1513 - Aprobación Convenio Predio Parque Industrial Sr. Nicanor Curruhinca.pdf


Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 1513/07.-
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante


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O R D E N A N Z A Nº 1513/2007



VISTO:
El Expte. del D.E.M. Nº 739 Folio “A” de fecha 09/05/2007 iniciado por el Sr.


Nicanor Curruhinca, titular del D.N.I. Nº 24.986.150, con domicilio legal en Cacace


y Avda. Neuquén de Junín de los Andes, referente a solicitud de predio en el Parque Industrial


de Junín de los Andes, destinado a la implementación de una fábrica de muebles y carpintería


de obra; el Expte. Nº 1691 Letra “C” de la Secretaría de Obras y Servicios Públicos de fecha


30/08/2007 que contiene presentación de Planos del proyecto reseñado; y el Convenio de Pago


Parque Industrial a celebrado en el mes de Septiembre de 2007 entre la Municipalidad de


Junín de los Andes y el nombrado Sr. Nicanor Curruhinca, y;




CONSIDERANDO:




Que, a través del citado Convenio La “Municipalidad” vende, cede y transfiere al


“Adquirente”, y éste acepta en un todo de acuerdo a lo dispuesto por Ordenanza N° 479/95, su


modificatoria Nº 1014/2002, y la modificatoria Nº 1381/2006, una fracción de terreno ubicado


en el Parque Industrial de Junín de los Andes, identificada Lote 1E1, de la Manzana 84,


Nomenclatura Catastral 13-20-056-0361, según Certificado de amojonamiento que figura


como folio 19 del Expte. Nº 1691/07 Letra “C” de la Secretaría de Obras y Servicios Públicos


que se adjunta y forma parte del Expte. Nº 739 “A” de fecha 09/05/07, con una superficie de


QUINIENTOS VEINTISIETE METROS CUADRADOS CON SETENTA Y TRES CMTS.


(527,73 m²), o los que en más o en menos resulte de la mensura definitiva a practicarse por el


“Adquirente”.-


Que, el precio de venta se establece en la suma de Pesos Veinte ($ 20,00) por metro


cuadrado (m²), lo que hace un total de Pesos Diez Mil Quinientos Cincuenta y Cuatro


con Sesenta Centavos ($ 10.554,60) que serán cancelados; conforme forma de pago


establecida en Cláusula Segunda del citado Convenio.-


Que, el “Adquirente” se obliga a realizar en el predio citado, el total del Proyecto


presentado mediante los Planos aprobados por la Secretaría de Obras y Servicios Públicos


(Expte. Nº 1691/07 Letra “C”), otorgándose un plazo de Treinta y Seis (36) meses partir de la


firma del convenio, para la puesta en marcha y funcionamiento en un ciento por ciento (100%)


del Emprendimiento.-


Que, este Concejo Deliberante en Sesión Ordinaria de fecha 10/10/2007, conforme lo


establecido en Despacho Nº 118/2007, emitido por la Comisión de Planificación, Producción y


Turismo, resuelve por unanimidad homologar el citado convenio.-


Que, se debe sancionar la norma correspondiente.-




POR ELLO Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA CARTA


ORGÁNICA DE LA CIUDAD DE JUNÍN DE LOS ANDES, EN SU ARTÍCULO 56 y


ARTÍCULO 57 Inc. a), EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNÍN DE


LOS ANDES, REUNIDO EN SESIÓN ORDINARIA, SANCIONA CON FUERZA DE:















MIGUEL ÁNGEL GUIDALI CARLOS A. CORAZINI


SECRETARÍO LEGISLATIVO VICEINTENDENTE


CONCEJO DELIBERANTE PRESIDENTE CONCEJO DELIBERANTE


JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES












Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 1513/07.-
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante


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O R D E N A N Z A



ARTÍCULO 1º: RATÍFICASE el Convenio de Pago Parque Industrial celebrado en el mes


Septiembre de 2007 entre la Municipalidad de Junín de los Andes,


representada por el Señor Intendente Municipal Dn ÁNGEL CLEMENTE HERRERA, y el


Señor Secretario de Planificación, Producción y Turismo, Don RICARDO SEBASTIÁN


MENDEZ, con domicilio legal en Don Bosco y Ginés Ponte de la Ciudad de Junín de los


Andes, en adelante denominados la “MUNICIPALIDAD”, y el Sr. NICANOR


CURRUHINCA, titular del D.N.I. Nº 24.986.150, con domicilio legal en Cacace y Avda.


Neuquén de Junín de los Andes,en adelante denominado el “ADQUIRENTE”, el cual integra


la presente como Anexo I; por la venta de una fracción de terreno ubicado en el Parque


Industrial de Junín de los Andes, identificada Lote 1E1, de la Manzana 84, Nomenclatura


Catastral 13-20-056-0361, según Certificado de amojonamiento que figura como folio 19 del


Expte. Nº 1691/07 Letra “C” de la Secretaría de Obras y Servicios Públicos que se adjunta y


forma parte del Expte. Nº 739 “A” de fecha 09/05/07, con una superficie de QUINIENTOS


VEINTISIETE METROS CUADRADOS CON SETENTA Y TRES CMTS. (527,73 m²), o


los que en más o en menos resulte de la mensura definitiva a practicarse por el


“ADQUIRENTE”.-




ARTÍCULO 2º: DESE para la promulgación del Departamento Ejecutivo Municipal y por su


intermedio envíese copia de la presente al interesado, y a las Secretarías


Municipales que correspondan, para su conocimiento y efectos.-




ARTÍCULO 3º: PUBLÍQUESE en el Boletín Oficial de la Provincia del Neuquén


(Conforme Cláusula Complementaria y Transitoria Nº 2 Inc. “c” de la Carta


Orgánica Municipal), y oportunamente cúmplase con lo normado en el Artículo 66 de la


misma.-




ARTÍCULO 5º: Refrendará la presente el Señor Secretario Legislativo, Concejal Miguel


Ángel Guidali.-




ARTÍCULO 6º: De forma.-




DADA EN LA SALA DE SESIONES “GENERAL JOSE SAN MARTIN” DEL


CONCEJO DELIBERANTE DE JUNIN DE LOS ANDES, PROVINCIA DEL


NEUQUEN, A LOS DIEZ DÍAS DEL MES DE OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL


SIETE, SEGÚN CONSTA EN ACTA Nº 1346/07.-













MIGUEL ÁNGEL GUIDALI CARLOS A. CORAZINI


SECRETARÍO LEGISLATIVO VICEINTENDENTE


CONCEJO DELIBERANTE PRESIDENTE CONCEJO DELIBERANTE


JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES