1529 - Aprobación Ampliación Linea Pio Protto - Junin de los Andes.pdf


Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 1529/07.-
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante


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O R D E N A N Z A Nº 1529/2007



VISTO:
El Expte. Administrativo Nº 1821 “A” de fecha 13/09/2007 del registro del


Departamento Ejecutivo Municipal iniciado por el Ing. Alejandro Nicola Gerente


General A/C del EPEN, mediante el cual remite Proyecto de “Ampliación Línea 33 Kv Pio


Protto – Junín de los Andes y Alimentadores”, y;




CONSIDERANDO:




Que, se presenta el Informe Ambiental del proyecto de referencia con la finalidad


que dé trámite a la solicitud de evaluación y emisión de la correspondiente Licencia


Ambiental.-


Que, el Informe Ambiental ha sido elaborado por Geocomahue, y está constituido


por 77fs. en un tomo, por:


 Informe Ambiental del Proyecto de Proyecto de “Ampliación Línea 33 Kv Pio Protto –
Junín de los Andes y Alimentadores” incluye Plan de Gestión Ambiental.


 Anexo con documentación y fotos.-


Que, a fs. 02 y 03, figura dictamen de fecha 27/09/2007 de los Asesores de la


Secretaría de Planificación, Producción y Turismo, mediante la cual informan las


consideraciones y observaciones realizadas al EIA presentado oportunamente por el EPEN


para la instalación de una subestación transformadora en el Parque Industrial de la localidad y


el correspondiente tendido de red de media tensión.-


Que, mediante Nota Nº 388/07 de fecha 18/10/2007 de la Secretaría de Planificación,


Producción y Turismo, obrante a fs. 04, se remite a GEOCOMAHUE, el informe elaborado


por los Asesores de la citada Secretaría, solicitándole las correcciones y precisiones


solicitadas.-


Que, mediante Nota S/Nº en fecha 31/10/2007 firmada por el Ing. Arturo Horacio


López Raggi, Coordinador de los Informe Ambientales de GEOCOMAHUE, responde a Nota


Nº 388/07 de fecha 18/10/2007 de la Secretaría de Planificación, Producción y Turismo,


adjuntando Addenda del Informe Ambiental: “Ampliación Línea 33 Kv Pio Protto – Junín de


los Andes y Alimentadores” y anexo (fs. 05 a 11).-


Que, el Expte. del D.E.M. Nº 1821/07 fue enviado a este Concejo Deliberante por


Nota Nº 418/07 de fecha 05/11/2007 del Departamento Ejecutivo Municipal, fs. 12, para su


consideración, solicitando pronto despacho a fin de emitir factibilidad para el inicio de las


obras.-


Que, a fs. 13 consta Nota Nº 411/07 de fecha 07/11/2007 firmada por el Sr.


Secretario de Planificación, Producción y Turismo, Téc. Amb. Ricardo Méndez, mediante la


cual informa que luego de analizado el Expte. Nº 1821/07 y tras las correcciones presentadas,


no se encuentran objeciones en el mencionado estudio, dejando a consideración de Cuerpo


Deliberativo la aprobación definitiva del mismo a los efectos de enviar autorización al EPEN


para el inicio de las obras.-













ALADINO ALTAMIRANO NÉSTOR JUAN MONDINO


SECRETARÍO LEGISLATIVO A/C VICEPRESIDENTE
CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE


JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES
A/C DE PRESIDENCIA










Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 1529/07.-
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante


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Que, mediante Nota Nº 636/07 C.D.J.A. de fecha 12/11/2007, fs. 14, se solicitó al


Dr. Saúl A. Castañeda, Asesor Jurídico del Concejo Deliberante, dictamen legal sobre el


Expte. Nº 1821/07 “A”.-




Que, a fs. 15 figura dictamen de fecha 14/11/2007 firmado por el Dr. Saúl A.


Castañeda, Asesor Jurídico del Concejo Deliberante, donde manifiesta que la factibilidad no


tiene objeción jurídica, que sólo quedará supeditado a la decisión del Cuerpo tome respecto de


las consideraciones de oportunidad y conveniencia que pondere.-


Que, en vista de lo expuesto, este Concejo Deliberante en Sesión Ordinaria de fecha


28/11/2007, conforme lo establecido en Despacho Nº 129/2007, emitido por la Comisión de


Obras y Servicios Públicos, resuelve por unanimidad dar viabilidad a la obra de referencia.-


Que, se debe sancionar la norma correspondiente.-




POR ELLO Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA CARTA


ORGÁNICA DE LA CIUDAD DE JUNÍN DE LOS ANDES, EN SU ARTÍCULO 56 y


ARTÍCULO 57 Inc. a), EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNÍN DE


LOS ANDES, REUNIDO EN SESIÓN ORDINARIA, SANCIONA CON FUERZA DE:




O R D E N A N Z A



ARTÍCULO 1º: OTORGASE viabilidad al Proyecto de “Ampliación Línea 33 Kv Pio


Protto – Junín de los Andes y Alimentadores”, conforme documentación


obrante en Expte. del D.E.M. Nº 1821 “A” de fecha 13/09/2007.-




ARTÍCULO 2º: DESE para la promulgación del Departamento Ejecutivo Municipal y por su


intermedio al EPEN y a las Secretarías Municipales que correspondan, para


su conocimiento y efectos.-




ARTÍCULO 3º: PUBLÍQUESE en el Boletín Oficial de la Provincia del Neuquén


(Conforme Cláusula Complementaria y Transitoria Nº 2 Inc. “c” de la Carta


Orgánica Municipal).-




ARTÍCULO 4º: Refrendará la presente el Señor Secretario Legislativo A/C, Concejal


Aladino Altamirano.-




DADA EN LA SALA DE SESIONES “GENERAL JOSE SAN MARTIN” DEL


CONCEJO DELIBERANTE DE JUNIN DE LOS ANDES, PROVINCIA DEL


NEUQUEN, A LOS VEINTICOCHO DÍAS DEL MES DE NOVIEMBRE DEL AÑO


DOS MIL SIETE, SEGÚN CONSTA EN ACTA Nº 1353/07.-













ALADINO ALTAMIRANO NÉSTOR JUAN MONDINO


SECRETARÍO LEGISLATIVO A/C VICEPRESIDENTE
CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE


JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES
A/C DE PRESIDENCIA