Gratuito a favor del Consejo Provincial de


Educación del Neuquén”.-


Que, en Expediente 5225-01404/10 del C.P.E., a fs. 37 y 38, se solicita la modificación de la


Ordenanza Nº 1857/2010, conforme requerimiento efectuado por la Escribana Adscripta Superior de la


Escribanía General de Gobierno de la Provincia del Neuquén, Sra. Dora L. Astorga y la Directora


General de Inmuebles y Registro Notarial de la Dirección Provincial Institucional y Logística del


Consejo Provincial de Educación, Sra. María Lorena Bacci, respectivamente.-




POR ELLO Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA CARTA


ORGÁNICA MUNICIPAL, ARTÍCULO 56º Y ARTÍCULO 57º, INCISO a), EL CONCEJO


DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNIN DE LOS ANDES, REUNIDO EN SESIÓN


ORDINARIA, SANCIONA CON FUERZA DE:




O R D E N A N Z A:


ARTÍCULO 1º: MODIFÍCASE: el Artículo 2º de la Ordenanza 1857/2010, el cual quedará redactado


de la siguiente forma:


ARTÍCULO 2º: ENGLÓBASE: los lotes 62, 63,74 y 75, parte de la Chacra51 de la Sección


XXXIII, del que resulta el Lote 62 – A del Plano de Mensura E 2756-5172/01.


-TRANSFIÉRASE: a título gratuito al Consejo Provincial de Educación el Lote 62-A de Plano de


Mensura mencionado en el ítem anterior. Cuyos actos serán formalizados por Escribanía General de


Gobierno”.


ARTÍCULO 2º: Remítase al Departamento Ejecutivo Municipal, a sus efectos.-


ARTÍCULO 3º: Comuníquese. Publíquese. Cumplido. Archívese.-


DADA EN LA SALA DE SESIONES “GENERAL JOSÉ DE SAN MARTÍN” DEL CONCEJO


DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNÍN DE LOS ANDES, PROVINCIA DEL NEUQUÉN,


A LOS CINCO DÍAS DEL MES DE ABRIL DEL AÑO DOS MIL DIECISIETE, SEGÚN


CONSTA EN ACTA Nº 1894/17.-














LUCIANO CASAJUS LUIS ARIEL MADUEÑO
SECRETARIO LEGISLATIVO VICEPRESIDENTE


CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE
JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES


A/C DE PRESIDENCIA