3108 - 21 Excepción Artículo 87 Ordenanza Nº 251-91 Corfone S.A. autorización quema controlada.pdf


Municipalidad de Junín de los Andes
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante




O R D E N A N Z A Nº 3108/2021


VISTO: El Expte. C.D. Nº 10882/21 de fecha 03/03/2021, que contiene solicitud autorización para


proceder a la realización de quemas controladas en la forestación de Corfone S.A. de Junín de


los Andes, y;


CONSIDERANDO:


Que, el Jefe de Área de Promoción Forestal de la Empresa CORFONE S.A., solicita a este
Concejo un excepción a la normativa para realizar una quema residuos de poda y raleo, reduciendo una


carga de combustible fino y mediano;


Que, la Ordenanza N° 2815/2018 Código de Faltas – Articulo 143°, establece: “QUEMA A


CIELO ABIERTO. El/la que realizare combustión o quema a cielo abierto sin previa autorización de
la autoridad competente, cuando fuere exigible, será sancionado/a con multa de 100 (cien) a 1000


(mil) UF.”;


Que, en este ámbito existen antecedentes de la tarea realizada por parte de la Empresa


interesado,


Que, las tareas se llevarán a cabo teniendo en cuenta los factores (meteorológico, topográfico


y de vegetación) que afectan al comportamiento del fuego y teniendo en cuenta de no provocar
inconvenientes con la población.-


Que, estás tareas se deben efectuar año a año, debido a que se van renovando las podas dentro


del vivero y por el incremento de la repoblación de plantas jóvenes bajo la forestación que aumentan el


riesgo de incendio durante el verano.-


Que, estos trabajos serán ejecutados por el personal del área de prevención y extinción de
incendios forestales de Corfone S.A. con equipos de agua y herramientas manuales.-


Que, este Concejo Deliberante en Sesión Ordinaria de 10/03/2021, conforme al Despacho Nº


017/21 de la Comisión de Labor Legislativa, dispuso por unanimidad, autorizar lo solicitado por la


Empresa Corfone S.A., con el dictado de la norma legal pertinente.-




POR ELLO Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA CARTA


ORGÁNICA MUNICIPAL, ARTÍCULO 56º Y ARTÍCULO 57º, INCISO a), EL CONCEJO


DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNIN DE LOS ANDES, REUNIDO EN SESIÓN


ORDINARIA, SANCIONA CON FUERZA DE:


O R D E N A N Z A


ARTÍCULO 1º: OTORGAR: a la Empresa CORFONE S.A., una excepción al Artículo 143º de la


Ordenanza Nº 2815/18 “Código de Faltas Municipal”, para realización de quemas
controladas en el predio del campo de CORFONE S.A. de Junín de los Andes durante el período mayo


a octubre del año 2021.-


ARTÍCULO 2º: ESTABLÉCESE: que la Empresa CORFONE S.A. deberá tomar todos los


recaudos de seguridad y supervisión a fin de resguardar el total cumplimiento de las
normas de seguridad establecidas para estos casos.


ARTÍCULO 3º: REMÍTASE: al Departamento Ejecutivo Municipal, para su promulgación; y por su


intermedio, envíese copia de la presente a la Empresa CORFONE S.A. y las


Secretarías Municipales que estime corresponder, para su conocimiento y efectos.


ARTÍCULO 4º: Comuníquese. Publíquese. Cumplido. Archívese.


DADA EN LA SALA DE SESIONES “GENERAL JOSE SAN MARTIN” DEL CONCEJO


DELIBERANTE DE JUNIN DE LOS ANDES, PROVINCIA DEL NEUQUEN, A LOS DIEZ


DÍAS DEL MES DE MARZO DEL AÑO DOS MIL VEINTIUNO, SEGÚN CONSTA EN ACTA


Nº 2097/21.-










LAURA ESTER RIFFO CARLOS ALBERTO QUINTULÉN


SECRETARIA LEGISLATIVA VICEPRESIDENTE
CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE


JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES


A/C DE PRESIDENCIA