3299 - 22 Otorgar 10% descuento Tasa Servicios Retributivos al Sr. García Nernardo Expte. Nº 1480-22.pdf


Municipalidad de Junín de los Andes
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante






O R D E N A N Z A Nº 3299/2022



VISTO:
El Expte. D.E.M. Nº 1480, de fecha 27/04/2022, y;




CONSIDERANDO:




Que, el Expte. mencionado contiene solicitud de renovación de beneficio por jubilación


sobre impuestos municipales por parte del Sr. García Bernardo, M7.561.891.-




Que, lo establecido en el Código Tributario Municipal en su Título IX: exenciones


tributarias y otras liberalidades – Capítulo I: exenciones- Art. 114º): Trámite. El trámite para el


otorgamiento de las exenciones se iniciará a partir de la presentación de una solicitud expresa y


por escrito del contribuyente, en la mesa de entrada del Municipio que tendrá el carácter de


declaración jurada, este realizará un informe social a través del área competente y luego se girará


al Concejo Deliberante para el dictado de la normativa correspondiente y el Art. 10°: Beneficios


y Descuentos establecido en Tarifaria Municipal.




Que, analizados todos los antecedentes obrantes y en virtud a las normativas vigentes,


este Concejo Deliberante en Sesión Ordinaria de fecha 03/08/2022, conforme al Despacho Nº


046/22 de la Comisión Interna de Economía, aprobado por unanimidad, se dicta la norma legal


pertinente.-




POR ELLO Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA CARTA


ORGÁNICA MUNICIPAL, ARTÍCULO 56º Y ARTÍCULO 57º, INCISO a), EL


CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNIN DE LOS ANDES, REUNIDO


EN SESIÓN ORDINARIA, SANCIONA CON FUERZA DE:




O R D E N A N Z A:


ARTÍCULO 1º: SE OTORGA: un descuento del 10% (diez porcientos) en concepto de Tasas


por Servicios a la Propiedad e Inmueble al Sr. GARCIA BERNARDO –


M7.561.891, del inmueble identificado con el N° 371, ubicado en calle Córdoba 276 del Barrio


Primeros Pobladores.-




ARTÍCULO 2º: SE ESTABLECE: que el descuento otorgado en el Artículo 1º de la presente,


tiene vigencia a partir de su promulgación, y hasta el lapso de un (1) año.-




ARTÍCULO 3º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal, a sus efectos.




DADA EN LA SALA DE SESIONES “GENERAL JOSE DE SAN MARTIN” DEL


CONCEJO DELIBERANTE DE JUNIN DE LOS ANDES, PROVINCIA DEL NEUQUEN,


A LOS TRES DÍAS DEL MES DE AGOSTO DEL AÑO DOS MIL VEINTIDOS, SEGÚN


CONSTA EN ACTA Nº 2166/22.-















LAURA ESTER RIFFO CARLOS ALBERTO QUINTULÉN
SECRETARIA LEGISLATIVA VICEPRESIDENTE
CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE


JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES
A/C DE PRESIDENCIA