Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 1639/08.-
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante
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O R D E N A N Z A Nº 1639/2008
VISTO: El Expte. Del D.E.M. Nº 3142/06 de fecha 18/08/06 iniciado por el Sr. Marcos
Ríos, titular del D.N.I. Nº 12.834.074, con domicilio legal en Misiones 361, de esta
Localidad, referente a solicitud de predio en el Parque Industrial de Junín de los Andes,
destinado a Proyecto de Herrería y Metalúrgica; el Expte. Nº 2473 Letra “R” de la Secretaría
de Obras y Servicios Públicos de fecha 03/01/2007 que contiene presentación de Planos del
proyecto reseñado; y el Convenio de Pago Parque Industrial a celebrado en fecha 18/08/2.008
entre la Municipalidad de Junín de los Andes y el nombrado Marcos Ríos, y;
CONSIDERANDO:
Que, a través del citado Convenio La “Municipalidad” vende, cede y transfiere al
“Adquirente”, y éste acepta en un todo de acuerdo a lo dispuesto por Ordenanza N° 479/95, su
modificatoria Nº 1014/2002, y la modificatoria Nº 1381/96, una fracción de terreno ubicado en
el Parque Industrial de Junín de los Andes, identificada como Lote 11, de la Manzana 137,
Nomenclatura Catastral en trámite, según los antecedentes que constan en el Expte. R 2473/07
de la Secretaría de Obras y Servicios Públicos que se adjunta y forma parte del Expte. D.E.M.
Nº 3142 de fecha 18/08/2006 con una superficie de UN MIL CUATROCIENTOS
CUARENTA M ² (1.440,00 m²);
Que, el precio de venta se establece en la suma de Pesos Veinte ($ 20,00) por metro
cuadrado (m²), lo que hace un total de Pesos Veintiocho mil ochocientos ($28,800,00) que
serán cancelados; conforme forma de pago establecida en Cláusula Segunda del citado
Convenio.-
Que, el “Adquirente” se obliga a realizar en el predio citado, el total del Proyecto
presentado mediante los Planos aprobados por la Secretaría de Obras y Servicios Públicos
(Expte. Nº 2473 “R”), otorgándose un plazo de Treinta y Seis (36) meses partir de la firma del
convenio, para la puesta en marcha y funcionamiento en un ciento por ciento (100%) del
Emprendimiento.-
Que, este Concejo Deliberante conforme lo establecido en Despacho Nº 204/2008,
emitido por la Comisión de Producción y Turismo, resuelve por unanimidad homologar el
citado convenio.-
Que, se debe sancionar la norma correspondiente.-
ANDREA SILVANA ROSSO DIEGO ALEXIS MARCOVESKY
SECRETARIA LEGISLATIVA VICEINTENDENTE
CONCEJO DELIBERANTE PRESIDENTE CONCEJO DELIBERANTE
JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES
Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 1639/08.-
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante
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POR ELLO Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA CARTA
ORGÁNICA DE LA CIUDAD DE JUNÍN DE LOS ANDES, EN SU ARTÍCULO 56 y
ARTÍCULO 57 Inc. a), EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNÍN DE
LOS ANDES, REUNIDO EN SESIÓN ORDINARIA, SANCIONA CON FUERZA DE:
O R D E N A N Z A
ARTÍCULO 1º: RATÍFICASE el Convenio de Pago Parque Industrial celebrado el 18 de
Agosto de 2.008 entre la Municipalidad de Junín de los Andes, representada por el Señor
Intendente Municipal, Dn RUBEN ENRIQUE CAMPOS, y el Señor Secretario de
Producción y Turismo, Don PABLO LARDIT, con domicilio legal en Don Bosco y Ginés
Ponte de la Ciudad de Junín de los Andes, en adelante denominados la
“MUNICIPALIDAD”, y el Sr. RIOS MARCOS, TITULAR DEL D.N.I. Nº 12.834.074, con
domicilio legal en Misiones 361 de Junín de los Andes, en adelante denominado el
“ADQUIRENTE”, por la venta una fracción de terreno ubicado en el Parque Industrial de
Junín de los Andes, identificada como, Lote 11, de la Manzana 137, Nomenclatura Catastral
en trámite, según los antecedentes que constan en el Expte. R 2473/07 de la Secretaría de
Obras y Servicios Públicos que se adjunta y forma parte del Expte. D.E.M. Nº 3142 de fecha
18/08/2006 con una superficie de UN MIL CUATROCIENTOS CUARENTA M ² (1.440,00
m²) o los que en más o en menos resulte de la mensura definitiva a practicarse por el
“Adquirente”.-
ARTÍCULO 2º: DESE para la promulgación del Departamento Ejecutivo Municipal y por su
intermedio envíese copia de la presente al interesado, y a las Secretarías
Municipales que correspondan, para su conocimiento y efectos.-
ARTÍCULO 3º: PUBLÍQUESE en el Boletín Oficial Municipal.-
ARTÍCULO 4º: Refrendará la presente la Señora Secretaria Legislativa, Concejal Andrea
Silvana Rosso.-
ARTÍCULO 5º: De forma.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES “GENERAL JOSE SAN MARTIN” DEL
CONCEJO DELIBERANTE DE JUNIN DE LOS ANDES, PROVINCIA DEL
NEUQUEN, A LOS DIEZ DÍAS DEL MES DE SEPTIEMBRE DEL AÑO DOS MIL
OCHO, SEGÚN CONSTA EN ACTA Nº 1.394/08.-
ANDREA SILVANA ROSSO DIEGO ALEXIS MARCOVESKY
SECRETARIA LEGISLATIVA VICEINTENDENTE
CONCEJO DELIBERANTE PRESIDENTE CONCEJO DELIBERANTE
JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES