2168 - 12 Excepción al Código Urbano Sr. Luís Ehulech.pdf


Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 2168/12.-
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante






O R D E N A N Z A Nº 2168/2012



VISTO:
El Expte. Nº 2006/12 de fecha 15/08/2012 del registro del Departamento Ejecutivo


Municipal, y;




CONSIDERANDO




Que, a fs. 01 del Expte. consta Nota S/Nº de fecha 15/08/2012 presentada por el Sr.


Luis E. Ehuelech, D.N.I. Nº 16.842.677, mediante el cual solicita factibilidad para desarrollar


un proyecto de arquitectura destinado a un complejo deportivo en Lote 25 del Loteo “El


Hípico” y explica los motivos que fundamentan la solicitud de excepción.-




Que, a fs. 02 se adjunta croquis indicando la distribución de los edificios y espacios


exteriores.-




Que, en fojas 10 del Expte. consta informe técnico de fecha 17/10/2012, firmado por


el Arq. Alejandro J. Garcés, Subsecretario de Planeamiento Urbano Municipal, el cual expresa


que:
- “Cabe destacar que para la zona en cuestión los índices urbanísticos y los usos permitidos se


encuentran regulados por la Ordenanza Nº 1338/2006. De y de acuerdo a la mencionada norma, el


anteproyecto presentado cumple con la totalidad de los indicadores urbanísticos correspondientes, no


así con los usos permitidos, siendo que para los lotes 1 45, establece como uso complementario el de


Hosterías y Cabañas.


- Es necesario tener en cuenta que, más allá de que la norma mencionada, no contempla la posibilidad


de aprobar el tipo de uso solicitado (deportivo), este último no se contrapone de forma manifiesta con


los usos permitidos, siendo que la escala que posee se adecua a las características del barrio y sirve de


complemente las actividades que allí se realizan.


- Por otra parte, se debe expresar también que, el Artículo 2 de la Ordenanza Nº 1338/2006, establece


que para los puntos no mencionados en esta, se debe considerar lo establecido en la zonificación


AET2, la cual si contempla el uso deportivo.-


- Por lo tanto se considera positiva la posibilidad del otorgamiento de la excepción solicitada, mientras


que se cumple con los trámites municipales correspondientes.


- Se considera prudente otorgar la excepción, siempre y cuando se respeten la totalidad de los


requerimientos técnicos establecidos pro el Código Urbano y a su vez se cuente cien el aval escrito de


los vecinos linderos al terreno citado o Consejo de Administración, para la realización del Proyecto


presentado”.-




Que, atento dicho informe técnico, este Concejo Deliberante en Sesión Ordinaria de


fecha 24/10/2012 dictaminó en tratamiento sobre tablas y por unanimidad otorgar la excepción


solicitada, con el dictado de la norma legal pertinente.-













GUSTAVO EDGARDO CAÑICUL ANDREA SILVANA ROSSO


SECRETARIO LEGISLATIVO VICEINTENDENTE


CONCEJO DELIBERANTE PRESIDENTE CONCEJO DELIBERANTE
JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES






















Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 2168/12.-
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante






POR ELLO Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA CARTA


ORGÁNICA MUNICIPAL, EN SUS ARTÍCULOS 56º Y 57º Inc. “a”, EL CONCEJO


DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNÍN DE LOS ANDES, REUNIDO EN


SESIÓN ORDINARIA, SANCIONA CON FUERZA DE:




O R D E N A N Z A



ARTÍCULO 1º: OTÓRGASE: al Señor Luis Edgardo Ehuelech, D.N.I. Nº 16.842.677, una


excepción a la Ordenanza Nº 1338/2006 para la construcción de un complejo


deportivo en Lote 25 del Loteo “El Hípico”, según lo solicitado en Expte. del DEM Nº


2006/12 de fecha 15/08/2012, y conforme informe técnico de fecha 17/10/2012, elaborado por


el Arq. Alejandro J. Garcés, Subsecretario de Planeamiento Urbano.-




ARTÍCULO 2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal, para su promulgación;


y por su intermedio, envíese copia de la presente a la Secretaría de Obras y


Servicios Públicos y al presentante, para su conocimiento y efectos.-




ARTÍCULO 3º: Publíquese. Cumplido. Archívese.-




DADA EN LA SALA DE SESIONES “GENERAL JOSE DE SAN MARTÍN” DEL


CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNÍN DE LOS ANDES,


PROVINCIA DEL NEUQUEN, A LOS VEINTICUATRO DÍAS DEL MES DE


OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL DOCE, SEGÚN CONSTA EN ACTA Nº 1640/12.-











GUSTAVO EDGARDO CAÑICUL ANDREA SILVANA ROSSO


SECRETARIO LEGISLATIVO VICEINTENDENTE


CONCEJO DELIBERANTE PRESIDENTE CONCEJO DELIBERANTE
JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES