Municipalidad de Junín de los Andes
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante
O RD E N A N Z A Nº 2937/2019
VISTO: El Expte. C.D. Nº 10271/19 de fecha 24/06/2019 iniciado por el Ejecutivo Municipal,
que el mismo contiene Convenio suscripto en fecha 14/06/2019 entre la Municipalidad
de Junín de los Andes y la Empresa AGROVIAL SUR S.A., y;
CONSIDERANDO:
Que, mediante el mismo la Municipalidad autoriza a la Empresa a utilizar un espacio de
terreno ubicado en el Porque Industrial identificado como Lote 8 Mza 116 y por un tiempo total
de cinco (5) meses, a partir de la firma del presente.-
Que, el inmueble municipal asignado en préstamo a la Empresa tiene como objeto
disponer de un lugar para el resguardo de maquinarias y equipos que a misma pondrá a
disposición de la obra “Ampliación Red de Gas Natural para el barrio Nehuén Che”.-
Que, como contraprestación de lo establecido anteriormente la Empresa se compromete
a realizar mantenimiento de las calles del Parque Industrial, con maquinarias propias de la
empresa según plan de trabajo elaborado por la Secretaría de Obras, servicios Públicos y
Planeamiento Urbano de la Municipalidad y/o Dirección del Parque Industrial.-
Que, este Concejo Deliberante conforme al Despacho Nº 032/19 de la Comisión Interna
de Economía, aprobado por unanimidad en Sesión Ordinaria de fecha 31/07/2019 y en el marco
de las facultades conferidas por la Carta Orgánica Municipal – Capítulo III Concejo Deliberante-
Art. 57°, Inciso “t”, resuelve por unanimidad homologar el Convenio antes mencionado, con el
dictado de la presente ordenanza.-
POR ELLO Y USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERA LA CARTA ORGÁNICA
MUNICIPAL EN SUS ARTÍCULOS 56 Y 57 Inc. “a”, EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA
CIUDAD DE JUNIN DE LOS ANDES, REUNIDO EN SESION ORDINARIA SANCIONA
CON FUERZA DE:
O R D E N A N Z A:
ARTÍCULO 1º: HOMOLÓGASE: el Convenio suscripto en fecha 14 de junio de 2019 entre la
Municipalidad de Junín de los Andes y la firma AGROVIAL SUR S.A., el cual
consta de nueve (9) Cláusulas e integra la como Anexo I, donde se establecen y convienen las
condiciones para que la Empresa utilice un espacio de terreno ubicado en el Parque Industrial
identificado como Lote 8- Manzana 116, por un tiempo total de cinco (5) meses, a partir de la
firma del presente.-
ARTÍCULO 2º: Remítase la presente al Departamento Ejecutivo Municipal y por su
intermedio notifíquese de la misma a la firma AGROVIAL SUR S.A.-
ARTÍCULO 4º: Comuníquese. Publíquese. Cumplido. Archívese.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES “GENERAL JOSÉ DE SAN MARTÍN” DEL CONCEJO
DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNÍN DE LOS ANDES, A LOS TREINTA Y UN DÍAS
DEL MES DE JULIO DEL AÑO DOS MIL DIECINUEVE, SEGÚN CONSTA EN ACTA Nº
2021/19.-
CARLOS ALBERTO QUINTULÉN CARLOS RIVERA MALDONADO
SECRETARIO LEGISLATIVO VICEPRESIDENTE
CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE
JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES
A/C DE PRESIDENCIA