Municipalidad de Junín de los Andes
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante
O R D E N A N Z A Nº 2295/2013
VISTO: La Nota Nº 383/2013 de la Intendencia Municipal de fecha 18-09-13, firmada por el Sr.
Intendente Municipal, Don Juan Domingo Linares, remite Acuerdo de Cooperación entre el
Ministerio de Desarrollo Territorial de la Provincia y la Municipalidad de Junín de los Andes, en el marco
de la Ordenanza Nº 1876/10, por la cual este Municipio adhiere a la Ley Nº 2660 “Régimen de
regularización dominial”, y;
CONSIDERANDO:
Que, dicho documento fue suscripto por las partes en fecha 10/09/2013, con el objeto de
desarrollar entre el Ministerio y la Municipalidad acciones concretas y en conjunto en el marco de la Ley
Provincial Nº 2660, Decreto Reglamentario Nº 728/10 y Ley modificatoria Nº 2746, rigiéndose por la
cláusulas que el Acuerdo propone.-
Que, la Cláusula Primera del ACUERDO de COOPERACIÓN expresa: La Municipalidad pone
a disposición la Unidad Local de Registración Dominial en un todo y en conformidad a los determinado
por Resolución Nº 596/11, con el único fin de dar operatividad a las previsiones de las Leyes Nacionales
24374 y su modificatoria 25797 y Ley Provincial 2660.-
Que, la Cláusula Segunda expresa que: El Ministerio elaborará un instructivo en el cual se
establecerá el procedimiento a seguir. La Resolución Nº 596/11 de La Municipalidad servirá como
complemento a lo establecido en el instructivo enunciado precedentemente.-
Que, la Cláusula Tercera expresa que: Las partes firmantes dejan expresamente aclarado, que
toda adhesión efectuada por terceros a la regularización dominial y que corresponda al Departamento
Huiliches, deberá contar con el visto de La Municipalidad. De igual forma El Ministerio, podrá dejar sin
efecto la tramitación de cualquier adhesión si considera que no están dadas las condiciones técnicas o
legales para la prosecución del Expediente.-
Que, atento al tratamiento sobre tablas de la Sesión Ordinaria de fecha 25-09-13, aprobado por
unanimidad, este Concejo Deliberante resuelve homologar el citado Acuerdo de Cooperación, con el
dictado de la presente norma.-
POR ELLO Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGÁNICA
MUNICIPAL, EN SUS ARTÍCULOS 56º Y 57º Inc. “a”, EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA
CIUDAD DE JUNÍN DE LOS ANDES, REUNIDO EN SESIÓN ORDINARIA, SANCIONA CON
FUERZA DE:
O R D E N A N Z A
ARTÍCULO 1º: RATIFÍCASE: el Acuerdo de Cooperación en el Marco de la Ley Provincial 2660,
Decreto Reglamentario Nº 728/10 y Ley modificatoria 2746, suscripto entre el
Ministerio de Desarrollo Territorial de la Provincia del Neuquén, representado por su titular, Prof. Elso
Leandro Bertoya y la Municipalidad de Junín de los Andes, representada por el Sr. Intendente Municipal,
Don Juan Domingo Linares, el que forma parte de la presente como Anexo I.-
ARTÍCULO 2º: REMITASE: al Departamento Ejecutivo Municipal. Una vez promulgada, por su
intermedio, envíese copia al Gobierno de la Provincia del Neuquén.-
ARTÍCULO 3º: Comuníquese. Publíquese. Cumplido. Archívese.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES “GENERAL JOSE SAN MARTIN” DEL CONCEJO
DELIBERANTE DE JUNIN DE LOS ANDES, PROVINCIA DEL NEUQUEN, A LOS
VEINTICINCO DÍAS DEL MES DE SETIEMBRE DEL AÑO DOS MIL TRECE, SEGÚN
CONSTA EN ACTA Nº 1.692/13 – EXPTE. C.D. Nº 6878/13.-
GUSTAVO EDGARDO CAÑICUL CARLOS TEOBALDO VIVEROS
SECRETARIO LEGISLATIVO VICEPRESIDENTE
CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE
JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES
A/C DE PRESIDENCIA