3188 - 21 Otorgar 30% descuento Tasa Patente Expte. D.E.M. Nº 2812-21.pdf


Municipalidad de Junín de los Andes Ordenanza Nº 3188/2021
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante






O R D E N A N Z A Nº 3188/2021



VISTO:
El Expte. del D.E.M. Nº 2812/21, de fecha 15/09/2021, registro del Departamento


Ejecutivo Municipal, y;


CONSIDERANDO:


Que, el Sr. Borguese Horacio Francisco solicita se lo exima de pagos de patente


automotor;


Que, la solicitud se basa en su condición de discapacidad, conforme certificado


adjunto, el que tiene fecha de vencimiento el 01/02/2031;


Que, en correlato a lo peticionado, es de citar la Ley Nacional N° 1634, a la que este


Municipio adhiere en su totalidad, y la que establece: Instituyese -por la presente Ley- un


régimen de protección integral para la persona discapacitada, tendiente a asegurarle atención


médica, educación, seguridad social, beneficios, franquicias y estímulos que le permitan


neutralizar su discapacidad y le den oportunidad de desempeñarse en la sociedad con el mayor


margen de integración y armonía.;


Que, conforme lo antes expresado se ha dispuesto otorgar un descuento sobre las tasas


de impuestos retributivos y patente de automotor a las personas con discapacidad diferente


equivalente a un 30%;


Que, analizado el expediente mencionado y en virtud a las normativas vigentes, este


Concejo Deliberante en Sesión Ordinaria de fecha 20/10/2021, conforme al Despacho Nº 047/21


de la Comisión Interna de Economía, aprobado por unanimidad, se dicta la norma legal


pertinente.-




POR ELLO Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA CARTA


ORGÁNICA MUNICIPAL, ARTÍCULO 56º Y ARTÍCULO 57º, INCISO a), EL CONCEJO


DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNIN DE LOS ANDES, REUNIDO EN SESIÓN


ORDINARIA, SANCIONA CON FUERZA DE:


O R D E N A N Z A:


ARTÍCULO 1º: OTÓRGASE: al Sr. BORGUESE Horacio Francisco, DNI N° 14.853.661, un


descuento del 30% (treinta por ciento) en concepto de tasas de patente


automotor dominio EJJ500 VW GOL COUNTRY 1.6- AÑO 2004, conforme planillas obrantes


y antecedentes en expediente N° 2812/21.-


ARTÍCULO 2º: ESTABLÉCESE: que el descuento otorgado en el artículo anterior tiene


vigencia a partir de su promulgación, y hasta el lapso de un (1) año.-


ARTÍCULO 3º: REMÍTASE: la presente al Departamento Ejecutivo Municipal, una vez


promulgada, por su intermedio, envíese copia de la presente al interesado.-


ARTÍCULO 4º: Comuníquese. Publíquese. Cumplido. Archívese.-


DADA EN LA SALA DE SESIONES “GENERAL JOSE SAN MARTIN” DEL CONCEJO


DELIBERANTE DE JUNIN DE LOS ANDES, PROVINCIA DEL NEUQUEN, A LOS


VEINTE DÍAS DEL MES DE OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL VEINTIUNO, SEGÚN


CONSTA EN ACTA Nº 2130/21.-











LAURA ESTER RIFFO CARLOS ALBERTO QUINTULÉN
SECRETARIA LEGISLATIVA VICEPRESIDENTE
CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE


JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES