2945 - 19 Homologación de convenio entre Ampsas y Municipalidad.pdf


Municipalidad de Junín de los Andes
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante




O R D E N A N Z A Nº 2945/2019



VISTO: El Expte. C.D. Nº 10321/19 de fecha 30/07/2019 por Nota Externa Nº 302/19


firmada por el Sr. Intendente Municipal, Don Carlos A. Corazini, mediante la cual remite


Convenio celebrado la Asociación Mutual del Personal de la Subsecretaría de Acción Social


(AMPSAS) y la Municipalidad de Junín de los Andes, y;


CONSIDERANDO:


Que, mediante el citado Convenio la Municipalidad, se compromete a deducir de sus


remuneraciones mensuales a todos sus empleados, asociados a AMPSAS, los importes que los


mismos adeuden a la Mutual por cualquier concepto, de acuerdo a los informes que a tal efecto le


haga llegar AMPSAS.-


Que, sin perjuicio de lo establecido precedentemente, el descuento a efectuar por la


Municipalidad, en ningún caso el porcentaje de descuentos, estipulado por el concepto de consumo


superará el 20 %, más la cuota societaria que en todos los casos será mensual y de $ 410,00


(cuatrocientos diez pesos) a la fecha de la firma del presente convenio.-


Que, los informe corresponden a la deducciones a efectuar, más las altas y/o bajas de


asociados, según corresponda serán confeccionados por AMPSAS y remitidas a la Municipalidad


antes del 25 (veinticinco) de cada mes.-


Que, este Concejo Deliberante en Sesión Ordinaria de fecha 07/08/2019, conforme lo


establece el Artículo 57, Inc. “t”, de la Carta Orgánica Municipal, y de acuerdo al Despacho Nº


061/19 de la Comisión Interna de Labor Legislativa, resuelve homologar el convenio referenciado,


con el dictado de la norma legal correspondiente.-




POR ELLO Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA CARTA


ORGANIA MUNICIPAL, EN SUS ARTICULOS Nº 56 Y 57 Inc. a), EL CONCEJO


DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNIN DE LOS ANDES, REUNIDO EN SESION


ORDINARIA SANCIONA CON FUERZA DE:




O R D E N A N Z A

ARTÍCULO 1º: HOMOLÓGASE: el Convenio celebrado en fecha 29 de julio de 2019 entre


la Asociación Mutual del Personal de la Subsecretaría de Acción Social


(AMPSAS), representada por su Presidente, Sr. Eduardo Alfredo Bonet y su Secretaria Sra.


Catalina Montiel, y Municipalidad de Junín de los Andes, representada por el Señor Intendente


Municipal, Don Carlos A. Corazini.-


ARTÍCULO 2º: INCORPÓRASE: como Anexo I de la presente el Convenio mencionado en


el Artículo 1º, el cual consta de nueve (9) Cláusulas.-


ARTÍCULO 2º: Remítase la presente al Departamento Ejecutivo Municipal, a sus efectos. Una


vez promulgada, por su intermedio, envíese copia a la AMPSAS.-


ARTÍCULO 3º: Comuníquese. Publíquese. Cumplido. Archívese.-




DADA EN LA SALA DE SESIONES “GENERAL JOSE SAN MARTIN” DEL CONCEJO


DELIBERANTE DE JUNIN DE LOS ANDES, PROVINCIA DEL NEUQUEN, A LOS


SIETE DIAS DEL MES DE AGOSTO DEL AÑO DOS MIL DIECINUEVE, SEGÚN


CONSTA EN ACTA Nº 2022/19.-














CARLOS ALBERTO QUINTULÉN IGNACIO ENRIQUE FLORES
SECRETARIO LEGISLATIVO


CONCEJO DELIBERANTE
VICEINTENDENTE MUNICIPAL


PRESIDENTE


JUNÍN DE LOS ANDES CONCEJO DELIBERANTE
JUNÍN DE LOS ANDES