Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 2257/13.-
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante
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O R D E N A N Z A Nº 2257/2013
VISTO: El Expte. C.D. Nº 6290/12 de fecha 10/09/12; y la necesidad de establecer un
ordenamiento para el tránsito vehicular en calles y/o pasajes angostos de nuestra
ciudad, y;
CONSIDERANDO:
Que, mediante Nota Nº 036/12 los Concejales Chañapi Víctor y Morales Marisa del
Bloque F.P.V solicitan al Ejecutivo Municipal relevamiento de calles y/o pasajes angostos de
nuestra ciudad.-
Que, con fecha 25/10/12, el Arq. Alejandro Garcés, Subsecretario de Planeamiento
Urbano eleva Nota S/Nº en la que informa lo solicitado en cuanto a calles angostas de la
localidad, enunciando las siguientes: Pasaje Pudú- Pudú, Calles: Amancay, las Bandurrias, los
Zorzales, Clara Britos, María Rivera, Santa Fe, Reconquista, Berta Espinos y Héctor Mutio.-
Que mediante nota Nº 015/2013 de fecha 09/05/13, la Concejal Morzenti Mariana
propone agregar nuevas calles y pasajes que no están incluidos en el informe del ejecutivo y
que por tratarse de calles angostas y por su cercanía a Centros médicos y establecimientos
educativos merecen ser incorporados para su tratamiento.-
Que, mediante Ordenanza Nº 1902/2010, se cambia el sentido de circulación
vehicular (mano única) de las calles Boulevard Juan Manuel de Rosas, 9 de Julio, Ejército
Argentino y Julio Argentino Roca; respetando el sentido de la Ruta Nacional Nº 234 (Actual
Ruta Nacional Nº 40).-
Que, mediante Ordenanza Nº 1997/2011 se aprobaron cambios de sentidos de
circulación vehicular en Barrio Primeros Pobladores debido al ancho reducido de algunas
calles de ese barrio y la instalación de semáforos sobre Ruta Nacional Nº 40.-
Que, de manera progresiva se pretende agilizar el tránsito y dar un ordenamiento y
mayor seguridad vial a conductores y peatones.-
Que, la dinámica del tránsito hace necesario permanentemente establecer
modificaciones a los sentidos de calles y/o pasajes de la ciudad, tendientes a coordinar
distintas acciones con el objetivo de dotar mayor seguridad vial a los vecinos.-
POR ELLO Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA CARTA
ORGANICA MUNICIPAL, EN SUS ARTICULOS Nº 56 Y 57 Inc. a), EL CONCEJO
DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNIN DE LOS ANDES, REUNIDO EN
SESION ORDINARIA SANCIONA CON FUERZA DE:
O R D E N A N Z A
ARTÍCULO 1º:APRUÉBASE: los cambios de sentido de circulación vehicular de las calles
y/o pasajes que a continuación se detallan, a saber:
GUSTAVO EDGARDO CAÑICUL ANDREA SILVANA ROSSO
SECRETARIO LEGISLATIVO VICEINTENDENTE
CONCEJO DELIBERANTE PRESIDENTE CONCEJO DELIBERANTE
JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES
Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 2257/13.-
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BARRIO PRIMEROS POBLADORES:
Berta Espinos: desde Calle Namuncurá hasta su intersección con calle Julio Argentino
Roca dirección Oeste - Este, permitiéndose el estacionamiento en forma paralela al
cordón que da a la Dirección sur (mano Derecha).
17 de Octubre: desde calle Julio Argentino Roca hasta su intersección con calle
Namuncurá dirección Este- Oeste, permitiéndose el estacionamiento en forma paralela
al cordón que da en dirección norte (mano Derecha).
Los Notros: desde Calle Namuncurá hasta su intersección con calle Julio Argentino
Roca dirección Oeste- Este, permitiéndose el estacionamiento en forma paralela al
cordón que da a la Dirección sur (mano Derecha).
Los Maitenes: desde calle Julio Argentino Roca hasta su intersección con calle
Namuncurá dirección Este- Oeste, permitiéndose el estacionamiento en forma paralela
al cordón que da en dirección norte (mano Derecha).
Pasaje 2 de Abril: desde la calle Mendoza hasta su intersección con Avenida
Antártida Argentina circulación Sur- Norte permitiéndose el estacionamiento en forma
paralela al cordón que da a la Dirección Este (mano Derecha).-
Mariano Moreno: desde la Avenida Antártida Argentina hasta su intersección con la
calle Héctor Mutio circulación Norte- Sur, permitiéndose el estacionamiento en forma
paralela al cordón que da en dirección Oeste (mano derecha)
Sargento Mayor Vidal: desde la calle Córdoba hasta su intersección con la Avenida
Antártida Argentina circulación Sur- Norte, permitiéndose el estacionamiento en forma
paralela al cordón que da a la Dirección Este (mano Derecha).
Manuel Belgrano: desde la Avenida Antártida Argentina hasta su intersección con la
calle Héctor Mutio circulación Norte-Sur, permitiéndose el estacionamiento que da a
la dirección Oeste (mano Derecha).
Eva Duarte: desde calle Héctor Mutio hasta su intersección con Avenida Antártida
Argentina circulación Sur-Norte, permitiéndose el estacionamiento en forma paralela
al cordón Este (mano Derecha).
BARRIO PROVINCIAL:
Santa Fe: desde la calle Pedro Illera hasta su intersección con calle Entre Ríos circulación Sur-
Norte, permitiéndose el estacionamiento en forma paralela al cordón Este (mano Derecha).
Reconquista: desde la calle Entre Ríos hasta su intersección con calle Pedro Illera circulación
Norte-Sur, permitiéndose el estacionamiento en forma paralela al cordón Oeste (mano
Derecha).
GUSTAVO EDGARDO CAÑICUL ANDREA SILVANA ROSSO
SECRETARIO LEGISLATIVO VICEINTENDENTE
CONCEJO DELIBERANTE PRESIDENTE CONCEJO DELIBERANTE
JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES
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BARRIO LONQUIMAY:
Amancay: desde la calle San Martín hasta su intersección con calle Don Bosco circulación
Oeste-Este, permitiéndose el estacionamiento en forma paralela al cordón Sur (mano
Derecha).
ARTÍCULO 2: EXCEPTÚASE: de lo detallado en el Artículo anterior la calle Domingo
Faustino Sarmiento, la cual tendrá doble sentido de circulación por contar con
una porción de boulevard entre calles Córdoba y Av. Antártida Argentina; tomándose como
sentido Sur-Norte desde Avenida Los Pehuenes hasta Antártida Argentina, permitiéndose el
estacionamiento en forma paralela al cordón Este (mano Derecha); y sentido Norte-Sur desde
Antártida Argentina hasta Avenida Los Pehuenes, permitiéndose el estacionamiento en forma
paralela al cordón Oeste (mano Derecha).
ARTÍCULO 3: ESTABLÉCESE: un período de sesenta (60) días corridos, a partir de la
promulgación de la presente, para su aplicación. Período de tiempo en el cual
se deberá realizar amplia difusión de estos cambios y proceder a la señalización de todas las
trazas mencionadas conforme a cartelerías con señales viales vigentes.-
ARTÍCULO 4º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal; a sus efectos.-
ARTÍCULO 5º:DESE a publicidad por los medios orales y escritos de la localidad.-
ARTÍCULO 6º: Comuníquese Publíquese. Cumplido .Archivo.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES “GENERAL JOSE SAN MARTIN” DEL
CONCEJO DELIBERANTE DE JUNIN DE LOS ANDES, PROVINCIA DEL
NEUQUEN, A LOS CINCO DIAS DEL MES DE JUNIO DEL AÑO DOS MIL TRECE,
SEGÚN CONSTA EN ACTA Nº 1672/13.-
GUSTAVO EDGARDO CAÑICUL ANDREA SILVANA ROSSO
SECRETARIO LEGISLATIVO VICEINTENDENTE
CONCEJO DELIBERANTE PRESIDENTE CONCEJO DELIBERANTE
JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES