Ordenanza N° 1017 Ratifícase convenio - Suministro de productos fabricados por la empresa Loma Negra C.I.A.S.A.pdf


Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº
1017/02


PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante


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O R D E N A N Z A Nº 1017/2002



VISTO:
La Nota Nº 311/02 de fecha 17/10/2002 de la Secretaría de Economía y Hacienda


Municipal, registrada bajo Expte. C.D. Nº 2480/02, y;




CONSIDERANDO:




Que, a través el mismo se solicita autorización para realizar la compra de cemento a la


fábrica Loma Negra por más de $ 8.500,00 por factura.-


Que, dicha solicitud se efectúa en virtud de poder realizar el Plan de Obras previstas


por el Municipio: “Pavimento Urbano” – “Ciclovías” – “Mejoramientos” - “Veredas” – etc.,


para los cuales, según se expresa, se tiene un consumo de 36 mil bolsas de cemento.-


Que, en fecha 17/10/2002, se celebró el Convenio 759/02 entre la Dirección


Provincia de Vialidad y este Municipio, y por el mismo se obtiene un 10% de descuento del


valor comercial.-


Que, de acuerdo a lo expresado en Despacho Nº 103/2002 de la Comisión de


Economía y Hacienda, este Concejo Deliberante en Sesión Ordinaria de fecha 30/10/2002,


resolvió por unanimidad, lo siguiente: 1º) Ratificar el Convenio 759/02 de fecha 17/102002; y


2º) Autorizar tres (3) compras de hasta pesos ocho mil quinientos ($ 8.500,00), cada una, con


sus respectivos comprobantes.-


Que, en consecuencia se debe dictar la normativa respectiva.-


POR ELLO Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA CARTA


ORGÁNICA DE LA CIUDAD DE JUNÍN DE LOS ANDES, EN SU ARTÍCULO 56 y


ARTÍCULO 57 Inc. a), EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNÍN


DE LOS ANDES, REUNIDO EN SESIÓN ORDINARIA, SANCIONA CON FUERZA


DE:




O R D E N A N Z A



ARTÍCULO 1º: RATIFICASE conforme lo enunciado en el Artículo Nº 57 de la Carta


Orgánica Municipal, Inc. t) la firma del CONVENIO Nº 759/02 celebrado


en fecha 17 de Octubre de 2002, entre la Dirección Provincial de Vialidad de la Provincia del


Neuquén, representada en este acto por su Presidente, Sr. Ricardo Roca Jalil, y la


Municipalidad de Junín de los Andes, representada en este acto por el Sr. Intendente


Municipal, Prof. Rubén Enrique Campos, el cual integra la presente como Anexo I, para el


suministro de productos fabricados por la Empresa Loma Negra C.I.A.S.A. en el marco del


Convenio General Nº 2093/91 celebrado entre ésa Firma y la Dirección Provincial de


Vialidad, que otorga descuentos sobre los precios de lista de dichos productos.-













SHUYAY A. J. DEL RÍO ÁNGEL C. HERRERA


A/C SECRETARIA LEGISLATIVA VICEINTENDENTE


CONCEJO DELIBERANTE PRESIDENTE CONCEJO DELIBERANTE


JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES














Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº
1017/02


PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante


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ARTÍCULO 2º: AUTORÍZASE al Departamento Ejecutivo Municipal a efectuar tres (3)


compras de hasta PESOS OCHO MIL QUINIENTOS ($ 8.500,00), cada


una, con sus respectivos comprobantes.-




ARTÍCULO 3º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal, a sus efectos.-


Promulgada remítase copia a la Dirección Provincial de Vialidad y


Secretaría de Economía y Hacienda.-




ARTÍCULO 4º: DESE a publicación en el Boletín Oficial de la Provincia del Neuquén


conforme Cláusula Complementaria y Transitoria Nº 2, Inc. c) de la Carta


Orgánica Municipal, y oportunamente cúmplase con lo normado en el Artículo 66 de la


misma.-




ARTÍCULO 5º: Refrendará la presente la Sra. Secretaria Legislativa A/C, Concejal Shuyay


A. J. del Río.-




ARTÍCULO 6º: De forma.-




DADA EN LA SALA DE SESIONES “GENERAL JOSE DE SAN MARTÍN” DEL


CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNÍN DE LOS ANDES,


PROVINCIA DEL NEUQUEN, A LOS TREINTA DÍAS DEL MES DE OCTUBRE


DEL AÑO DOS MIL DOS, SEGÚN CONSTA EN ACTA Nº 1099/02.-













SHUYAY A. J. DEL RÍO ÁNGEL C. HERRERA


A/C SECRETARIA LEGISLATIVA VICEINTENDENTE


CONCEJO DELIBERANTE PRESIDENTE CONCEJO DELIBERANTE


JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES