Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 1864/10.-
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O R D E N A N Z A Nº 1864/2010
VISTO: El Expte. C.D. Nº 5054/10 iniciado por el Sr. Intendente Municipal, Prof. Rubén E.
Campos que contiene Proyecto de Ordenanza sobre Reglamento de la Sala Velatoria
Municipal y sus correspondientes anexos, y;
CONSIDERANDO:
Que, conforme a las disposiciones vigentes, la Municipalidad de Junin de los Andes,
brindará a todos los vecinos de la localidad, el uso de la Sala Velatoria, por ser éste un espacio
municipal.-
Que, la Carta Orgánica Municipal en su Artículo 147 reza: “Las políticas sociales
municipales asegurarán la equidad de todas las decisiones y medidas que se tomaren, resguardando
principalmente los derechos e intereses de la franja poblacional de mayor vulnerabilidad social: niños,
adolescentes, jóvenes, ancianos y discapacitados, concertando estrategias de acción que trasciendan los
períodos de gestión”.-
Que, del debate en el ámbito de la Comisión de Gobierno y Bienestar Social del
Cuerpo Deliberativo surge la modificación del proyecto de ordenanza presentado por el
Ejecutivo Municipal, conservando del original el anexo de las “Normas de Bioseguridad”.-
Que, no existiendo normativa que regule o reglamente el uso o servicio de la Sala
Velatoria, se hace oportuno y necesario legislar al respecto, dando marco normativo para la
puesta en funcionamiento de la Sala Velatoria Municipal.-
POR ELLO Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA CARTA
ORGÁNICA MUNICIPAL, ARTÍCULO 56º y ARTÍCULO 57, INCISO a), CONCEJO
DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNÍN DE LOS ANDES, REUNIDO EN
SESIÓN ORDINARIA, SANCIONA CON FUERZA DE:
O R D E N A N Z A
ARTÍCULO 1º: DESTÍNASE para el uso de “Sala Velatoria Municipal”, el inmueble cedido
al Municipio según Convenio homologado por Ordenanza Nº 1295/2005, ubicado sobre calle
P. Milanesio, entre Ginés Ponte y Laura Vicuña, la que será de uso público los trescientos
sesenta y cinco (365) días del año.-
ARTÍCULO 2º: CRÉASE el “Fondo Municipal Solidario Sala Velatoria”, conformado por el
aporte de los vecinos de la localidad, cuya finalidad exclusiva es solventar los gastos de
velatorio de los vecinos de Junín de los Andes, que por no contar con Obra Social o Seguro de
Sepelio para hacer frente a ellos, requieran el uso de la Sala Velatoria Municipal para despedir
los restos de familiares o amigos.-
ANDREA SILVANA ROSSO CARLOS TEOBALDO VIVEROS
SECRETARIA LEGISLATIVA VICEPRESIDENTE
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ARTÍCULO 3º: INCORPÓRASE a la Tasa por Servicios “Retributivos” y a la “Tasa
Ambiental”, el Ítem denominado “Fondo Municipal Solidario de Sala Velatoria”, el que a
partir de la sanción de la presente Ordenanza tendrá un valor de $ 2,00 (dos pesos), monto que
será revisado al momento de sancionar cada nueva ordenanza Tarifaria; y ESTABLÉCESE
que la totalidad de la recaudación que surge por el pago de este Ítem, conformará el “Fondo
Municipal Solidario Sala Velatoria”.-
ARTÍCULO 4º: AUTORÍZASE la incorporación al Presupuesto General vigente
(prorrogado), la partida presupuestaria denominada “Fondo Municipal Solidario Sala
Velatoria”.-
ARTÍCULO 5º: NÓRMASE que semestralmente, el Ejecutivo Municipal deberá remitir al
Concejo Deliberante un informe contable del “Fondo Municipal Solidario Sala Velatoria”.-
ARTÍCULO 6º: DETERMÍNASE que será la Junta de Admisión, Calificación, Ascenso y
Disciplina (JACAD) la encargada de establecer la estructura, misiones y funciones, y régimen
horario de la planta permanente municipal que se desempeñe en la “Sala Velatoria
Municipal”.-
ARTÍCULO 7º: APRUÉBANSE las “Normas de Bioseguridad” que corren agregadas a la
presente como Anexo I.-
ARTÍCULO 8º: ESTIPULASE que para el uso de la Sala Velatoria Municipal, el Ejecutivo
Municipal deberá celebrar un convenio de uso de las instalaciones.-
ARTÍCULO 9º: FÍJASE que para el uso de la Sala Velatoria Municipal por parte de una
Empresa o Institución de servicios fúnebres, el valor será el equivalente a 120 lts. (ciento
veinte litros) de nafta súper, previa firma de convenio de uso con el Ejecutivo Municipal.-
ARTÍCULO 10º: Conforme lo normado en el Artículo 68 de la Carta Orgánica Municipal, la
primera lectura se materializó en Sesión Ordinaria de fecha 08/07/2010; la Audiencia Pública
en fecha 27/07/2010, a las 19:00 horas; y en la Sesión Ordinaria de fecha 28/07/2010, se
aprueba por unanimidad el presente proyecto de Ordenanza.-
ARTÍCULO 11º: Publíquese. Cumplido. Archívese.-
DADA EN SEGUNDA LECTURA EN LA SALA DE SESIONES “GENERAL JOSE
SAN MARTIN” DEL CONCEJO DELIBERANTE DE JUNIN DE LOS ANDES,
PROVINCIA DEL NEUQUEN, A LOS VEINTIOCHO DÍAS DEL MES DE JULIO
DEL AÑO DOS MIL DIEZ, SEGÚN CONSTA EN ACTA Nº 1505/10.-
ANDREA SILVANA ROSSO CARLOS TEOBALDO VIVEROS
SECRETARIA LEGISLATIVA VICEPRESIDENTE
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ANEXO I
NORMAS DE BIOSEGURIDAD
OBJETIVO
Artículo 1º: La presente norma de Procedimiento t iene por objeto informar y
capacitar al personal acerca de los riesgos y procedimientos seguros que deben
tenerse en cuenta en el tratamiento de cadáveres. -
Se puede hablar de precauciones Universales en sentido amplio
o en sentido restringido al contacto con sangre y fluidos corporales . -
Precauciones Universales en sentido AMPLIO definen una serie
de medidas de prevención que t ienen como objetivo evitar las infecciones que
pudieran ver vehiculizadas por las manos del personal, cadáveres o familiares, o por
ropas y objetos contaminados, desde un cadáver que padezca infecciones en la piel y
mucosas, en aparato digestivo, en sangre o en fluidos corporales. -
Las precauciones Universales en sentido RESTRINGIDO se
refieren a las medidas para evitar la difusión de aquellas enfermedades que se
transmiten por la sangre y l íquidos corporales, en especial la hepati t is B y SIDA. -
No siempre es posible conocer, en el momento de la atención de
un cadáver , si padece o padeció una enfermedad que pudiera ser transmitida al
personal o a otros; por lo tanto l as precauciones se deben extender a todos los
cadáveres . -
PRECAUCIONES UNIVERSALES
Artículo 2º: LAVADO DE MANOS: Antes de iniciar los procedimientos y cada vez
que se contaminen con sangre u otros fluidos corporales, lavarse y cepil larse
fuertemente las manos y antebrazos con un cepil lo -esponja que no lastime. -
Artículo 3º: GUANTES ESPECIALES DE BIOSEGURIDAD: Deben usarse para:
a) Tocar sangre, l íquidos corporales, mucosas o piel no intacta de
todos los cadáveres. -
b) Manipular sustancias o superficies contaminadas con sangre o
l íquidos corporales. -
c) Efectuar procedimientos de acceso vascular, venenoso y
arterial .-
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d) Antes de sacarse los guantes y después de su uso con cualquier
cadáver se procede al lavado de manos con los guantes puestos.
Luego se sacan y se sumergen en una cubeta con hipoclorito al
10% durante 20 minu tos. Desecharlos en bolsas rojas para su
incineración. -
e) Después de quitarse los guantes debe procederse nuevamente al
lavado de manos. -
Artículo 4º: BARBIJO Y PROTECCION OCULAR: Usarse durante:
a. Procedimiento que puedan generar goti tas de sangre u otros
l íquidos corporales para prevenir la exposición de la mucosa de
la boca, nariz y ojos. -
b. Los anteojos o antiparras no requieren esteri l ización. Se lavan
con agua jabonosa, se escurren y se secan. Si se hubieran
manchado con sangre, sumergidos en un recipiente con
hipoclorito de sodio al 10% durante 20 minutos, antes del
lavado.-
c. Si el barbijo fuera de tela y sufre salpicaduras de sangre, debe
colocarse en bolsa reja para su incineración. -
Artículo 5º: DELANTALES PLÁSTICOS: deben emplearse durante
procedimientos que puedan generar salpicaduras de sangre o l íquidos corporales.
Cuando los delantales plásticos sufren salpicaduras, se descontaminan con
hipoclorito de sodio al 10% durante 20 minutos, luego se lavan en forma habitual . -
Artículo 6º: PREVENIR LESIONES: deben usarse cuidadosamente; elementos
cortantes. Tanto cuando se usan como cuando se l impian o descartan. Se recomienda
uti l izar elementos descartables. -
Instrucciones para el descarte: los elementos cortantes de
cualquier t ipo, deben descartarse en recipi entes contenedores
rígidos, resistentes y seguros para su futuro transporte. Una vez
l lenos los contenedores se tapan herméticamente y se envían a
incinerar. -
Artículo 7º: SALUD DEL PERSONAL: los trabajadores de sepelios que presentan
lesiones exudativas o una dermatit is activa, deben abstenerse de una atención
directa de los cadáveres y de la manipulación de equipos de atención hasta la
remisión de sus lesiones. No se aconseja la manipulación de cadáveres con H.I.V.
(Virus de Inmunodeficiencia Humana) por parte de embarazadas. -
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Artículo 8º: USO DEL HIPOCLORITO DE SODIO (Lavandina):
I. Para l impieza de superficies (mesas, pisos, paredes, etc.) se
recomienda una concentración de hipoclorito al 1%. Para ello se
toman 125 cm3 de solución de hipoclorito y se diluyen en 10
l i tros de agua (normalmente el hipoclorito que se c onsigue en
los comercios comunes t iene una concentración de 40 gr. de
cloro activo por dm3, lo que se expresa comúnmente como del
40% o de 40 volúmenes). En caso de hipocloritos con mayores
concentraciones se debe realizar el calculo correspondiente
(consultar) . -
II. Para descontaminación de materiales y manchas de sangres se
recomienda una concentración de hipoclorito al 10%. Para ello
se toman 125 cm3 de solución de hipoclorito, y se diluye en 1
l i tro de agua. -
III. La solución de hipoclorito de sodio debe ser pre parada en el
momento y mantenerse en bidones o botellas opacas,
herméticamente tapadas y al resguardo de la luz, el calor y la
humanidad, ya que estos factores contribuyen a la inactivación
progresiva del producto. Por lo tanto se aconseja renovar las
soluciones en cada turno de trabajo. -
PARA TODOS LOS SECTORES: PREVENCIONES GENERALES PARA EL
CONTACTO CON LA SANGRE Y FLUIDOS CORPORALES
Artículo 9º: Siempre se deben adoptar precauciones, y muy especialmente cuando el
cadáver a tratar padece o presuntivamente, Hepati t is B, SIDA, Citomegalovirus u
otra enfermedad transmisible por sangre. -
En estos casos se uti l izaran carteles señaladores de aislamiento
en el área de trabajo indicando condición de área restringida para el personal que no
este afectado a la preparación de cadáveres. -
El personal encargado de la l impieza y desinfección del área de
trabajo deberá ser fehacientemente informado de la condición del cadáver (Hepati t is
B, SIDA, Citomegalovirus, Sífi l is, Chagas, Etc.) , para que extreme las precaucion es
cuando se conoce esta condición. -
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Artículo 10º: Los materiales descartables y los no descartables deben
descontaminarse en el área de trabajo en cubetas conteniendo Hipoclorito de Sodio
al 10%, durante 20 minutos. Otra alternativa para los descartables, por ejemplo
guantes, gasas, etc. es necesario desecharla s en bolsas rojas y rotuladas para su
incineración. -
Artículo 11º: Los elementos cortantes se descartan en tubos de paredes rígidas (por
ejemplo tubos vacíos de tela adhesiva), a los que se adosará a un costado la tapa
metálica para que no se pierda, cuando faltan dos o tres centímetros para su l lenado
total , se tapan y se fi jan con tela adhesiva, se rotula “elementos cortantes” y se
envían a incineración.-
Artículo 12º: ALTERNATIVAS: Ante la falta de tubos de cartón rígido, pueden
uti l izarse las botellas vacías de agua mineral o bidones (adosando la tapa a un
costado para que no se pierda); no deben cortarse sino uti l izarse tal cual son.
Cuando falten pocos centímetros para su l lenado se los debe introducir hipoclorito
de sodio al 10%, luego se tapan, se ro tulan y después de 20 minutos pueden ser
descartados en basura general (bolsas negras). Este procedimiento debe ser
considerado de emergencia ya que resulta mas seguro el descarte en tubos de cartón
rígido cuyo destino final es la incineración. -
Artículo 13º: El material de l impieza o todo aquel material descartable que haya
estado en contacto con el cadáver debe embolsarse (bolsa roja) y rotularse. Luego se
envía a incinerar. El personal recepcionante sepa como manejarlos .-
Artículo 14º: Las manchas de sangre se descontaminarán con hipoclorito de sodio al
10% después de 15 minutos se lavan en forma habitual . Las sabanas contaminadas
con sangre se enviarán a lavadero en bolsas cerradas (bolsa verde) y rotulada .-
Artículo 15º: Para manipulación de cadáveres se uti l izaran: guantes, delantal ,
barbijo y protección ocular (antiparras). En cada sector, el operador debe contar con
apoyo (personal auxil iar) y con los elementos necesarios de protección. -
RECOMENDACIONES PARA EL MANEJO DE ELEMENTOS CON SANGRE U
OTROS FLUIDOS CORPORALES
Artículo 16º: Uso de guantes: Para tareas con cadáveres y en todo momento que se
trabaje con sangre, se deberá evitar el contacto directo de la piel y mucosas con
sangre y l íquidos orgánicos; se debe lavar las manos con los guantes puestos. Al
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finalizar el turno de trabajo, los guantes se enviarán a esteri l izar para su
procesamiento. -
Artículo 17º: El personal de l impieza util izará guantes de bioseguridad: para la
realización de la tarea ya que es posible que sufran accidentes por punción o cortes.
Debe hacerse especial hincapié en la t oma de conciencia de todos los integrantes del
equipo, en el descarte de los elementos punzantes o cortantes que se manejan all í .
La mejor prevención depende de ello. -
Artículo 18º: Elementos cortantes o punzantes: Como se explicó anteriormente se
deberán colocar en contenedores de paredes rígidas (tubos de cartón, botellas
plásticas o bidones). Los tubos de cartón, una vez tapados y sel lados, se rotularán
“Elementos Cortantes – Punzantes – a Incineración”. En el caso de usarse bidones
plásticos, dada se capacidad contenedora se cambiarán una vez por semana. Antes
de colocarse la tapa se verterá hipoclorito de sodio al 10% y se rotulará “Elementos
Cortantes – Punzantes – Descontaminados” . -
Artículo 19º: Materiales no descartables: Colocar en cubetas con hipoclorito de
sodio al 10% dejándolos por lo menos durante 20 minutos. Recordar que el material
biológico y el t iempo van degradando el Hipoclorito de Sodio, por lo que conviene
recambiar la solución una vez por turno. -
Artículo 20º: Desechos l íquidos: Se descartarán en el desagüe del área de trabajo
previa desinfección con hipoclorito. Es conveniente adoptar como rutina verter un
choro de hipoclorito en cada boca de desagüe cada vez que se termina la tarea de
l impieza. -
Artículo 21º: En caso de derrame de sangre: Se vierte hipoclorito al 10% sobre la
mancha y restos de vidrio, se espera 15 minutos y luego se procede a la l impieza en
forma habitual . -
Artículo 22º: Accidentes laborales por corte o punción: Lavar la Zona con jabón
antiséptico, estimulando el sangrado y luego concurrir al Servicio de Medicina
Laboral y oficina de Personal para comunicar el accidente y para recibir
asesoramiento sobre la conducta a seguir. -
Artículo 23º: Para el personal que está en contacto con cadáveres, material
contaminado o basura: Debe practicar continuamente el lavado de sus manos con
jabón antiséptico, antes y después de ir al baño, para ingerir al imentos, para fumar y
el culminar las tareas. Siempre debe trabajar con guantes de bioseguridad. -
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Artículo 24º: El personal debe ducharse y cambiar su vestimenta cunado haya
estado trabajando en áreas contaminadas .-
Artículo 25º: El personal debe tener vacunación anti tetánica completa y refuerzo,
con una dosis cada 10 años, como asimismo su inmunización con Vacuna
Antihepati t is B.-
Artículo 26º: Código de bolsas de colores:
A. NEGRA: Chica (pañalera) - Mediana y Grande (Para cestos de
basura común).-
B. ROJA: Material contaminado para incinerar . -
C. VERDE: Ropa contaminada al lavadero .-
D. BLANCA: Ropa l impia.-
E. CELESTE: Ropa sucia al lavadero .-
Artículo 27º: Después de cada traslado la unidad uti l izada debe ser correctamente
desinfectada y los elementos que han estado en contacto con el cadáver deben ser
tratados como material contaminado .-
Artículo 28º: El área de trabajo no debe ser uti l izada como deposito de otros
materiales y herramientas que no sean las que no se uti l izan para el área .-
Artículo 29º: Los elementos de l impieza, escobas, escobil lones, secadores de piso,
esponjas, baldes, rej il las, trapos, etc. del área de trabajo deben ser para su uso
exclusivo. No deben uti l izarse estos elementos en otras áreas.-
CUMPLIR CON ESTAS NORMAS EVITA LA PROPAGACION DE
ENFERMEDADES INFECTOCONTAGIOSAS. PIENSE EN FORMA
SOLIDARIA. PROTEJA A SU FAMILIA. -
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