1639 - 08 Homologación Convenio Parque Industrial Sr. Marcos Ríos.pdf


Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 1639/08.-
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante


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O R D E N A N Z A Nº 1639/2008



VISTO:
El Expte. Del D.E.M. Nº 3142/06 de fecha 18/08/06 iniciado por el Sr. Marcos


Ríos, titular del D.N.I. Nº 12.834.074, con domicilio legal en Misiones 361, de esta


Localidad, referente a solicitud de predio en el Parque Industrial de Junín de los Andes,


destinado a Proyecto de Herrería y Metalúrgica; el Expte. Nº 2473 Letra “R” de la Secretaría


de Obras y Servicios Públicos de fecha 03/01/2007 que contiene presentación de Planos del


proyecto reseñado; y el Convenio de Pago Parque Industrial a celebrado en fecha 18/08/2.008


entre la Municipalidad de Junín de los Andes y el nombrado Marcos Ríos, y;




CONSIDERANDO:




Que, a través del citado Convenio La “Municipalidad” vende, cede y transfiere al


“Adquirente”, y éste acepta en un todo de acuerdo a lo dispuesto por Ordenanza N° 479/95, su


modificatoria Nº 1014/2002, y la modificatoria Nº 1381/96, una fracción de terreno ubicado en


el Parque Industrial de Junín de los Andes, identificada como Lote 11, de la Manzana 137,


Nomenclatura Catastral en trámite, según los antecedentes que constan en el Expte. R 2473/07


de la Secretaría de Obras y Servicios Públicos que se adjunta y forma parte del Expte. D.E.M.


Nº 3142 de fecha 18/08/2006 con una superficie de UN MIL CUATROCIENTOS


CUARENTA M ² (1.440,00 m²);




Que, el precio de venta se establece en la suma de Pesos Veinte ($ 20,00) por metro


cuadrado (m²), lo que hace un total de Pesos Veintiocho mil ochocientos ($28,800,00) que


serán cancelados; conforme forma de pago establecida en Cláusula Segunda del citado


Convenio.-




Que, el “Adquirente” se obliga a realizar en el predio citado, el total del Proyecto


presentado mediante los Planos aprobados por la Secretaría de Obras y Servicios Públicos


(Expte. Nº 2473 “R”), otorgándose un plazo de Treinta y Seis (36) meses partir de la firma del


convenio, para la puesta en marcha y funcionamiento en un ciento por ciento (100%) del


Emprendimiento.-




Que, este Concejo Deliberante conforme lo establecido en Despacho Nº 204/2008,


emitido por la Comisión de Producción y Turismo, resuelve por unanimidad homologar el


citado convenio.-




Que, se debe sancionar la norma correspondiente.-













ANDREA SILVANA ROSSO DIEGO ALEXIS MARCOVESKY
SECRETARIA LEGISLATIVA VICEINTENDENTE


CONCEJO DELIBERANTE PRESIDENTE CONCEJO DELIBERANTE
JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES


























Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 1639/08.-
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante


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POR ELLO Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA CARTA


ORGÁNICA DE LA CIUDAD DE JUNÍN DE LOS ANDES, EN SU ARTÍCULO 56 y


ARTÍCULO 57 Inc. a), EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNÍN DE


LOS ANDES, REUNIDO EN SESIÓN ORDINARIA, SANCIONA CON FUERZA DE:




O R D E N A N Z A



ARTÍCULO 1º: RATÍFICASE el Convenio de Pago Parque Industrial celebrado el 18 de


Agosto de 2.008 entre la Municipalidad de Junín de los Andes, representada por el Señor


Intendente Municipal, Dn RUBEN ENRIQUE CAMPOS, y el Señor Secretario de


Producción y Turismo, Don PABLO LARDIT, con domicilio legal en Don Bosco y Ginés


Ponte de la Ciudad de Junín de los Andes, en adelante denominados la


“MUNICIPALIDAD”, y el Sr. RIOS MARCOS, TITULAR DEL D.N.I. Nº 12.834.074, con


domicilio legal en Misiones 361 de Junín de los Andes, en adelante denominado el


“ADQUIRENTE”, por la venta una fracción de terreno ubicado en el Parque Industrial de


Junín de los Andes, identificada como, Lote 11, de la Manzana 137, Nomenclatura Catastral


en trámite, según los antecedentes que constan en el Expte. R 2473/07 de la Secretaría de


Obras y Servicios Públicos que se adjunta y forma parte del Expte. D.E.M. Nº 3142 de fecha


18/08/2006 con una superficie de UN MIL CUATROCIENTOS CUARENTA M ² (1.440,00


m²) o los que en más o en menos resulte de la mensura definitiva a practicarse por el


“Adquirente”.-


ARTÍCULO 2º: DESE para la promulgación del Departamento Ejecutivo Municipal y por su


intermedio envíese copia de la presente al interesado, y a las Secretarías


Municipales que correspondan, para su conocimiento y efectos.-


ARTÍCULO 3º: PUBLÍQUESE en el Boletín Oficial Municipal.-


ARTÍCULO 4º: Refrendará la presente la Señora Secretaria Legislativa, Concejal Andrea


Silvana Rosso.-


ARTÍCULO 5º: De forma.-




DADA EN LA SALA DE SESIONES “GENERAL JOSE SAN MARTIN” DEL


CONCEJO DELIBERANTE DE JUNIN DE LOS ANDES, PROVINCIA DEL


NEUQUEN, A LOS DIEZ DÍAS DEL MES DE SEPTIEMBRE DEL AÑO DOS MIL


OCHO, SEGÚN CONSTA EN ACTA Nº 1.394/08.-













ANDREA SILVANA ROSSO DIEGO ALEXIS MARCOVESKY
SECRETARIA LEGISLATIVA VICEINTENDENTE


CONCEJO DELIBERANTE PRESIDENTE CONCEJO DELIBERANTE
JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES