2586 - 16 Derogación Ordenanzas Nº 1404-06 y 1564-08. Creación Comisión de Concesiones Municipales.pdf


Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 2586/16.-
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante


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O R D E N A N Z A Nº 2586/2016



VISTO: La necesidad de modificar las Ordenanzas Nº 1404/2006 y Nº 1564/2008 donde


se crea, la Comisión de Seguimiento y Control de las Concesiones Municipales, el


Ejecutivo Municipal propone el siguiente proyecto de ordenanza, y;




CONSIDERANDO:


Que, mediante la citada norma se crea la Comisión de Seguimiento y Control de las


Concesiones Municipales la que estará integrada por los Secretarios de Turismo, Obras y


Servicios Públicos, Economía y Hacienda, un Concejal por cada Bloque Político


representando al Concejo Deliberante, y el/la asesor/a Legal Municipal.-




Que, el fin y el funcionamiento de la Comisión (por su impacto e injerencias en la


comunidad, dado que implica servicios a terceros y una responsabilidad indelegable del


Estado) debiera ser más importante que quienes por norma, la componen, teniendo estos la


libertad de poder reglamentar su funcionamiento, acordar horarios de funcionamiento,


inclusive disponer de personal administrativo que se encargue de las respectivas actas,


notificaciones, intimaciones, o todo trámite ejecutivo que la misma disponga debe realizarse.-




Que, debido a las modificaciones que en el futuro pudieren realizarse en el


organigrama municipal, este Concejo Deliberante considera oportuno que la Comisión de


Seguimiento y Control de Concesiones Municipales deberá estar integrada por al menos 2


Secretarios del organigrama municipal vigente, o quienes estos designen mediante la


correspondiente autorización escrita.-




Que, la participación de un representante de cada Bloque, no deberá ser exclusiva ni


excluyente ni limitante para su normal funcionamiento por lo cual deberá formalizarse la


invitación a cada reunión y deberá tener la misma la suficiente autonomía que mediando la


Asesoría Legal pueda funcionar de manera resolutiva por lo tanto tenga un carácter imperativo


en la ejecución de los controles que realice y capacidad para emitir sanciones.-




Que, resulta necesario que dicha comisión continúe tal labor e intervenga en la


actualización y normalización de todas y cada una de las concesiones entendiendo además en


las políticas de desarrollo sustentable que se precedente mediante el usufructo de bienes de


dominio municipal.-




Que, se considera oportuno proceder a la derogación de las ordenanzas Nº 1404/2006


y 156472008.-









RUTH ELIZABETH SIVORI CARLOS ALBERTO QUINTULÉN


SECRETARIA LEGISLATIVA VICEPRESIDENTE
CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE


JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES
A/C DE PRESIDENCIA




















Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 2586/16.-
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante


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POR ELLO Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA CARTA


ORGÁNICA MUNICIPAL, ARTÍCULO 56º Y ARTÍCULO 57º, INCISO a), EL


CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNIN DE LOS ANDES, REUNIDO


EN SESIÓN ORDINARIA, SANCIONA CON FUERZA DE




O R D E N A N Z A



ARTÍCULO 1º: DERÓGASE:
en todos sus contenidos, las Ordenanzas Nº 1404/2006 y


Nº 1564/2008.-




ARTÍCULO2º: CRÉASE: la Comisión de Seguimiento y Control de Concesiones


Municipales la que estará integrada por los siguientes representantes:


Secretarios; de Turismo, Obras y Servicios Públicos, Economía y Hacienda, Asesor Legal


Municipal, un Concejal de cada bloque Político representando al Concejo Deliberante.-




ARTÍCULO 3º: ESTABLÉCESE: que la mencionada Comisión deberá elaborar su propio


reglamento de funcionamiento, la cual deberá contar con la cantidad mínima


para poder abordar a una resolución de carácter ejecutivo como cuerpo colegiado. Los mismos


serán Autoridades de Aplicación, y deberán incluirse en los futuros Pliegos donde se Liciten


concesiones municipales.-




ARTÍCULO 4º: REMÍTASE: al Departamento Ejecutivo Municipal a sus efectos, y por


su intermedio elévese copia de la presente a las Secretarias Municipales que


corresponda y a la interesada.-




ARTÍCULO 5º: Comuníquese. Publíquese. Cumplido. Archívese.-




DADA EN LA SALA DE SESIONES “GENERAL JOSE SAN MARTIN” DEL


CONCEJO DELIBERANTE DE JUNIN DE LOS ANDES, PROVINCIA DEL


NEUQUEN, A LOS CUATRO DÍAS DEL MES DE MAYO DEL AÑO DOS MIL


DIESCISEIS, SEGÚN CONSTA EN ACTA Nº 1846/16 – EXPTE. C.D. Nº 8418/16.-









RUTH ELIZABETH SIVORI CARLOS ALBERTO QUINTULÉN


SECRETARIA LEGISLATIVA VICEPRESIDENTE
CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE


JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES


A/C DE PRESIDENCIA