Municipalidad de Junín de los Andes
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante
O R D E N A N Z A Nº 2945/2019
VISTO: El Expte. C.D. Nº 10321/19 de fecha 30/07/2019 por Nota Externa Nº 302/19
firmada por el Sr. Intendente Municipal, Don Carlos A. Corazini, mediante la cual remite
Convenio celebrado la Asociación Mutual del Personal de la Subsecretaría de Acción Social
(AMPSAS) y la Municipalidad de Junín de los Andes, y;
CONSIDERANDO:
Que, mediante el citado Convenio la Municipalidad, se compromete a deducir de sus
remuneraciones mensuales a todos sus empleados, asociados a AMPSAS, los importes que los
mismos adeuden a la Mutual por cualquier concepto, de acuerdo a los informes que a tal efecto le
haga llegar AMPSAS.-
Que, sin perjuicio de lo establecido precedentemente, el descuento a efectuar por la
Municipalidad, en ningún caso el porcentaje de descuentos, estipulado por el concepto de consumo
superará el 20 %, más la cuota societaria que en todos los casos será mensual y de $ 410,00
(cuatrocientos diez pesos) a la fecha de la firma del presente convenio.-
Que, los informe corresponden a la deducciones a efectuar, más las altas y/o bajas de
asociados, según corresponda serán confeccionados por AMPSAS y remitidas a la Municipalidad
antes del 25 (veinticinco) de cada mes.-
Que, este Concejo Deliberante en Sesión Ordinaria de fecha 07/08/2019, conforme lo
establece el Artículo 57, Inc. “t”, de la Carta Orgánica Municipal, y de acuerdo al Despacho Nº
061/19 de la Comisión Interna de Labor Legislativa, resuelve homologar el convenio referenciado,
con el dictado de la norma legal correspondiente.-
POR ELLO Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA CARTA
ORGANIA MUNICIPAL, EN SUS ARTICULOS Nº 56 Y 57 Inc. a), EL CONCEJO
DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNIN DE LOS ANDES, REUNIDO EN SESION
ORDINARIA SANCIONA CON FUERZA DE:
O R D E N A N Z A
ARTÍCULO 1º: HOMOLÓGASE: el Convenio celebrado en fecha 29 de julio de 2019 entre
la Asociación Mutual del Personal de la Subsecretaría de Acción Social
(AMPSAS), representada por su Presidente, Sr. Eduardo Alfredo Bonet y su Secretaria Sra.
Catalina Montiel, y Municipalidad de Junín de los Andes, representada por el Señor Intendente
Municipal, Don Carlos A. Corazini.-
ARTÍCULO 2º: INCORPÓRASE: como Anexo I de la presente el Convenio mencionado en
el Artículo 1º, el cual consta de nueve (9) Cláusulas.-
ARTÍCULO 2º: Remítase la presente al Departamento Ejecutivo Municipal, a sus efectos. Una
vez promulgada, por su intermedio, envíese copia a la AMPSAS.-
ARTÍCULO 3º: Comuníquese. Publíquese. Cumplido. Archívese.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES “GENERAL JOSE SAN MARTIN” DEL CONCEJO
DELIBERANTE DE JUNIN DE LOS ANDES, PROVINCIA DEL NEUQUEN, A LOS
SIETE DIAS DEL MES DE AGOSTO DEL AÑO DOS MIL DIECINUEVE, SEGÚN
CONSTA EN ACTA Nº 2022/19.-
CARLOS ALBERTO QUINTULÉN IGNACIO ENRIQUE FLORES
SECRETARIO LEGISLATIVO
CONCEJO DELIBERANTE
VICEINTENDENTE MUNICIPAL
PRESIDENTE
JUNÍN DE LOS ANDES CONCEJO DELIBERANTE
JUNÍN DE LOS ANDES