Municipalidad de Junín de los Andes
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante
O R D E N A N Z A Nº 2909/2019
VISTO: Los Exptes. C.D. Nº 10183/19 y Nº 10188/19, de fechas 13/05/2019 y 15/05/2019,
respectivamente, iniciados por el Departamento Ejecutivo Municipal, por los cuales solicita
autorización la firma del Convenio de Asistencia y Colaboración entre el Gobierno de la Provincia del
Neuquén y la Municipalidad de Junín de los Andes por el periodo Mayo 2019 – Mayo 2020, y;
CONSIDERANDO:
Que, en el citado Convenio las partes ratifican los objetivos plasmados en el “Convenio
Marco de Compromisos, Cooperación Muta e Intercambio de Información con Municipio de la
Provincia del Neuquén” celebrado en el año 2012 y los “Convenios de Asistencia y Colaboración”
suscriptos posteriormente en 2013, 2014, 2015, 2016, 2017 y 2018 en pos del mejoramiento de la
gestión municipal y buenas prácticas de gobierno, en especial lo referido al fortalecimiento de la
autonomía fiscal a partir del incremento de la recaudación propia y a la armonización tributaria,
mejorar la transparencia de la información de las cuentas públicas, actualizar la información catastral
así como los registros de la propiedad automotor.-
Que, la Provincia, podrá otorgar asistencia financiera al Municipio con destino a cubrir
gastos de remuneración neta mensual del personal municipal como así también otros gastos corrientes
incluido el Sueldo Anual Complementario, teniendo en cuenta la planta del personal existente al 30 de
Abril de 2019, a través de Aportes Reintegrables.-
Que, los aportes reintegrables que otorgue la Provincia por el presente Convenio se harán
efectivos una vez que el Municipio obtenga la autorización del Concejo Deliberante con la sanción de
la correspondiente Ordenanza, que autorice al Departamento Ejecutivo Municipal a endeudarse con el
Gobierno de la Provincia del Neuquén en el marco del presente Convenio, y la autorización para
afectar recursos de Coparticipación Provincial (Ley 2148 Art. 4º), y Canon Extraordinario de
Producción (Ley 2615 Art. 7º).-
Que, este Concejo Deliberante en Sesión Ordinaria de fecha 15 de mayo de 2019, conforme
al Despacho Nº 036/19 de la Comisión Interna de Labor Legislativa, dispuso por unanimidad autorizar
al Ejecutivo Municipal a suscribir el citado Convenio, con el dictado de la norma pertinente.-
POR ELLO Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA CARTA
ORGÁNICA MUNICIPAL, EN SUS ARTÍCULOS 56º Y 57º Inc. “a”, EL CONCEJO
DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNÍN DE LOS ANDES, REUNIDO EN SESIÓN
ORDINARIA, SANCIONA CON FUERZA DE:
O R D E N A N Z A
ARTÍCULO 1º: HOMOLÓGASE: el CONVENIO DE ASISTENCIA Y COLABORACIÓN
suscripto entre el Gobierno de la Provincia del Neuquén y la Municipalidad de Junín
de los Andes por el periodo Mayo 2019 – Mayo 2020, el cual consta de doce (12) Clausulas.-
ARTÍCULO 2º: REMITASE: al Departamento Ejecutivo Municipal, a sus efectos. Una vez
promulgada, por su intermedio, envíese copia de la presente al Gobierno de la
Provincia del Neuquén.
ARTÍCULO 3º: Comuníquese. Publíquese. Cumplido. Archívese.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES “GENERAL JOSE SAN MARTIN” DEL CONCEJO
DELIBERANTE DE JUNIN DE LOS ANDES, PROVINCIA DEL NEUQUEN, A LOS QUINCE
DÍAS DEL MES DE MAYO DEL AÑO DOS MIL DIECINUEBE, SEGÚN CONSTA EN ACTA
Nº 2010/19.-
LUCIANO CASAJUS CARLOS RIVERA MALDONADO
A/C DE SECRETARÍA LEGISLATIVA VICEPRESIDENTE
CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE
JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES
A/C DE PRESIDENCIA