Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 3473/2023.-
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante
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O R D E N A N Z A Nº 3473/2023
VISTO: El Expediente C.D. Nº 11.714/23 de fecha 17/10/2023, iniciado por los Concejales del
Bloque de Frente de Todos, mediante el cual solicitan adhesión a Ley Provincial Nº
3484, sancionada por la Legislatura de la Provincia del Neuquén en fecha 15 de junio de 2023,
y;
CONSIDERANDO:
Que, el Artículo 1º de la Ley 3484, establece: “Se modifica el artículo 10.o de la Ley
2178, que adhiere a la Ley nacional 24 449, de tránsito, el que queda redactado de la siguiente
manera: Artículo 10° Queda prohibido conducir con impedimentos físicos o psíquicos, sin la
licencia especial correspondiente o habiendo consumido estupefacientes o medicamentos que
disminuyan la aptitud para hacerlo. Asimismo, queda prohibido conducir cualquier tipo de
vehículos con una alcoholemia superior a cero (0) miligramos por litro de sangre. La autoridad
competente debe realizar el respectivo control mediante el método aprobado a tal fin por el
organismo sanitario”.-
Que, la citada Ley en su Artículo 2º establece que: “Se crea el Programa Provincial
Alcohol Cero, por el cual el Poder Ejecutivo provincial debe diseñar e implementar campañas
de sensibilización, concientización y prevención con el asesoramiento e intervención de las
organizaciones de la sociedad civil con personería jurídica cuyo objeto social se relacione
directamente a concientizar y prevenir siniestros viales causados como consecuencia del
consumo de alcohol”.-
Que, a través del Artículo 3º de la misma: “Se faculta al Poder Ejecutivo para suscribir
con los municipios y comisiones de fomento de la provincia los convenios necesarios, a efectos
de operativizar las disposiciones de esta ley”.-
Que, en el Artículo 4º se invita a los municipios a adherir a la presente ley.-
Que, la implementación del programa apunta a disminuir al máximo los siniestros
viales relacionados al consumo de alcohol que conllevan consecuencias extremadamente graves
o fatales.-
Que, según datos estadísticos referente a esta temática dan cuenta que el 15.2% de la
población mayor de 18 años manejó un vehículo habiendo bebido alcohol al menos una vez en
los últimos 30 días, mientras que el 25.1% de los conductores siniestrados declaró consumir
alcohol en las horas previas al siniestro.
LAURA ESTER RIFFO CARLOS ALBERTO QUINTULÉN
SECRETARIA LEGISLATIVA VICEPRESIDENTE
CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE
JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES
A/C DE PRESIDENCIA
Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 3473/2023.-
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante
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Que, este Concejo Deliberante en Sesión Ordinaria de fecha 01/11/2023, conforme al
Despacho Nº 65/23 de la Comisión Interna de Labor Legislativa, resuelve por unanimidad
adherir a la Ley Nº 3484, con el dictado de la norma legal pertinente.-
POR ELLO Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA CARTA
ORGÁNICA MUNICIPAL, ARTÍCULO 56º Y ARTÍCULO 57º, Inciso a), EL CONCEJO
DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNIN DE LOS ANDES, REUNIDO EN SESIÓN
ORDINARIA, SANCIONA CON FUERZA DE:
O R D E N A N Z A
ARTICULO 1º: SE ADHIERE: a la Ley Provincial Nº 3484, sancionada por la Legislatura de
la Provincia del Neuquén en fecha 15 de junio de 2023, por la cual se crea el
“Programa Provincial Alcohol Cero”, promulgada por el Poder Ejecutivo Provincial
mediante Decreto Nº 1240 de fecha 23 de junio de 2023.-
ARTICULO 2º: COMUNÍQUESE: la presente al Departamento Ejecutivo Municipal.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES “GENERAL JOSÉ DE SAN MARTÍN” DEL
CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNÍN DE LOS ANDES, AL
PRIMER DÍA DEL MES DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL VEINTITRÉS,
SEGÚN CONSTA EN ACTA Nº 2336/23.-
LAURA ESTER RIFFO CARLOS ALBERTO QUINTULÉN
SECRETARIA LEGISLATIVA VICEPRESIDENTE
CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE
JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES
A/C DE PRESIDENCIA